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N° 3134/17 Aviso del Boletín Oficial

ROYAL OIL COMPANY S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 19 de enero de 2017

Texto del aviso

ROYAL OIL COMPANY S.A.

Por escritura del 17/1/17. 2) ROYAL OIL COM-

PANY S.A. 3) Hernan Javier SCHNEIDER, abo-

gado, casado, 6/3/85, DNI 31.480.176, calle 25

de Mayo 523, Libetador San Martin, Pcia de

Entre Rios y Gabriel Omar SCHNEIDER, comer-

ciante, soltero, 23/4/97, DNI 40.160.613, CUIL

20-40160613-1, calle Urquiza 460, Libetador

San Martin, Pcia de Entre Rios, argentinos. 4)

A) PETROLERAS: la sociedad podrá celebrar

contratos de riesgo con el Estado Nacional y/o

sus Empresas y Organismos autónomos o ser

cesionaria de ellos cuando los mismos tengas

por objeto la explotación de hidrocarburos,

mediante la investigación y asesoramiento

tecnológico, exploración geológica, geofísica

y otras técnicas concurrentes, minería de sub-

suelo, perforación y explotación de yacimientos

de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos,

operación y realización de obras y servicios de

reacondicionamiento, reparación, profundiza-

ción, represión y recuperación secundaria de

pozos, laboreo minero y tareas afines a la indus-

tria de elaboración petroquímica y cualquier otra

forma de industrialización de dichos productos

y sus derivados y el transporte y comercializa-

ción, incluyendo la importación y exportación.

B) COMERCIALES: Mediante la producción, refi-

nación, generación, comercialización de Energía

Eléctrica, importación, exportación, transporte,

Jueves 19 de enero de 2017

compra y venta al por mayor y al por menor,

dentro y fuera de la Republica, de hidrocarbu-

ros, petróleo, nafta, querosene, aceites y demás

productos derivados del petróleo, sustancias

similares, gas y Energía Eléctrica. Comprar,

vender, importar o exportar equipos, motores,

elementos, máquinas y materiales relacionados

con la explotación, perforación y exploración de

yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos

y gaseosos, como así también las relaciona-

das con las actividades mineras de cualquier

naturaleza y con las actividades de la industria

Energética, tales como la generación, transporte

distribución, transformación, transformación de

electricidad correspondiente o no a jurisdicción

nacional. Explotación, compra y vente de pa-

tentes de invención, marcas, diseños, modelos,

procesos industriales nacionales o extranjeros.

C) INDUSTRIALES: Fabricación de los mate-

riales, elementos, equipos, maquinas, motores

e instrumentos necesarios para la industria

petrolera y de Energía Eléctrica. La industrializa-

ción de productos de las industrias petroleras,

petroquímicas, mineras y de Energía Eléctrica;

elaboración de materiales plásticos sintéticos y

productos químicos a tal fin. D) ELECTRICAS:

Proyectar, ejecutar, operar y montar usinas,

Centrales Eléctricas, Líneas Eléctricas, aéreas y

subterráneas, de alta, media y baja tensión para

generar, transportar, transformar, o distribuir

Energía Eléctrica, líneas telefónicas y telegrá-

ficas aéreas y subterráneas; instalaciones de

fuerza motriz, luz y alumbrado en establecimien-

tos industriales, particulares, puertos, aeropuer-

tos, plazas, calles y caminos; electrificación en

el campo de carácter comercial y agrícola, como

asimismo conectarse, interconectarse con sis-

temas de distribución locales, departamentales,

regionales, provinciales, nacionales o similares,

actuando como generador, transportista, trans-

formador, distribuidor, pudiendo integrarse al

mercado de Energía Mayorista y otros a crear-

se; todo lo anteriormente especificado en este

acápite podría realizarlo por si, como miembro

de algún Contrato de Colaboración Empresaria,

por terceros y/o asociada a terceros. E) COS-

TRUCCIONES: La construcción de usinas hidro,

termo y anemo eléctrica, completas en todas

sus partes; obras civiles, hidráulicas y electro-

mecánicas sean estas públicas o privadas, es-

tructuras metálicas y de hormigón armado para

edificios industriales, instalaciones de bombeo

de agua, petróleo y gas. F) TRANSPORTE: Con

equipos propios o de terceros de agua, gas y

petróleo, lubricantes y sus derivados, pudiendo

armar y arrendar buques, vagones, muelles,

diques y terraplenes, estaciones de servicio y

demás instalaciones relacionadas con los obje-

tos enunciados precedentemente. G) MINERAS:

Solicitar y adquirir por compra, permuta y otra

forma, permisos de explotación, exploración de

pertenencias mineras, denuncias de descubri-

mientos, efectuar exploraciones y explotaciones

y realizar toda clase de operaciones mineras

permitidas por el Código de la materia y disposi-

ciones reglamentarias vigentes. H) DESTILERIAS

Y REFINERIAS: La construcción y/o explotación

por cuenta propia o de terceros, de destilerías

y refinerías de petróleo y toda clase de aceites,

naftas, lubricantes, grasas, ceras y demás pro-

ductos subproductos derivados del petróleo y

gas. 5) $ 100.000. 6) Tucuman 340 piso 7 depto

28 CABA. 7) 99 años. 8) 31/12. 9) 50% cada so-

cio. 10) prescinde de sindicatura. 11) Presidente

Hernan Javier SCHNEIDER, suplente Gabriel

Omar SCHNEIDER constituyen domicilio en la

sede social. Autorizado según instrumento pú-

blico Esc. Nº 31 de fecha 17/01/2017 Reg. Nº 172

Andrea Viviana Gouget - Matrícula: 4814

C.E.C.B.A.

e. 19/01/2017 N° 3134/17 v. 19/01/2017