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N° 100839/16 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 2 de febrero de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 70

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO BOLETIN OFICIAL: Juzgado Civil 70, Se-

cretaria única, sito en Av. De Los Inmigrantes 1950,

5º piso, CABA, comunica por 2 días en los autos:

“CONS. AV. TTE.J.F.URIBIRU HOY SOLDADO DE

LA INDEPENDENCIA c/GABOR PABLO CARLOS

S/EJECUCIÓN DE EXPENSAS” (N° 59494/05),

que el Martillero Jorge A. Galmarini, rematará

el 23 de febrero de 2017 a las 10.30 hs. en Jean

Jaures 545, CABA, el bien ubicado en SOLDADO

DE LA INDEPENDENCIA 1364 PB “B”, UF N° 1,

de esta ciudad. Matrícula 17-1542/1. Sup. total

74,79m2 Porcentual 8,55 cent. Al contado y mejor

postor. Según constatación del 27/6/12 el bien se

encuentra desocupado con signos de abandono

y suciedad con muebles embalados. Consta de

living-comedor, 2 dormitorios, 2 baños, cocina

y lavadero. Mal estado de conservación. BASE:

U$S 120.000. Seña 30%; Comisión 3%; Sella-

do 1%; Ac. 10/99 CSJN 0,25%. DEUDAS: AySA

$ 1.785,49 al 3/2/11; ABL $ 4.075,99 al 7/2/11; OSN

sin deuda al 4/2/11; Expensas $ 108.031,54 a ene-

ro del 2016; expensas correspondientes a diciem-

bre $ 1.966,50. El comprador deberá constituir

domicilio legal dentro del radio de la CABA, bajo

apercibimiento de que las sucesivas providencias

que en lo sucesivo se dicten se le tendrán por no-

tificadas en la forma y oportunidad previstas en

el art. 133 del CPCC. En caso de que el monto

obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar

el pago de las deudas que registre el inmueble por

impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente

solo responderá a partir de la fecha en que tomare

posesión del bien. El saldo de precio deberá ser

integrado conforme lo normado por el art. 580

del CPCC y para el caso que no se haga efecti-

vo dentro de los 60 días corridos de practicada

la subasta, el mismo -a partir del vencimiento de

dicho plazo- devengará intereses y/o será pasible

de adecuación por el mecanismo que resulte per-

tinente, todo ello a fin de asegurar la estabilidad

de su poder adquisitivo. Dado que la fijación en

dólares estadounidenses de la base de la subasta

efectuada precedentemente tiene como único ob-

jetivo lograr un valor constante dólares estadouni-

denses del precio que se obtenga, evitando su

depreciación, dispónese que la seña correspon-

diente debe ser pagada en dicha moneda o, en su

defecto, en la cantidad de pesos necesarios para

su adquisición conforme la cotización al tipo ven-

dedor que publique el B.C.R.A. el día del remate

y el saldo, al del día en el cual deba ser integrado

(conf. art. 578 infine, Cód. Proc.). EXHIBICION: 20

y 21 de febrero de 2017 de 15 a 17 hs. Buenos

Aires, 29 de diciembre de 2016.-

MARTA SUSANA M. GASTALDI Juez - Nestor

Adrian Bianchimani Secretario

e. 01/02/2017 N° 100839/16 v. 02/02/2017