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N° 7828/17 Aviso del Boletín Oficial

plados en el punto 1 de la Acordada N° 81/90

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 15 de febrero de 2017

Texto del aviso

plados en el punto 1 de la Acordada N° 81/90

JUNTOS SOMOS RÍO NEGRO

CNE y en el marco de lo establecido por la Acor-

dada N° 60/08, las notificaciones y publicación

Distrito Río Negro

establecidas en el art. 14 de la Ley 23298 acerca

del impulso del pedido de reconocimiento pro- El Juzgado Federal con competencia electoral

de Río Negro, a cargo de la Dra. Mirta Susana visorio de personería jurídica política en este

distrito de Río Negro y la fecha en que ha sido Filipuzzi, hace saber en los autos caratulados:

adoptada la denominación “Juntos Somos Río “JUNTOS SOMOS RIO NEGRO s/RECONO-

Negro”, ello a los fines de la oposición que pu- CIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO”, en

diere formular otro partido nacional o de distrito. trámite por expediente N° CNE 2956/2016, que

al partido citado se le concedió la personalidad

jurídico política provisoria mediante la Resolu- Que a fs. 180 obra constancia del diligencia-

ción N° 31 de fecha 29/12/2016, teniendo por miento de las cédulas de notificación orde-

texto ordenado de la Carta Orgánica Partidaria nadas librar y a fs. 194/197 incorporadas las

el que por el presente se publica por el término publicaciones dispuestas en el Boletín Oficial

de un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación. de la Nación (Ejemplares N° s 33.392, 33.393 y

33.394) y se puso, vía DEO, en conocimiento de

Secretaría Electoral Nacional, 1 de febrero de las Secretarías Electorales del país el inicio del

2017.

trámite tendiente a la obtención de la personería

Maria Silvina Gutierrez, Prosecretaria Electoral jurídico-política provisoria del partido de autos

Nacional.

en este distrito de Río Negro (ver fs. 156/178).

Viedma, 29 de diciembre de 2016.

Que en dicho primigenio despacho se tuvo

presente, además, la integración de la Junta AUTOS Y VISTOS: Las presentes actuaciones

Promotora con 14 miembros todos actuales caratuladas: “JUNTOS SOMOS RIO NEGRO s/

electores de Río Negro conforme los reportes RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRI-

agregados a fs. 132/145. TO” que tramitan por el Expte. N° CNE “2956”,

año 2016 de las que,

Que a fs. 269 se produce informe de Secretaría

RESULTA:

dando cuenta de que, realizado el recuento,

control y verificación con el Subregistro de

Que a fs. 42/43 se presentan los Dres. Facundo Electores del Distrito del total de adhesiones

López, Ignacio Rodriguez y Damián Torres en el presentadas en el transcurso del trámite, la

carácter de apoderados del partido Juntos So- agrupación involucrada en autos, alcanzó el re-

mos Río Negro —en formación— conforme da gistro de un total de 2063 adhesiones, las que

cuenta el Acta de Fundación de fecha 7-05-2016 a la sazón fueron presentadas de conformidad

a solicitar el reconocimiento de la personalidad a lo establecido por el art. 61 de la ley 23298 y

jurídica provisoria de dicha agrupación en este superaron al cuatro por mil del total de inscritos

Distrito de Río Negro bajo las prescripciones de en el mentado subregistro, informado oportu-

la Ley 23298 de aplicación y modificatorias. namente por la Cámara Nacional Electoral en

18 Miércoles 15 de febrero de 2017

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.567

los términos de lo establecido por el art. 7 ter co pretendido en Río Negro, por lo que ahora de partícipes de la vida política —Cf Fayt Carlos V) Tener por domicilio legal el constituido en la

último de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. cabe establecer que resulta imprescindible para S. “Los derechos del hombre y sus garantías calle 1 de diciembre N° 1534 de la ciudad de

la vida de un partido político la existencia de un constitucionales”—.

Viedma.

Que a fs. 271, atento el estado del trámite de las número mínimo de afiliados. Consecuentemen-

presentes actuaciones, se fijó la audiencia prevista te en ese marco, luego de reconocida la aludida Que es de esta manera que a los fines de deter- VI) Otorgar el plazo de sesenta (60) días para

por el art. 62 de la ley de aplicación para el día 20- personalidad jurídica política provisoria y para minar la cantidad mínima exigible de afiliados, la que las autoridades de la Junta Promotora pre-

12-2016, notificándose a esos fines a los apodera- obtener la personería definitiva, deberá acreditar Excma. Cámara Nacional Electoral ha expresa- senten los libros (Actas, Inventario y Balance,

dos de las agrupaciones políticas reconocidas, en la agrupación involucrada dentro de los ciento do que “…ese mínimo debe garantizar la repre- Diario, Subdiario y Caja) exigidos por los arts.

formación y a las que se les ha declarado la cadu- cincuenta días (150) posteriores, la afiliación de sentatividad del partido en el cuerpo electoral 7 bis inc. c) y 37 ambos de la Ley 23298 y sus

cidad de su personería jurídica política del distrito, un número de electores no inferior al cuatro por para cumplir las funciones que le acuerda el art. modificatorias, en el punto 9 de la Acordada

toda vez que conforme surge de la compulsa en mil del total de los inscriptos en el subregistro 2 de la Ley 23298 y resulta razonable establecer 2/2003 de la Cámara Nacional Electoral y por

el Sistema Informático del Registro Nacional de de electores de Río Negro y dentro de los ciento el mismo número de afiliaciones que el que la el art. 21 de la Ley 26215 para su rubricación,

Nombres de las agrupaciones políticas reportado, ochenta (180) días, realizar las elecciones inter- ley exige como necesario para que el carácter bajo apercibimiento de las previsiones de ley en

no obra reconocido ni registrado en trámite de nas para constituir las autoridades definitivas del de adherentes dé sustento factico al recono- caso de incumplimiento (conf. Art. 50 inc. d) de

reconocimiento en otros distritos del país.

partido y cumplir en forma acabadamente con cimiento de la personería jurídico política para la citada ley de partidos políticos).

su rol institucional, posibilitando de esa manera el caso provisoria (conf. Fallo 694/89 CNE), toda

