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N° 100839/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 1 de febrero de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO BOLETIN OFICIAL: Juzgado Civil 70,

Secretaria única, sito en Av. De Los Inmigran-

tes 1950, 5º piso, CABA, comunica por 2 días

en los autos: “CONS. AV. TTE.J.F.URIBIRU

HOY SOLDADO DE LA INDEPENDENCIA c/

GABOR PABLO CARLOS S/EJECUCIÓN DE

EXPENSAS” (N° 59494/05), que el Martillero

Jorge A. Galmarini, rematará el 23 de febrero

de 2017 a las 10.30 hs. en Jean Jaures 545,

CABA, el bien ubicado en SOLDADO DE LA

INDEPENDENCIA 1364 PB “B”, UF N° 1, de

esta ciudad. Matrícula 17-1542/1. Sup. total

74,79m2 Porcentual 8,55 cent. Al contado y

mejor postor. Según constatación del 27/6/12

el bien se encuentra desocupado con signos

de abandono y suciedad con muebles emba-

lados. Consta de living-comedor, 2 dormito-

rios, 2 baños, cocina y lavadero. Mal estado

de conservación. BASE: U$S 120.000. Seña

30%; Comisión 3%; Sellado 1%; Ac. 10/99

CSJN 0,25%. DEUDAS: AySA $ 1.785,49 al

3/2/11; ABL $ 4.075,99 al 7/2/11; OSN sin

deuda al 4/2/11; Expensas $ 108.031,54 a

enero del 2016; expensas correspondientes

a diciembre $ 1.966,50. El comprador debe-

rá constituir domicilio legal dentro del radio

de la CABA, bajo apercibimiento de que las

sucesivas providencias que en lo sucesivo

se dicten se le tendrán por notificadas en la

forma y oportunidad previstas en el art. 133

del CPCC. En caso de que el monto obtenido

en la subasta no alcanzare para afrontar el

pago de las deudas que registre el inmueble

por impuestos, tasas y contribuciones, el ad-

quirente solo responderá a partir de la fecha

en que tomare posesión del bien. El saldo

de precio deberá ser integrado conforme lo

normado por el art. 580 del CPCC y para el

caso que no se haga efectivo dentro de los

60 días corridos de practicada la subasta,

el mismo -a partir del vencimiento de dicho

plazo- devengará intereses y/o será pasible

de adecuación por el mecanismo que resulte

pertinente, todo ello a fin de asegurar la es-

tabilidad de su poder adquisitivo. Dado que

la fijación en dólares estadounidenses de la

base de la subasta efectuada precedente-

mente tiene como único objetivo lograr un

valor constante dólares estadounidenses del

precio que se obtenga, evitando su deprecia-

ción, dispónese que la seña correspondiente

debe ser pagada en dicha moneda o, en su

defecto, en la cantidad de pesos necesarios

para su adquisición conforme la cotización

al tipo vendedor que publique el B.C.R.A.

el día del remate y el saldo, al del día en el

cual deba ser integrado (conf. art. 578 infine,

Cód. Proc.). EXHIBICION: 20 y 21 de febrero

de 2017 de 15 a 17 hs. Buenos Aires, 29 de

diciembre de 2016.-

MARTA SUSANA M. GASTALDI Juez - Nestor

Adrian Bianchimani Secretario

e. 01/02/2017 N° 100839/16 v. 02/02/2017