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N° 8627/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 16 de febrero de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 42

Edictos sin previo pago de aranceles (art. 89

LEY 24.522)

BOLETIN OFICIAL

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial n° 21 a cargo del Dr. Germán Paez Cas-

tañeda (sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 3°

Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Secretaría

n° 42 a cargo del Dr. Guillermo Carreira Gonzá-

lez, comunica por cinco días que en los autos

caratulados “WOOLCAP S.A. s/QUIEBRA, Expte.

27595/1999” con fecha 20 de Diciembre de 2016,

se le decretó la quiebra a WOOLCAP S.A. CUIT

Nº 30-64574336-5 con domicilio en la calle VI-

RREY LORETO 1520 PISO 7º “B” de esta Capital

Federal, inscripta en la IGJ el día 20/09/1991 bajo

el número 7419 del libro 110 T “A” de S.A. Se ha

designado síndico al Cdora. Mirta Norma Matayo-

shi, con domicilio constituido en Montevideo 771,

Piso 7º “C”, C.A.B.A (tel. 5811-3897) ante quien

los acreedores deberán presentar sus pedidos

de verificación hasta el día 02 de Mayo de 2017.

Presentación del síndico de los informes arts. 35 y

39 Ley 24.522, el 27 Junio y 07 de Septiembre de

2017 respectivamente. El horario de atención del

síndico es el de 10 a 16 hs. Intímese a la fallida y a

terceros que entreguen al síndico los bienes que

tengan en su poder, al igual que los libros de co-

mercio y demás documentación relacionada con

su contabilidad, previniéndose a los terceros la

prohibición de realizar pagos de la fallida los que

serán ineficaces. Intimase al presidente del direc-

torio de la fallida para que dentro del quinto día

cumplimente la información requerida por el art.

11 de la ley 24.522, bajo apercibimiento de con-

siderar su conducta como obstructiva y de ocul-

tamiento patrimonial, pudiendo ser merituada su

conducta por la sindicatura para el eventual inicio

de las acciones legales pertinentes encaminadas

a reconstruir patrimonialmente el activo de la fa-

lente. Notifíquese –con carácter de constituido– a

la persona física al domicilio por ella indicado en

el estatuto, y publíquese dicho requerimiento en

los edictos oportunamente ordenados. Buenos

Aires, 14 DE FEBRERO de 2017.

GERMNA PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLER-

MO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 16/02/2017 N° 8627/17 v. 22/02/2017