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N° 6141/17 Aviso del Boletín Oficial

AEGERION ARGENTINA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 7 de febrero de 2017

Texto del aviso

AEGERION ARGENTINA S.R.L.

(IGJ 1.875.395) Por Reunión de Socios N° 4 del

06/12/16 se resolvió: (i) aprobar el incremento

de la suma de USD 50.000 a la suma de USD

200.000 del límite establecido en el Artículo

Quinto del Contrato Social con el que cuenta la

Gerencia para realizar cualquier acto y/o tran-

sacción y/o operación sin requerir previa auto-

rización de los Socios; y (ii) modificar el Artículo

Quinto que queda redactado de la siguiente

manera: “Artículo Quinto: La administración

y representación legal de la sociedad estará

a cargo de uno o más gerentes, socios o no,

quienes podrán actuar en forma individual e in-

distinta y podrán ser elegidos por tiempo deter-

minado o indeterminado. Sujeto a la limitación

en razón del monto descripta en el presente

artículo, cada gerente tendrá todas las faculta-

des para administrar y disponer de los bienes

de la sociedad, incluso aquellas para las cuales

la ley requiere poderes especiales, conforme al

artículo 375 del Código Civil y Comercial de la

Nación y al artículo 9 del Decreto-Ley 5965/63.

En consecuencia, con la limitación del monto

prevista en el presente, los gerentes podrán

realizar y celebrar, en nombre y por cuenta de

la Sociedad, cualquier clase de actos jurídicos

que conduzcan al cumplimiento del objeto so-

4 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.561

cial, entre ellos, operar con bancos, banco de

la Nación Argentina, de la Ciudad de Buenos

Aires, de la Provincia de Buenos Aires, Hipote-

cario S.A. y otras entidades de crédito privadas

o mixtas en el país y/o en el extranjero; esta-

blecer agencias, sucursales o cualquier otro

tipo de representación dentro del país y/o en el

extranjero; otorgar a una o más personas todo

tipo de poderes, incluidos los jurídicos o judi-

ciales, iniciar y seguir causas penales, y/o actos

extrajudiciales, a los efectos y en la medida que

lo considere conveniente, y revocarlos, ya sea

total o parcialmente. Limitación en razón del

monto: toda decisión del gerente/s para llevar

a cabo los actos y/o realizar operaciones y/o

acuerdos de cualquier tipo, incurrir en deudas,

realizar inversiones o realizar cualquier otro

tipo de acciones por un monto superior al equi-

valente en pesos argentinos de USD 200.000

(dólares estadounidenses doscientos mil) con-

siderando el tipo de cambio vendedor del Ban-

co Nación al cierre de las operaciones del día

anterior a que la operación se ejecute, requerirá

la aprobación previa de la Reunión de Socios.

Esta limitación de monto se considerará para

cada transacción en particular” Autorizado

según instrumento privado Acta de Reunión de

Socios N° 4 de fecha 06/12/2016

MARIA PAMELA NOHRA - T°: 111 F°: 612

C.P.A.C.F.

e. 07/02/2017 N° 6141/17 v. 07/02/2017