N° 6141/17 Aviso del Boletín Oficial
AEGERION ARGENTINA S.R.L.
Texto del aviso
AEGERION ARGENTINA S.R.L.
(IGJ 1.875.395) Por Reunión de Socios N° 4 del
06/12/16 se resolvió: (i) aprobar el incremento
de la suma de USD 50.000 a la suma de USD
200.000 del límite establecido en el Artículo
Quinto del Contrato Social con el que cuenta la
Gerencia para realizar cualquier acto y/o tran-
sacción y/o operación sin requerir previa auto-
rización de los Socios; y (ii) modificar el Artículo
Quinto que queda redactado de la siguiente
manera: “Artículo Quinto: La administración
y representación legal de la sociedad estará
a cargo de uno o más gerentes, socios o no,
quienes podrán actuar en forma individual e in-
distinta y podrán ser elegidos por tiempo deter-
minado o indeterminado. Sujeto a la limitación
en razón del monto descripta en el presente
artículo, cada gerente tendrá todas las faculta-
des para administrar y disponer de los bienes
de la sociedad, incluso aquellas para las cuales
la ley requiere poderes especiales, conforme al
artículo 375 del Código Civil y Comercial de la
Nación y al artículo 9 del Decreto-Ley 5965/63.
En consecuencia, con la limitación del monto
prevista en el presente, los gerentes podrán
realizar y celebrar, en nombre y por cuenta de
la Sociedad, cualquier clase de actos jurídicos
que conduzcan al cumplimiento del objeto so-
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cial, entre ellos, operar con bancos, banco de
la Nación Argentina, de la Ciudad de Buenos
Aires, de la Provincia de Buenos Aires, Hipote-
cario S.A. y otras entidades de crédito privadas
o mixtas en el país y/o en el extranjero; esta-
blecer agencias, sucursales o cualquier otro
tipo de representación dentro del país y/o en el
extranjero; otorgar a una o más personas todo
tipo de poderes, incluidos los jurídicos o judi-
ciales, iniciar y seguir causas penales, y/o actos
extrajudiciales, a los efectos y en la medida que
lo considere conveniente, y revocarlos, ya sea
total o parcialmente. Limitación en razón del
monto: toda decisión del gerente/s para llevar
a cabo los actos y/o realizar operaciones y/o
acuerdos de cualquier tipo, incurrir en deudas,
realizar inversiones o realizar cualquier otro
tipo de acciones por un monto superior al equi-
valente en pesos argentinos de USD 200.000
(dólares estadounidenses doscientos mil) con-
siderando el tipo de cambio vendedor del Ban-
co Nación al cierre de las operaciones del día
anterior a que la operación se ejecute, requerirá
la aprobación previa de la Reunión de Socios.
Esta limitación de monto se considerará para
cada transacción en particular” Autorizado
según instrumento privado Acta de Reunión de
Socios N° 4 de fecha 06/12/2016
MARIA PAMELA NOHRA - T°: 111 F°: 612
C.P.A.C.F.
e. 07/02/2017 N° 6141/17 v. 07/02/2017