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N° 3297/17 Aviso del Boletín Oficial

LUNA COMUNICACIONES S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 20 de enero de 2017

Texto del aviso

LUNA COMUNICACIONES S.R.L.

Constitución: Esc. 1 del 2/1/17 Registro 1872

CABA. Socios: Lucrecia Maria Fretes, casada,

Viernes 20 de enero de 2017

Licenciada en Ciencias de la Información, DNI

27.386.113, domiciliada en Seneca 506, Interior

402, Colonia Polanco, Delegación Miguel Hidal-

go, Codigo Postal 11.560, Ciudad de Mexico,

Mexico; y Natalia Rodoni, soltera, Licenciada en

Ciencias Politicas, DNI 24.566.635, domiciliada

en Ignacio Warnes 2108, Olivos, Vicente Lopez,

Provincia de Buenos Aires, ambas argentinas y

mayores de edad. Duración: 99 años. Objeto:

Prestación de servicios de Relaciones Públicas,

Comunicación Integral, Marketing y Publicidad,

ya sea pública o privada, para ser colocada en

todo tipo de medios gráficos y audiovisuales en

general; Consultoría y asesoría en marketing y

publicidad para empresas y medios en general,

incluyendo dentro de tales actividades la orga-

nización integral de eventos y producciones fo-

tógraficas y audiovisuales en todas sus etapas

(pre-producción, producción y posproducción)

Toda actividad que en virtud de la materia haya

sido reservada a profesionales con título habili-

tante, será realizada por medio de éstos. A tales

fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica

para adquirir derechos, contraer obligaciones

y realizar todo acto o contrato que no sea

prohibido por las leyes o el presente estatuto.

Capital: $ 50.000. Administración, representa-

ción legal y uso de la firma social: uno o más

gerentes, socios o no, por el plazo de duración

de la sociedad. Cierre de ejercicio: 30 de junio.

Sede social: Parana 224 piso 2 Oficina 6 CABA.

Gerente: Natalia Rodoni, con domicilio especial

en la sede social. Autorizado según instrumen-

to público Esc. Nº 1 de fecha 02/01/2017 Reg.

Nº 1872

Pia Ballestrin - Matrícula: 5353 C.E.C.B.A.

e. 20/01/2017 N° 3297/17 v. 20/01/2017