Que a fs. 284 y vlta. obra glosada el Acta de que las autoridades promotoras —quienes hoy vez que, y como ya ha explicado el Superior VII) Hacer saber a las autoridades promotoras

celebración de la mencionada audiencia a la tienen a su cargo la organización de la agrupa- en la materia, tal exigencia tiene por finalidad del partido citado que en el término de ciento

que comparecieron los apoderados de la agru- ción política a la luz de lo prescripto por los art. asegurar la representatividad de los partidos cincuenta (150) días a contar a partir de la noti-

pación solicitante de personería provisoria. En 7 y 8 de la Ley 23298— hasta la constitución de políticos en el electorado, adquiriendo de esta ficación de la presente, deberán presentar para

las definitivas concluyan su cometido conforme dicha ocasión manifestaron no tener observa-

forma sentido su misión como mediadores entre su registración en el Registro de Afiliados del

ción alguna que efectuar respecto de las ac- lo reglado por la citada norma legal.

la sociedad y el Estado, ya que de lo contrario se distrito, como mínimo la cantidad, a la fecha, de

tuaciones que impulsaran, pasando las mismas

transformarían en estructuras vacías de conteni- 2055 (dos mil cincuenta y cinco) afiliaciones en

en vista fiscal, dictaminando la Sra. Fiscal a fs. Que consecuentemente se impone fijar el al- do incapaces de cumplir con la función que le es debida forma (arts. 23 y ss de la ley de la mate-

288 y vlta., acerca de que entiende cumplidos cance de lo dispuesto por el art. 7 bis incs. a) y propia y ello además en detrimento del sistema ria) —número que será modificado para el próxi-

los requisitos formales básicos que establece b) y compatibilizado con los arts. 3 inc. b) y 29 de partidos políticos (ver Fallo CNE 3374/2004). mo año antes del 15 de febrero de conformidad

el art. 7 de la ley 23298 para proceder al reco- de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, para

con la publicación que a su respecto realice la

nocimiento provisorio de la agrupación Juntos que las autoridades partidarias puedan efec- Que consecuentemente se determina que el Cámara Nacional Electoral—, requisito de cum-

Somos Río Negro en este distrito.

tuar los trámites que les exige la ley a efectos partido de autos deberá acreditar en el plazo plimiento previo necesario para la convocatoria

de regularizar su vida interna en el marco de las de ciento cincuenta (150) días desde la presen- válida a la realización de su primer elección in-

Que a fs. 289 se tiene presente lo dictaminado pautas aludidas precedentemente, ello a partir te resolución, hoy un número mínimo de 2055 terna, que deberá llevarse a cabo de acuerdo a

por la Fiscalía y se ponen estos actuados en del presente resolutorio y así posibilitar el pleno afiliados por corresponder a la fecha, conforme lo establecido por el inc. b) del art. 7 bis de la

condiciones de resolver, y

ejercicio del rol que les otorga nuestra Carta a la última publicación efectuada por la Cámara Ley 23298 y sus modificatorias, dentro del plazo

Fundamental a través de su art. 38.

Nacional Electoral de la cantidad mínima de de ciento ochenta (180) días y de conformidad

CONSIDERANDO:

afiliados requeridos para el mantenimiento de a las disposiciones de la Carta Orgánica, bajo

Que en tal aspecto señalo que la Cámara Na- la personalidad de los partidos políticos (art. 7 pena de caducidad de la personería política

bis “a” y 7 ter Ley 23298, mod. por la ley 26571) Que la agrupación peticionante de personería cional Electoral ha establecido la diferencia

concedida (conf. Art. 50 inc. d) del texto legal

jurídica política en este Distrito de Río Negro de- de calidades de adherentes y afiliados a un agregada a fs. 198, el que a la sazón será modi- mencionado).

nominada “Juntos Somos Río Negro”, ha reunido partido político, refiriendo que la condición de ficado por el Superior y publicado en la página

los requisitos exigidos por el art. 7 incs. a), b), c) , “adherente” no puede equipararse ni jurídica puesta a disposición del Poder Judicial de la VIII) Destrúyanse los formularios y planillas de

e) y f) de la ley 23298 y sus modificatorias en vir- ni políticamente a la de “afiliado”. Así ha pre- Nación antes del 15 de febrero del año próximo presentación de adhesiones declaradas válidas

tud de haber acompañado en legal forma el Acta cisado que el titular de una adhesión se limita año, y ello a los fines de convocar y celebrar las para el reconocimiento provisorio de la agrupa-

primeras elecciones internas para constituir sus Fundacional partidaria, el nombre adoptado por la mediante tal acto a dar formación coadyuvante

ción involucrada registradas en el SIE.

Asamblea de Fundación y Constitución, Bases de a su constitución y puede no coincidir en nada autoridades partidarias definitivas, en un todo

Acción Política, Carta Orgánica y Declaración de con su plataforma política pero considerar que de acuerdo con lo dispuesto en su Carta Orgá- IX) Publicar por el término de un (1) día y sin car-

Principios, adecuadas a los principios contenidos su existencia es necesaria en pos de fomen- nica y por el referido art. 7 bis inc. b) de la ley de go en el Boletín Oficial de la Nación, la presente

en el art. 3 inc. b) de la ley de la materia, los emble- tar el debate democrático que propone la Ley la materia, las que a la sazón deberán realizarse resolución firme que se encuentre, como asimis-

mas a color y la canción que distingue a dicho par- Fundamental y que asegura el libre intercam- dentro de los 180 (ciento ochenta días desde el mo la Carta Orgánica partidaria (arts. 60 y 63

dictado de la presente). tido, la designación de Autoridades Promotoras, bio de ideas, posibilitando el surgimiento de

in-fine de la Ley Orgánica de Partidos Políticos).

domicilio partidario, de apoderados y finalmente transformaciones políticas o sociales, mas sin

las planillas de adhesiones que se encuentren la obligación de participar en las funciones del Que asimismo procede hacer saber que dentro X) Comunicar el reconocimiento provisorio del

glosadas al cuerpo de documentación que corre mismo partido en gestación. Ello en virtud de del plazo previsto en el inc. c) del mencionado partido “Juntos Somos Río Negro” a la Excma.

agregado por cuerda a estas actuaciones.

que los titulares que firman la adhesión pueden art. 7 bis, 60 (sesenta días), esa agrupación po- Cámara Nacional Electoral (art. 14 in fine 38 y

afiliarse o no al nuevo partido durante el pro- lítica deberá dar cumplimiento a la presentación art. 39 de la ley 23298), al Registro Nacional de

de los libros partidarios conforme al art. 37 del Que a este último respecto, ello es así en tanto ceso de afiliación por cuanto para ejercer ese

