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N° 8627/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS lunes, 20 de febrero de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 42

Edictos sin previo pago de aranceles (art. 89

LEY 24.522)

BOLETIN OFICIAL

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo

Comercial n° 21 a cargo del Dr. Germán Paez

Castañeda (sito en Marcelo T. de Alvear 1840,

Piso 3° Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

Secretaría n° 42 a cargo del Dr. Guillermo Ca-

rreira González, comunica por cinco días que

en los autos caratulados “ WOOLCAP S.A. s/

QUIEBRA, Expte. 27595/1999” con fecha 20 de

Diciembre de 2016, se le decretó la quiebra a

WOOLCAP S.A. CUIT Nº 30-64574336-5 con

domicilio en la calle VIRREY LORETO 1520

PISO 7º “B” de esta Capital Federal, inscripta

en la IGJ el día 20/09/1991 bajo el número 7419

del libro 110 T “A” de S.A. Se ha designado

síndico al Cdora. Mirta Norma Matayoshi, con

domicilio constituido en Montevideo 771, Piso

7º “C”, C.A.B.A (tel. 5811-3897) ante quien los

acreedores deberán presentar sus pedidos de

verificación hasta el día 02 de Mayo de 2017.

Presentación del síndico de los informes arts.

35 y 39 Ley 24.522, el 27 Junio y 07 de Sep-

tiembre de 2017 respectivamente. El horario de

atención del síndico es el de 10ª 16 hs. Intímese

a la fallida y a terceros que entreguen al síndico

los bienes que tengan en su poder, al igual que

los libros de comercio y demás documentación

relacionada con su contabilidad, previniéndose

a los terceros la prohibición de realizar pagos

de la fallida los que serán ineficaces. Intimase

al presidente del directorio de la fallida para que

dentro del quinto día cumplimente la informa-

ción requerida por el art. 11 de la ley 24.522,

bajo apercibimiento de considerar su conducta

como obstructiva y de ocultamiento patrimo-

nial, pudiendo ser merituada su conducta por la

sindicatura para el eventual inicio de las accio-

nes legales pertinentes encaminadas a recons-

truir patrimonialmente el activo de la falente.

Notifíquese –con carácter de constituido- a la

persona física al domicilio por ella indicado en

el estatuto, y publíquese dicho requerimiento

en los edictos oportunamente ordenados. Bue-

nos Aires, 14 DE FEBRERO de 2017.

Segunda

GERMNA PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLER-

MO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 16/02/2017 N° 8627/17 v. 22/02/2017