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N° 9698/17 Aviso del Boletín Oficial

BITRAN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 21 de febrero de 2017

Texto del aviso

BITRAN S.A.

Asamblea Extraordinaria 15/7/16 designados

Pablo Guillermo Brex, DNI 18446269, argentino,

nacido 27/11/67, comerciante, casado, domici-

lio Yerbal 364 piso 2 departamento B, CABA,

constituyendo domicilio especial en el mismo

Director Titular y Presidente; y Fernando Víctor

Brex, DNI 14927326, argentino, nacido 25/6/62,

comerciante, casado, domicilio Guayaquil 807

piso 7 departamento A, CABA, domicilio espe-

cial en el mismo, Director Suplente. Por mismo

instrumento reformaron artículos 4, 7 y 9 que-

dando redactados siguiente forma: ARTÍCULO

4° - El Capital Social es de PESOS CIEN MIL, re-

presentado por DIEZ MIL ACCIONES NOMINA-

TIVAS NO ENDOSABLES de PESOS DIEZ ($ 10)

valor nominal cada una de ellas y con derecho a

UN VOTO por cada acción. El capital puede ser

aumentado por decisión de la Asamblea ordina-

ria hasta el quíntuplo de su monto, conforme al

artículo 188 de la Ley 19.550. ARTICULO 7°- La

administración de la sociedad estará a cargo

de un Directorio compuesto por el número de

miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo

de uno y un máximo de cinco, con mandato por

tres años. La asamblea debe designar suplentes

en igual o menor número que los titulares y por el

mismo plazo, a fin de llenar las vacantes que se

produjeren, en el orden de su elección. Los di-

rectores, en su primera sesión, deben designar

un Presidente y un Vicepresidente, salvo para

el caso de Directorio Unipersonal, en que este

último cargo no será exigible. El vicepresidente

reemplazará al presidente en caso de ausen-

cia o impedimento, debiendo para ello mediar

decisión expresa del Directorio que así lo es-

tablezca, labrada en el acta correspondiente y

aceptación también expresa del reemplazante.

El Directorio funcionará con la presencia de la

mayoría de sus miembros y resuelve por mayo-

ría de votos presentes, correspondiendo un voto

por acción. ARTICULO 9° - La sociedad pres-

cinde de la sindicatura, conforme lo dispuesto

en el artículo 284 de la ley 19550. Mientras la

sociedad prescinda de sindicatura, es obligato-

ria la designación de un director suplente como

mínimo. Cuando por aumento del capital social

de la sociedad, ésta quedara comprendida en el

inciso segundo del artículo 299 de la ley citada,

anualmente la asamblea deberá elegir síndicos

titular y suplente. Autorizado según instrumento

privado ACTA de fecha 15/07/2016

Walter Guillermo Moreno Cordeiro - T°: 38 F°: 293

C.P.A.C.F.

e. 21/02/2017 N° 9698/17 v. 21/02/2017