Partidos Políticos —Acordadas 81/90 y 60/08—

el total de adhesiones presentadas por la agru- derecho, deben llenar la respectiva ficha como mismo texto legal, al punto 9) de la Acordada y a la Dirección Nacional Electoral dependiente

pación política peticionante de reconocimiento acto voluntario del consentimiento y, una vez 2/2003 de la Excma. Cámara Nacional Electo- del Ministerio del Interior, Obras Públicas y

provisorio, en aras al cumplimiento del mínimo decidida su admisión por las autoridades parti- ral y al art. 21 de la ley 26215, esto es Libro de Viviendas a sus efectos, con remisión de foto-

exigido por el art. 7 inc. a) mencionado res- darias, recién adquieren el estado de afiliados y Actas, Inventario y Balances y Diario y de co- copias certificadas de la presente.

pecto del total de electores del Distrito, fueron sus derechos asociacionales (Conf. Fallos CNE rresponder Subdiarios y Caja (este último para

debidamente compulsadas con el Registro de 257/85, 593/88, 2146/96 y 3374/04 entre otros). la registración de los movimientos de dinero en XI) Hacer saber al Tribunal Electoral de la Pro-

Electores y verificadas en cuanto a su cantidad

efectivo).

vincia de Río Negro por oficio.

y forma, resultando válidas 2063 (dos mil se- Que en ese entendimiento y en razón de que la

senta y tres), con acatamiento del recaudo legal ley en su art. 3 inc. a) requiere como condición Por ello, en un todo de acuerdo a las normas Regístrese, notifíquese al Ministerio Públi-

previsto por el art. 61 de la ley referida, habién- sustancial para la existencia de las agrupacio- legales y jurisprudencia citada y de conformi- co Fiscal en su despacho y al apoderado del

dose así cumplido también con la acreditación

dad fiscal, nes políticas “... un grupo de ciudadanos unidos

partido de autos personalmente o por cédula

del 4‰ exigido, conforme informe de la actuaria por un vínculo permanente...” y que los adhe-

electrónica a los apoderados partidarios.

de fs. 269 del que se visualiza una necesaria rentes, como se advierte, no se encuentran RESUELVO:

representatividad y consenso de la ciudadanía ligados por uno de tal carácter, recuerdo que

Mirta Susana Filipuzzi, Juez Federal.

para actuar como partido político.

la ley presupone la necesidad de que el partido I) Conceder a la agrupación peticionante en

cuente con un mínimo de afiliados para que, de autos, personalidad jurídico política provisoria

CARTA ORGÁNICA

Que tal lo reseñado precedentemente dicha acuerdo a lo establecido en su art. 7 bis inc. para actuar como partido político en el Distrito

imposición legal se verificó cumplida con la b), pueda convocar válidamente a sus primeras de Río Negro con todos los derechos y deberes

“JUNTOS”

presentación de las planillas incorporadas en el elecciones internas —exigencia de cumplimien- emergentes del ordenamiento jurídico vigente y

marco de lo establecido por el Decreto 937/10, to ineludible para mantener vigente la persona- con derecho exclusivo al uso del nombre “Jun-

I junto con los formularios y aplicativos pertinen- lidad jurídica política de la agrupación de que tos Somos Río Negro”, de los emblemas a color

tes, los que a la sazón hoy ya no tienen otra se trate—. Todo ello en orden a la jurisprudencia y de la canción aprobados por las autoridades

INTRODUCCION función que la cumplida en la vida partidaria ni sentada por la Cámara Nacional Electoral en los fundadoras, conforme documental obrante a

en el ámbito judicial y consecuentemente no Fallos Nros. 694/89, 459/89, 872/90, 1454/92, fs. 35/41, 242/243, 228 y 285 en el marco de lo

Artículo 1: La presente constituye la Carta Or- resulta necesario conservarlas, por el contrario 1520/93, 2143/96 entre otros mantenida por ese establecido en el Título II, Capítulo I art. 7, Capí-

gánica del partido político JUNTOS SOMOS su reserva por tiempo indeterminado es mate- Superior en Fallos 3787/07, 3776/08 y 4554/08 tulo II, arts. 13 a 18, Título IV, Capítulo III art. 35,

rialmente imposible debido al espacio que ocu- cuya doctrina ha sido confirmada por la Corte Capítulo IV art. 38 y Título VII, Capitulo II, art. RIO NEGRO. Juntos somos Río Negro es una

pan sin ningún fin. Consecuentemente deviene Suprema de Justicia de la Nación a partir de

organización política del distrito electoral de la 63, todos de la ley 23298 y su modificatorias.

provincia de Río Negro. Integran el partido los procedente su destrucción.

diversos precedentes (Fallos 206:4235 y 4239,

afiliados que hayan aceptado la declaración de 207:4825 y 6102 y 312:1614).

II) Tener por autoridades partidarias en este

principios, la presente Carta Orgánica y que Que continuando con el raconto de los distintos

Distrito a los integrantes de la Junta Promotora

someten su actuación a la Constitución Nacio- pasos del trámite que nos ocupa, señalo que se Que a su vez, cabe recordar que el requisito designados en la citada Acta de Fundación de

han efectuado las notificaciones y publicaciones

fs. 35/41.

nal, la Constitución Provincial, la ley orgánica de permanencia del vínculo aglutinante de los

de partidos políticos, ley de financiamiento de dispuestas por los arts. 14 y 38 de la mentada ciudadanos que componen un partido políti-

partidos políticos, nacionales, provinciales y Ley de Partidos Políticos y por la Acordada co, sólo adquiere relevancia en el marco de la III) Tener por Declaración de Principios y Bases

demás leyes y decretos reglamentarios. N° 81/90 en el marco de lo establecido por la Ley Orgánica de Partidos Políticos a partir del de Acción Política el texto agregado a fs. 2/14

Acordada N° 60/08, ambas de la Cámara Nacio- reconocimiento de su personalidad jurídico po- y por texto ordenado de la Carta Orgánica Par-

nal Electoral, como igualmente se ha celebrado la lítica, esto es desde la resolución judicial que tidaria el luciente a fs. 249/258 (aprobado por

II

audiencia prevista en el art. 62 de la ley de apli- lo faculta para desarrollar una actividad en el Acta N° 4 de la Junta Promotora que en fotoco-

DE LOS AFILIADOS. cación sin que en ese comparendo se realizasen ámbito del derecho político, participando en las pia certificada obra a fs. 229/238).

