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N° 8767/17 Aviso del Boletín Oficial

JAVI S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 16 de febrero de 2017

Texto del aviso

JAVI S.A.

POR Escritura N° 11, del 13-2-2017, Reg 2162

CABA. Protocolizo: DIRECTORIO: 1- Asamblea

Ordinaria del 15-04-2008, designa Presidente:

Daniel Alejandro Skubisz, Director suplente

Rolando Flores, aceptan cargos y constituyen

domicilio en sede social 2- Asamblea Ordinaria,

del 20-8-2011, Aprueba las renuncias de todos

los directorios, y designa Directorio: Presiden-

te: Daniel Alejandro Skubisz, Director suplente,

Rolando Flores. Aceptan cargos, constituyen

domicilio en sede social; 3 ASAMBLEA EX-

TRAORDINARIA del 30-11-2012, RENUNCIA:

Presidente: Daniel Alejandro Skubisz, Director

suplente Rolando Flores, se aprueba gestión

- Designa directorio: Presidente Blanca Bea-

triz LOPEZ. Director Suplente. Mirta Marino.

Aceptan cargos, constituyen domicilio Bogado

N° 4562, 6 piso, departamento “E”, CABA. 4-

Asamblea Ordinaria del 29-3-2013 y 30-4-2015,

Directorio: Presidente Blanca Beatriz LOPEZ.

Director Suplente. Mirta Marino. Aceptan car-

gos, constituyen domicilio Bogado N° 4562,

6 piso, departamento “E”, CABA; 5- Acta de

Directorio 10-11-2011, traslado sede social a

la calle Bogado N° 4562, 6 piso, departamento

“E”, CABA; 6- ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

del 26-11-2010. MODIFICA ARTICULO OCTA-

VO: La administración de la sociedad estará

a cargo de un Directorio integrado por uno a

cinco titulares, pudiendo la Asamblea elegir

igual o menor número de suplentes, los que se

4 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.568

incorporarán al Directorio por el orden de su

designación. Mientras la sociedad prescinda de

sindicatura la elección por la Asamblea de uno

o más directores suplentes será obligatoria. Si

la sociedad estuviese comprendida en lo pre-

ceptuado por el artículo 299 de la Ley 19.550, el

mínimo de integrantes será de tres miembros.-

El término de su elección será de dos ejercicios,

la asamblea fijara el número de directores, así

como su remuneración. El Directorio sesiona-

ra con la presencia de la mayoría absoluta de

sus miembros titulares y resuelve por mayoría

de los presentes, en caso de empate, el Pre-

sidente desempatará votando nuevamente. En

su primera reunión designara un Presidente

pudiendo en caso de pluralidad de titulares de-

signar un Vicepresidente que suplirá al primero

en su ausencia o impedimento. La garantía de

los directores de sociedades anónimas a que

se refiere el artículo 256 párrafo segundo, de la

Ley 19.550, se regirá por las siguientes reglas:

1) deberá consistir en bonos, títulos públicos

o sumas de moneda nacional o extranjera de-

positados en entidades financieras o cajas de

valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas

o avales bancarios o seguros de caución o de

responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo

costo deberá ser soportado por cada director;

en ningún caso procederá constituir la garan-

tía mediante el ingreso directo de fondos a la

caja social. 2) Cuando la garantía consiste en

depósitos de bonos, títulos públicos o sumas

de moneda nacional o extranjera, las condi-

ciones de su constitución deberán asegurar su

indisponibilidad mientras esté pendiente el pla-

zo de prescripción de eventuales acciones de

responsabilidad. 3) El monto de la garantía será

igual para todos los directores, no pudiendo ser

inferior a la suma de $ 10.000 o su equivalen-

te, por cada uno. La representación legal de la

sociedad corresponde al Presidente del Direc-

torio o Vicepresidente en su caso. Autorizado

según instrumento público Esc. Nº 11 de fecha

13/02/2017 Reg. Nº 2162

Graciela Catalina Rovira - Matrícula: 4262

C.E.C.B.A.

e. 16/02/2017 N° 8767/17 v. 16/02/2017