N° 100839/16 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO BOLETIN OFICIAL: Juzgado Civil 70, Se-
cretaria única, sito en Av. De Los Inmigrantes 1950,
5º piso, CABA, comunica por 2 días en los autos:
“CONS. AV. TTE.J.F.URIBIRU HOY SOLDADO DE
LA INDEPENDENCIA c/GABOR PABLO CARLOS
S/EJECUCIÓN DE EXPENSAS” (N° 59494/05),
que el Martillero Jorge A. Galmarini, rematará
el 23 de febrero de 2017 a las 10.30 hs. en Jean
Jaures 545, CABA, el bien ubicado en SOLDADO
DE LA INDEPENDENCIA 1364 PB “B”, UF N° 1,
de esta ciudad. Matrícula 17-1542/1. Sup. total
74,79m2 Porcentual 8,55 cent. Al contado y mejor
postor. Según constatación del 27/6/12 el bien se
encuentra desocupado con signos de abandono
y suciedad con muebles embalados. Consta de
living-comedor, 2 dormitorios, 2 baños, cocina
y lavadero. Mal estado de conservación. BASE:
U$S 120.000. Seña 30%; Comisión 3%; Sella-
do 1%; Ac. 10/99 CSJN 0,25%. DEUDAS: AySA
$ 1.785,49 al 3/2/11; ABL $ 4.075,99 al 7/2/11; OSN
sin deuda al 4/2/11; Expensas $ 108.031,54 a ene-
ro del 2016; expensas correspondientes a diciem-
bre $ 1.966,50. El comprador deberá constituir
domicilio legal dentro del radio de la CABA, bajo
apercibimiento de que las sucesivas providencias
que en lo sucesivo se dicten se le tendrán por no-
tificadas en la forma y oportunidad previstas en
el art. 133 del CPCC. En caso de que el monto
obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar
el pago de las deudas que registre el inmueble por
impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente
solo responderá a partir de la fecha en que tomare
posesión del bien. El saldo de precio deberá ser
integrado conforme lo normado por el art. 580
del CPCC y para el caso que no se haga efecti-
vo dentro de los 60 días corridos de practicada
la subasta, el mismo -a partir del vencimiento de
dicho plazo- devengará intereses y/o será pasible
de adecuación por el mecanismo que resulte per-
tinente, todo ello a fin de asegurar la estabilidad
de su poder adquisitivo. Dado que la fijación en
dólares estadounidenses de la base de la subasta
efectuada precedentemente tiene como único ob-
jetivo lograr un valor constante dólares estadouni-
denses del precio que se obtenga, evitando su
depreciación, dispónese que la seña correspon-
diente debe ser pagada en dicha moneda o, en su
defecto, en la cantidad de pesos necesarios para
su adquisición conforme la cotización al tipo ven-
dedor que publique el B.C.R.A. el día del remate
y el saldo, al del día en el cual deba ser integrado
(conf. art. 578 infine, Cód. Proc.). EXHIBICION: 20
y 21 de febrero de 2017 de 15 a 17 hs. Buenos
Aires, 29 de diciembre de 2016.-
MARTA SUSANA M. GASTALDI Juez - Nestor
Adrian Bianchimani Secretario
e. 01/02/2017 N° 100839/16 v. 02/02/2017