observaciones acerca del cumplimiento de las elecciones que le correspondan y cumpliendo

condiciones o requisitos exigidos por la ley. así plenamente con la finalidad que inspira su IV) Tener por apoderados partidarios a los Artículo 2: El Partido está integrado por los

creación, en tanto representan los instrumen- Dres. Facundo López DNI 23.389.069, Ignacio ciudadanos de ambos sexos inscriptos en el

Que así entonces de lo hasta aquí referenciado tos que hacen posible la participación en los

Registro de Afiliados conforme lo dispuesto en Rodriguez DNI 30.608.845, Damián Torres DNI

surge el cumplimiento por parte de la agru-

la ley orgánica de Partidos Políticos, ley 23.298 asuntos públicos, cumpliendo con un rol de 32.981.043 y Nicolás Yanssen, DNI 32.076.907

pación interesada, de los mínimos recaudos incuestionable importancia, pues constituyen la designados por la Asamblea Fundacional del y ley provincial 2431, y la presente Carta Orgá-

formales intrínsecos requeridos a los fines del “forma” que tienen los individuos para dar tras- partido político citado (ver Punto 2 de la citada nica. Los afiliados ejercerán el gobierno confor-

reconocimiento provisorio de personería jurídi- cendencia a su sufragio y grandeza a su calidad acta).

me lo establecido en esta Carta Orgánica.

19 Miércoles 15 de febrero de 2017

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.567

Artículo 3: Para ser afiliado se requiere:

IV

de correo electrónico que será considerada o) Resolver cualquier cuestión otro asunto no

notificación fehaciente. Es responsabilidad del previsto en esta Carta Orgánica dando cuenta

a) Tener domicilio legal en la Provincia de Río

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Asambleísta denunciar cambios de dirección a la Asamblea en la primera oportunidad que

Negro.

de correo electrónico.

sesione.

Artículo 10: La Asamblea General es la máxima

b) Aceptar en forma expresa su declaración de autoridad del partido, que tiene a su cargo facul-

VI

p) Intervenir las Mesas Municipales y Mesas

principios, la presente Carta Orgánica, la Cons- tades deliberativas y resolutivas. Estará integra-

Comunales en los casos que se transgreda la

titución Nacional, la Constitución Provincial, ley da por Asambleístas elegidos por el voto secreto

DE LA MESA EJECUTIVA

presente Carta Orgánica o se vulneren los li-

orgánica de partidos políticos nacional, provin- y directo de los afiliados, conforme el proce-

neamientos políticos.

cial y demás leyes y decretos reglamentarios, dimiento que estipula la presente Carta Orgáni- Artículo 17: La Mesa Ejecutiva es el órgano

documentación que estará a su disposición. ca. Se garantizará en la composición del órgano ejecutivo de gobierno y tendrá a su cargo la

VII

el porcentaje de Asambleístas de cada sexo de conducción y administración del Partido. Esta-

c) Ser Mayor de (16) dieciséis años.

conformidad con lo dispuesto por la Ley 24.012 rá constituida por 14 miembros titulares y 8 su- JUNTAS MUNICIPALES Y COMUNALES

y su decreto reglamentario. Los miembros de la plentes. Con los siguientes cargos: Presidente,

No podrán ser afiliados:

asamblea durarán 4 años en sus funciones. Vicepresidente, Secretario General, Prosecre- Artículo 21: La Mesa Ejecutiva auspiciará la

tario, Tesorero, Protesorero y 8 vocales titulares creación de Juntas Municipales y Juntas Co-

a) Los que en virtud de prescripciones legales Artículo 11: Para sesionar la Asamblea requiere y 8 suplentes.

munales en cada una de los municipios y co-

quedaren inhabilitados para el ejercicio de los como mínimo el quórum de la mitad más uno de

munas que componen el distrito.

derechos políticos.

sus miembros.

Artículo 18: Los miembros de la Mesa Ejecutiva

durarán en sus mandatos cuatro años y podrán Artículo 22: Las Juntas Municipales estarán

b) Los condenados, con sentencia firme, por Artículo 12: La Asamblea dictará su propio Re- ser reelectos. Serán elegidos por el voto directo integradas por un Presidente, un Vicepresi-

delitos contra la integridad sexual.

glamento Interno y designará de su seno, por y secreto de los afiliados. Deberán ser afiliados dente, un Secretario, un Tesorero y entre tres

simple mayoría un Presidente, un vicepresiden- y reunir los mismos requisitos que exige la ley y siete vocales. Las Juntas Comunales estarán

c) Quienes se encuentren comprendidos en el te 1°, un vicepresidente 2° y un Secretario que para ser electo legislador provincial.

integradas por un Presidente, un Secretario y

artículo 24 de la ley 23.298 y 68 de la ley 2431. constituirán la Mesa de la Asamblea. Los miem-

entre uno y tres vocales. En ambos casos, el

bros de la Mesa de la Asamblea no pierden su Artículo 19: La Mesa Ejecutiva se reunirá por número de vocales definitivo será determinado

d) Quienes hayan sido funcionarios con cargos calidad de asambleístas y se computan para lo menos una vez al mes. O bien, en cualquier por la Mesa Ejecutiva en la resolución de con-

políticos nombrados durante los gobiernos de formar quórum y tienen voto. En caso de em- momento cuando así lo determine la mayoría vocatoria a elecciones, de acuerdo al padrón

facto.

pate el Presidente de la misma tiene doble voto. simple de sus miembros titulares. El quórum se de afiliados vigente al momento de emitirla. Sus

forma con la mayoría de sus miembros titulares, miembros serán elegidos por el voto directo de

Artículo 4: Para afiliarse deberá presentar la soli- Artículo 13: La Asamblea se reunirá:

y el presidente tendrá doble voto en caso de los afiliados al partido que tengan domicilio en

citud y cumplimentar la ficha de afiliación regla-

empate para la toma de decisiones.

la municipalidad o comuna de que se trate.

mentada por la autoridad competente. La presen- a) Ordinariamente: Al menos una vez al año.

te podrá efectuarse personalmente o de acuerdo

Artículo 20: Las atribuciones de la Mesa Ejecu- Funcionarán con quórum de la mitad más uno

a otras formas conforme la legislación vigente. b) Extraordinariamente: Cuando así lo solicitare tiva son las siguientes:

de sus miembros y adoptarán sus decisiones

la Mesa Ejecutiva ante la Mesa de la Asamblea,

por simple mayoría.

