N° 8945/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 4
SECRETARÍA NRO. 8
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo
Comercial Nº 4, a cargo del Dr. Héctor Hugo Vi-
tale, Secretaría Nº 8, a cargo de la Dra. Josefina
Conforti, sito en Diag. Roque Sáenz Peña 1211,
P. 1º, Capital Federal, comunica por cinco días
en los autos “OIL COMBUSTIBLES S.A. S/CON-
CURSO PREVENTIVO”, Expte. Nº 19.981/2016,
radicados ante este Tribunal, que con fecha
30.12.16 se ha resuelto complementar la reso-
lución de apertura del concurso preventivo de
la sociedad “OIL COMBUSTIBLES S.A.” (CUIT
30-71129398-8), con domicilio en Av. Córdoba
Sección
657, P. 7º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que fuera dictada con fecha 08.04.16 por el
Juzgado de Primera Instancia de Ejecuciones
Nº 1 de Comodoro Rivadavia, Secretaría Nº 2, y
declarada parcialmente nula. Se ha fijado plazo
hasta el día 12.05.17 para que los acreedores
por créditos de causa o título anterior a la
presentación en concurso (30.03.16), formulen
el pedido de verificación de sus créditos en
los términos del art. 32 de la ley 24.522 a la
sindicatura “Capurro - Rossello - Zaragoza”,
en su domicilio de la calle Quintino Bocayuva
333, PB, o que también podrán optar por pre-
sentarlo en el domicilio de Bouchard 680, Piso
5º, ambos de esta Ciudad de Buenos Aires.
Hágase saber que respecto a los insinuantes
tempestivos anteriores a la declaración de
nulidad, se entenderá que de no rectificar la
originaria presentación dentro del nuevo plazo
fijado para efectuar los pedidos de verificación,
se la tendrá por ratificada en los términos del
art. 32 de la ley 24.522 para esta nueva etapa
procedimental y que solo abonarán arancel
previsto en dicha norma quienes rectifiquen
la primigenia presentación. La comparecen-
cia a compulsar los pedidos verificatorios por
parte de los acreedores y la recepción de las
impugnaciones previstas por el art. 34 de la ley
24.522, tendrá lugar únicamente en el domicilio
de Bouchard 680, Piso 5º, de esta ciudad. Asi-
mismo, se hace saber que quienes se hubieran
presentado ya a verificar sus créditos deberán,
dentro del nuevo término previsto para pre-
sentarse para verificar o rectificar los pedidos
de verificación, constituir domicilio dentro del
radio de la jurisdicción de este Tribunal, sin que
ello importe el deber de abonar nuevamente el
arancel previsto en dicha norma. Fíjase hasta el
día 12.07.17 para que el síndico presente el in-
forme individual y hasta el día 06.11.17 para que
presente el informe general, previstos por los
arts. 35 y 39, respectivamente, de la ley 24.522.
La audiencia informativa a los efectos previstos
por el art. 45 de la ley 24.522, tendrá lugar el
día 23.05.18 a las 10 hs. en la sede del Tribunal,
venciendo el período de exclusividad previsto
por el art. 43 de la citada ley el 30.05.18. Ciu-
dad de Buenos Aires, 15 de febrero de 2017.
JOSEFINA CONFORTI SECRETARIA INTERINA
e. 17/02/2017 N° 8945/17 v. 23/02/2017