Artículo 5: La solicitud de afiliación será tratada o por su Presidente, o la mayoría simple de sus a) Cumplir y hacer cumplir la Declaración de

por las autoridades partidarias que establezca integrantes, o a solicitud de los afiliados siempre principios, la Carta Orgánica, y las Resolucio- Son sus atribuciones y deberes:

la Mesa Ejecutiva para su aprobación. La anti- que cuenten con el apoyo del 15% del Padrón nes de la Asamblea.

güedad de la afiliación se considerará desde la de Afiliados en cuyo caso se deberá convocar a

a) representar al partido en la localidad y es-

fecha de aceptación expresa de las autoridades la Asamblea dentro de los 30 días. En todos los b) Determinar la orientación política del partido tablecer estrategias políticas para las mismas.

partidarias. El registro de afiliados permanece- casos deberán aclarar los asuntos a tratar.

conforme las resoluciones de la propia Mesa

rá abierto todo el año.

Ejecutiva y la Asamblea.

b) planificar la campaña electoral y coordinar las

Artículo 14: En las sesiones de la Asamblea

tareas de prensa y publicidad en las mismas.

Artículo 6: La afiliación se extingue por falle- podrán participar, sin derecho a voto, los c) Administrar el patrimonio del partido in-

cimiento, renuncia, expulsión o por disposición miembros de la Mesa Ejecutiva, Comisión Fis- formando periódicamente y confeccionando c) informar sobre sus actividades a la Mesa Eje-

legal. La pérdida de la condición de afiliado hace calizadora, la Comisión de Ética Disciplina, los los balances anuales correspondientes a la cutiva que corresponda ante el requerimiento

caer sin más trámite cualquier cargo partidario miembros de las organizaciones sectoriales a Asamblea, llevando a través de los miembros de la misma.

que ocupase y genera, cuando existiere, la asun- los que refiere la presente.

designados a tal efecto, la contabilidad de todo

ción inmediata y automática del suplente.

ingreso y egreso de fondos, de acuerdo a la d) llevar un registro de afiliados del Municipio

Artículo 15: Son atribuciones y deberes de la normativa vigente, conservando durante diez o Comuna cuyos originales custodia la Mesa

Artículo 7: Los afiliados tienen los siguientes Asamblea:

ejercicios la documentación respaldatoria. Ejecutiva.

derechos y deberes:

a) Determinar la orientación política del partido d) Fiscalizar y controlar la conducta política de

VII

a) Participar en las asambleas de los organis- de conformidad con su declaración de princi- los representantes del partido que cumplan

mos partidarios.

pios y Carta Orgánica.

funciones parlamentarias, gremiales o ejecu- COMISION DE ETICA Y DISCIPLINA.

tivas pudiendo —ad referendum de la Asam-

b) Ser electores de todas las autoridades parti- b) Dictar y modificar esta última, como así tam- blea— tomar las medidas que impidan que la Artículo 23: Es obligación de todos los afiliados

darias cuando tuvieran la antigüedad de afilia- bién la declaración de principios, por el voto de actuación de dichos representantes compro- velar por la buena administración y por el res-

ción mínima requerida para ello.

las dos terceras partes de sus miembros.

metan seriamente la existencia, orientación o peto y cumplimiento de la Carta Orgánica, la

actividad política del partido.

Declaración de Principios, y las resoluciones de

c) Postularse para integrar los Organismos de c) Dictar su propio Reglamento. Hasta tanto se

la Mesa Ejecutiva y la Asamblea.

Conducción, cuando tuvieran la antigüedad de apruebe el Reglamento la Asamblea se regirá, e) Mantener las relaciones que correspondan

afiliación mínima requerida para ello.

en lo pertinente, de acuerdo a lo que establece con los poderes públicos y con los organismos Artículo 24: La autoridad partidaria en cues-

el Reglamento de la Legislatura de la provincia partidarios.

tiones de disciplina es la Comisión de Ética y

d) Postularse para cargos electivos.

de Río Negro. El reglamento mencionado podrá

Disciplina. Estará compuesta por 5 miembros,

prever notificaciones fehacientes por mail con o f) Tener a su cargo lo relacionado con la capaci- afiliados al partido, que durarán 4 años en sus

e) Difundir el pensamiento e ideales del Partido. sin firma digital.

tación, difusión y propaganda.

funciones. Elegidos por la Asamblea del Par-

tido, garantizando en su composición el por-

f) Contribuir a la formación del patrimonio del d) Autorizar la participación de pre candidatos g) Designar los Apoderados del Partido, quie- centaje mínimo de cada sexo de conformidad

Partido, según las disposiciones que al efecto y candidatos extra-partidarios en elecciones de nes deberán ser afiliados al Partido, y podrán con lo dispuesto por la Ley 24.012 y su decreto

dicten las autoridades partidarias.

cargos públicos electivos.

actuar en forma conjunta o individual, siempre reglamentario. Al momento de constituirse, la

con mandato de la Mesa Ejecutiva.

Comisión de Ética y Disciplina, designará como

g) Participar en las actividades partidarias y e) Sancionar la Plataforma electoral y Programa

autoridades: Un Presidente, un Secretario, y el

asistir a las reuniones.

que sostendrán los candidatos del partido. h) Designar los responsables económicos fi- resto serán vocales.

nancieros para las campañas electorales con-

Artículo 8: A los afiliados les está expresamente f) Concertar alianzas transitorias con motivo de forme ley 26.571 y 26.215.

Artículo 25: La Comisión de Ética y Disciplina

prohibido:

una determinada elección. Deberá establecer

será la encargada de ventilar todas las cuestio-

al momento del reconocimiento de la alianza la i) Intervenir, a través de sus representantes lega- nes que se susciten entre los afiliados o autori-

a) Atribuirse indebidamente la representación distribución del fondo partidario permanente, les, como parte interesada en cualquier proceso dades partidarias, ya sea en forma individual o

del partido, de otros afiliados, o de organismo ajustándose a la normativa vigente y acordar el legal, en donde un miembro del mismo sea parte colectiva y que indiquen inconducta, indiscipli-

partidarios.

reglamento electoral.

de un proceso, a cualquier título en donde se ha- na, deslealtad partidaria o cualquier otra viola-

llen amenazados o restringidos los derechos hu- ción a los principios y resoluciones del Partido

b) Ejercer más de un cargo en los organismos g) Determinar y reglamentar el funcionamien- manos, en el más amplio de los sentidos, sobre que merezcan sanción. Los afiliados responsa-

partidarios salvo los que excepcionalmente es- to de los organismos partidarios, siempre en todo cuando amenacen o restrinjan el derecho bles de inconductas partidarias será pasibles,

tablezca esta Carta Orgánica.

concordancia con lo dispuesto por la presente al ejercicio de la actividad política partidaria, y/o de acuerdo a la importancia y gravedad de la

carta orgánica.

la difusión de ideas políticas y/o los principios falta cometida, de las siguientes sanciones: lla-

III

básicos que sostiene este partido.

mado de atención, amonestación, suspensión

h) Fiscalizar y controlar la conducta política de

temporal, separación del cargo partidario que

DE LAS AUTORIDADES PARTIDARIAS. los representantes del partido que cumplan fun- j) Concertar alianzas transitorias —ad referen- ocupan y expulsión. Los miembros de la comi-

ciones parlamentarias, gremiales o ejecutivas. dum de la Asamblea— con motivo de una de- sión de ética y disciplina no podrán ser a su vez

Artículo 9: Son órganos de gobierno, delibera-

terminada elección.

miembros de la Mesa Ejecutiva. Sus resolucio-

ción, administración y control del Partido:

i) Convocar a elecciones internas del partido.

nes podrán ser apeladas ante la Asamblea, que

k) Considerar, mediante las autoridades que entenderá en la primera reunión que celebre ya

a) La Mesa Ejecutiva.

j) Ejercer la supervisión general del Partido y los designe a tal efecto, las solicitudes de afiliación sea ordinaria o extraordinaria.

organismos.

al partido.

b) La Asamblea General.

Artículo 26: La Comisión de Ética y Disciplina

Artículo 16: El Secretario de la Asamblea será L) Llevar el fichero y registro de afiliados al partido. al momento de su constitución dictará un re-

c) La Comisión de Ética y Disciplina.

el responsable de la notificación a los asam-

glamento (el cual somete para su aprobación

bleístas cuando hay sesión convocada. Deberá m) Dirigir la campaña electoral del partido. a la Asamblea) que regirá su funcionamiento

d) La Comisión Fiscalizadora.

informar los puntos del orden del día existen-

interno, como así también el procedimiento

tes en el momento de la Convocatoria. A tal n) Dictar el Reglamento de la Escuela de Forma- para aplicar sanciones, asegurando siempre

e) Junta Electoral.

fin los Asambleístas registraran una dirección ción de Dirigentes Políticos.

el derecho de defensa el imputado, la revisión

20 Miércoles 15 de febrero de 2017

Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.567

de las decisiones adoptadas, y el régimen de partido y a la orden conjunta o indistinta de has- mediante la organización de cursos, seminarios, Artículo 61: A los fines de la elección de los inte-

mayoría de votos para aplicar las mismas. Las ta cuatro (4) miembros del partido, de los cuales investigaciones, conferencias, y la publicación grantes de la Asamblea General se elegirán 10

cuestiones de mero trámite, que no hagan al dos (2) deberán ser el Presidente y Tesorero, o de obras mediante una Escuela de Formación Asambleístas tomando la provincia como Dis-

fondo de una cuestión, serán resueltas por el sus equivalentes, uno de los cuales, necesaria- de Dirigentes Políticos. Le corresponderá, como trito Electoral Único, 24 Asambleístas conforme

presidente de la comisión.

mente, deberá suscribir los libramientos que se mínimo, la asignación presupuestaria que fije la los Circuitos Electorales provinciales a razón

efectúen. Las cuentas deberán registrarse en Ley 26.215 o sus modificaciones. Se presentará de 3 por cada circuito y un Asambleísta por

Artículo 27: Las resoluciones de la Comisión el Ministerio del Interior e informarse al juzgado un informe anual a la Asamblea General.

cada Municipio de la provincia. Asimismo se

de Ética y Disciplina son tomadas a simple federal con competencia electoral del distrito

elegirán cinco (5) Asambleístas suplentes para

mayoría. En caso de empate el Presidente tiene correspondiente. En caso de constituirse alian- Artículo 49: La Mesa Ejecutiva podrá dictar un el Distrito, uno por circuito electoral y uno por

doble voto. Sólo podrá aplicar sanciones a los zas electorales de acuerdo a lo previsto en el reglamento de funcionamiento de La Escuela Municipio, los que reemplazarán a éstos por su

miembros de la Mesa Ejecutiva por unanimidad. artículo 10 de la Ley 23.298, se aplicará lo dis- de Formación. El director de la misma será orden de colocación en la lista.

puesto en el artículo 32 de la Ley 26.215.

nombrado por el Presidente del Partido.

Artículo 28: La Comisión de Ética y Disciplina

Artículo 62: Los Circuitos Electorales provincia-

actuará de oficio o a pedido de cualquier afi- Artículo 38: Al iniciarse cada campaña electoral Artículo 50: La Escuela de Formación podrá les, conforme ley provincial K 3424, a saber:

liado u organismo del partido, debiendo expe- la Mesa Ejecutiva designará dos (2) respon- recibir fondos de terceros no prohibidos por la

dirse en el menor tiempo posible conforme su sables económico-financiero, quienes serán Ley 26.215 y podrá dictar cursos por sí o a tra- 1. Alto Valle Este: Chichinales, Villa Regina, Ge-

propio reglamento.

solidariamente responsables con el Presidente vés de fundaciones que compartan los princi- neral Enrique Godoy, Ingeniero Huergo, Main-

y el Tesorero por el cumplimiento de las dispo- pios partidarios y estará facultada para celebrar qué y Valle Azul.

Artículo 29: Tanto la Asamblea, actuando en siciones legales aplicables.

convenios de capacitación con universidades

grado de apelación, como la Comisión de Ética

nacionales, provinciales, fundaciones, entes 2. Alto Valle Oeste: Cipolletti, Balsa las Perlas,

y Disciplina, antes de tomar una decisión de- Artículo 39: Los fondos destinados a financiar la públicos y/o privados.

Fernández Oro, Cinco Saltos, Contralmirante

berán escuchar al imputado, aceptar y producir campaña electoral deberán depositarse en una

Cordero, Campo Grande y Catriel.

la prueba por él aportada, asegurando de este cuenta única en el Banco de la Nación Argen-

XIII

modo y en la mayor amplitud posible su dere- tina a nombre del Partido y a la orden conjunta

3. Alto Valle Centro: Cervantes, General Roca,

cho de defensa.

del responsable económico-financiero y del ELECCIONES INTERNAS PARTIDARIAS Allen, El Cuy, Lonco Vaca, Mencué y Cerro Po-

responsable político de cada campaña.

licía.

VIII

Artículo 51: Se requiere una antigüedad de afi-

IX

liación mínima de 6 meses para poder ser elec-

4. Valle Medio: Los Departamentos Pichi Ma-

COMISION FISCALIZADORA

tor de cualquiera de las autoridades previstas

huida y Avellaneda.

DE LOS LIBROS Y DOCUMENTOS

en la presente carta orgánica.

Artículo 30: La Comisión Fiscalizadora tendrá

5. Valle Inferior: Los Departamentos Adolfo Al- a su cargo el control patrimonial del partido e Artículo 40: El partido hará rubricar por Juez Artículo 52: Para ser Electo como autoridad

sina y Conesa. informará a la Asamblea respecto del balance de aplicación con Competencia Electoral, los partidaria, se requiere una antigüedad de afilia-

presentado por la Mesa Ejecutiva. Para el cum- siguientes libros:

ción mínima de 2 años.

6. Atlántico: Los Departamentos San Antonio plimiento de su cometido, tendrá libre acceso a

y Valcheta, y la Comisión de Fomento Cona los libros partidarios y demás documentación 1. Libro de inventario.

Artículo 53: Todas las autoridades partidarias

contable. Es su deber hacer observar fielmente

Niyeu. serán elegidas por el voto secreto y directo de

todas las disposiciones que sobre el control 2. Libro de caja.

los afiliados, teniendo sus mandatos una dura-

7. Línea Sur: Los Departamentos 25 de Mayo patrimonial establecen las normas vigentes.

ción de 4 años.

y 9 de Julio, con excepción de la Comisión de Dictaminará sobre los balances y rendiciones 3. Libro Diario.

de cuentas.

Artículo 54: Se convocará a elecciones Internas Fomento de Cona Niyeu.

4. Libro de Actas y resoluciones.

cada 4 años, con un plazo mínimo de 60 días

Artículo 31: La Comisión Fiscalizadora estará

8. Andino: Los Departamentos Ñorquinco, Pil- antes del vencimiento de los mandatos y por

caniyeu y Bariloche. compuesta por 3 miembros titulares y un su- Artículo 41: El libro de Inventarios, el de Caja, lo menos treinta (30) días antes de la fecha de

plente, afiliados al partido, que durarán 4 años y el Diario serán llevados por el Secretario Ge- la realización de las elecciones. Debiéndose

en sus funciones. Son elegidos por la Asamblea neral y el Tesorero conjuntamente. El libro de poner a disposición de los afiliados el padrón Artículo 63: Para la elección de las Autoridades

quien determinará las autoridades: Un presi- Actas y Resoluciones será llevado por el Secre- partidario presentado a la Justicia Electoral al de la Mesa Ejecutiva, se considerará a la pro-

dente, un secretario, y un vocal. Para ser miem- tario General.

mismo tiempo que la convocatoria a elecciones vincia como Distrito Electoral Único.

bros de la Comisión Fiscalizadora se requerirá

internas. Deberá publicarse 1 día en medio de

dos años de afiliación.

X

distribución provincial y el Boletín Oficial di- Artículo 64: Ningún afiliado podrá desempeñar

cha convocatoria, el cronograma electoral, los más de un cargo partidario en el orden provin-

Artículo 32: Cuando observe y/o detecte alguna

JUVENTUD

cargos a elegirse, el lugar y horario en que se cial a excepción:

irregularidad en detrimento del patrimonio del

desarrollará la elección.

partido, deberá ponerla de inmediato en cono- Artículo 42: La Juventud del Partido estará

a) de los cargos en la Escuela de Formación de

cimiento de la Comisión de Ética y Disciplina. compuesto por las/los afiliadas/os al partido Artículo 55: Serán elegidos a simple pluralidad Dirigentes Políticos.

menores de treinta (30) años de edad que de- de votos los miembros de la ASAMBLEA, los

Artículo 33: El ejercicio económico anual cerra- seen formar parte del sector.

representantes de la MESA EJECUTIVA y la b) de los Apoderados que podrán tener otro

rá el 31 de diciembre de cada año.

JUNTA ELECTORAL.

cargo.

Artículo 43: La Juventud podrá darse su propio

IX

reglamento de funcionamiento acorde a la pre- Artículo 56: La renovación de autoridades parti- c) De las secretarias y subsecretarias que po-

sente Carta Orgánica.

darias podrá efectuarse en forma separada con drán ser desempeñadas por miembros de la

DEL PATRIMONIO Y FINANCIMIAMIENTO

la de candidatos a cargos públicos electivos. Mesa Ejecutiva y/o de la Asamblea.

DEL PARTIDO.

XI

Artículo 57: No podrán ser candidatos a cargos

Artículo 65: Las incompatibilidades existen en Artículo 34: El patrimonio del partido se integran

DE LAS COMISIONES ESPECIALES

partidarios los afiliados que tengan impedimen-

el momento de asumir el segundo cargo. con los bienes y recursos que autorice tanto

to establecido por la legislación electoral vigen-

la ley de financiamiento de partidos políticos Artículo 44: Las Comisiones Especiales son te. Las elecciones se realizarán de acuerdo con

Artículo 66: Los miembros suplentes de los or- nacional (Ley N° 26.215), como la ley provincial estructuras de participación directa de afiliados lo establecido en el reglamento que de confor-

ganismos no son alcanzados por las incompa- 2431 y sus modificatorias y los siguientes re- del partido en tareas de información y debate midad con la legislación vigente dicte la Junta

tibilidades mientras no asuman una suplencia. cursos:

relacionadas con materias de su incumbencia. Electoral Partidaria, según las prescripciones

Podrán elevar análisis y propuestas tanto a la de la presente Carta Orgánica.

XIV a) Con los aportes y contribuciones de los afilia- Asamblea, como a la Mesa Ejecutiva, contribu-

dos y simpatizantes.

yendo asimismo con sus propuestas a la elabo- Artículo 58: Para la elección de autoridades

ración de los programas políticos y electorales. partidarias solo podrán votar los debidamente

ELECCIONES GENERALES

b) Con los recursos correspondientes al Fondo

inscriptos en el padrón respectivo. En las elec-

Partidario Permanente previsto en la legislación Artículo 45: Las Organizaciones Sectoriales ciones para cargos partidarios cuando se haya Artículo 67: En la designación de cargos electivos

nacional.

funcionan bajo los principios de Autonomía y

nacionales se establecerá el sistema de primarias oficializado una sola lista podrá prescindirse

democracia interna. Su funcionamiento político del acto eleccionario siempre y cuando la ley que dispone la Ley Nacional N° 26.571. De este

c) Con el tributo partidario obligatorio para to- y organizativo se ajustará a las resoluciones de electoral no lo prohíba. Las elecciones internas modo, las candidaturas a Parlamentarios del

dos aquellos que accedan a cargos públicos la Asamblea. Será la Mesa Ejecutiva —ad re- serán válidas cuando votase un porcentaje no Mercosur por distritos regionales provinciales,

electivos y ejecutivos a través de las listas del feréndum de la asamblea— quien deba anual- menor al tres por ciento (3%) de los inscriptos Senadores y Diputados Nacionales, surgirán del

Partido. El mismo será determinado por la Mesa mente fijar el presupuesto que le asignará a en el padrón partidario respectivo. Para la elec- voto directo y secreto de los ciudadanos inscrip-

Ejecutiva en su momento y serán aplicables cada una.

tos en el padrón de electores confeccionado por ción de candidatos a cargos públicos electivos

multas y sanciones por incumplimiento.

podrán votar los ciudadanos inscriptos en el la Justicia Federal con competencia electoral de

Artículo 46: El objetivo primordial de las Orga- padrón de electores confeccionado por la Jus- la Provincia de Río Negro. La Provincia será con-

Artículo 35: El balance de ingresos y egresos nizaciones Sectoriales es facilitar y fomentar ticia Federal con competencia electoral de la siderada distrito único. La elección se regirá por el

deberá ser presentado anualmente a la Mesa la participación de todos los afiliados en los Provincia de Río Negro.

sistema de lista completa a simple pluralidad de

Ejecutiva y a la Asamblea. Se certificará por quehaceres de la organización, alcanzando el

votos y/o el que determine la legislación vigente.

Contador Público Nacional y se entregará a la mayor grado de presencia e interlocución entre Artículo 59: En las elecciones internas para car-

autoridad judicial competente, previa interven- el partido y la sociedad.

gos electivos partidarios corresponderá el 75% Artículo 68: Para la elección de las candidaturas

ción de la Comisión de Contralor Patrimonial.

de los cargos a la lista más votada y el 25% a Gobernador y Vicegobernador, legisladores

Se establece el día 31 de diciembre como fecha Artículo 47: A efectos de información y coordi- restante a la que sigue en número de votos provinciales y para los cargos municipales (In-

para el cierre del ejercicio contable anual, con- nación, las organizaciones sectoriales podrán siempre y cuando supere el 20% de los votos tendente, Viceintendente, Presidente del Concejo

forme a lo normado por el artículo 22 de la Ley mantener reuniones periódicas con los miem- válidos emitidos.

Deliberante, Concejales, Miembros del Tribunal

26.215.

bros de la Mesa Ejecutiva.

de Cuentas u Órganos Contralores) se procederá

Artículo 60: El número de candidatos titulares y a la aplicación del sistema de representación pro-

Artículo 36: Los bienes registrables que se ad-

XII

suplentes, así como las condiciones para serio porcional denominado D’Hont y/o el sistema que

quieran deberán inscribirse a nombre del parti-

surgirán de la convocatoria y de la legislación en lo sucesivo determine la legislación electoral

do en el registro respectivo.

CAPACITACIÓN

electoral vigente. Los candidatos se postula- provincial vigente, toda vez que se obtenga al me-

nos el 20 por ciento de los votos válidos emitidos, rán para un solo cargo electivo y en una única

Artículo 37: Los fondos del partido deberán de- Artículo 48: La Mesa Ejecutiva tendrá a su car- categoría. En todos los casos se respetará la con excepción de los candidatos a legisladores

positarse en una única cuenta que se abrirá en go la formación y capacitación de los cuadros representación de la mujer de acuerdo a la le- por circuito, donde para tal caso se podrá hacer

el Banco de la Nación Argentina, a nombre del partidarios para la acción política y de gestión, gislación vigente.

bajo el sistema de lista incompleta.

Miércoles 15 de febrero de 2017

Segunda

Artículo 69: Todas las precandidaturas provin- el Protocolo Constitutivo del Parlamento del

ciales y todas las precandidaturas a cargos mu- Mercosur y las leyes provinciales que regulen

nicipales requerirán aval con firma certificada al efecto.

por no menos del dos (2) por ciento del total de

los inscriptos en el Padrón de Afiliados.

Artículo 78: Hasta tanto no se encuentren en

funciones las primeras autoridades partidarias

Artículo 70: En el supuesto de Alianzas o Frentes electas, la Junta Promotora ejercerá las funcio-

Electorales para elecciones Nacionales, Provin- nes de todos los órganos establecidos en esta

ciales y/o Municipales, la Mesa Ejecutiva ad-re- Carta Orgánica, pudiendo constituir confedera-

ferendum de la Asamblea General aprobará las ciones provinciales, realizar fusiones, alianzas

mismas y la elección de los candidatos a cargos transitorias, designar candidatos a cargos pú-

electivos se realizará de acuerdo a lo determi- blicos electivos y resolver las cuestiones que

nado por esta carta orgánica y la legislación vi- pudieran suscitarse en torno a candidaturas,

gente en la materia. Asimismo la Mesa Ejecutiva debiendo decidir estas cuestiones por mayoría

ad referendum de la Asamblea podrá resolver la simple y con quórum de la mitad más uno del

aceptación de candidatos extrapartidarios para total de sus miembros.

integrar las listas de la agrupación en las eleccio-

nes municipales, provinciales y nacionales, todo Artículo 79: En la primera elección interna pos-

de conformidad con la Ley electoral vigente. terior al reconocimiento de personalidad jurídi-

co-política, para elegir autoridades partidarias,

XV

no será exigible el requisito de antigüedad en la

afiliación para ser candidato y/o elector.

JUNTA ELECTORAL

Artículo 80: La Junta Promotora partidaria fijará

Artículo 71: La Junta Electoral será de carác- por única vez un Cronograma Electoral acorde

ter permanente y estará integrada por tres a los tiempos que exige el cumplimiento de los

(3) miembros titulares y tres (3) suplentes por plazos de la normalización de autoridades con-

el lapso de cuatro años, tiempo en el que se forme legislación vigente. Los plazos estableci-

requerirá su renovación. Serán elegidos por el dos por la Junta Promotora estarán por sobre

voto directo y secreto de los afiliados. Deberán los establecidos en la presente Carta Orgánica.

ser afiliados y reunir los mismos requisitos que

exige la ley para ser electo legislador provincial.

e. 15/02/2017 N° 7828/17 v. 15/02/2017