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N° 9697/17 Aviso del Boletín Oficial

BREBER S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 21 de febrero de 2017

Texto del aviso

BREBER S.A.

Asamblea Extraordinaria 15/7/16 designados

Fernando Víctor Brex, DNI 14927326, argentino,

nacido 25/6/62, comerciante, casado, domicilio

Guayaquil 807 piso 7 departamento A, CABA,

domicilio especial en el mismo, Director Titu-

lar y Presidente; y Pablo Guillermo Brex, DNI

18446269, argentino, nacido 27/11/67, comer-

ciante, casado, domicilio Yerbal 364 piso 2 de-

e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar

Registro Nacional de la Propiedad

Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO

Tel. y Fax 5218-8400

Buenos Aires,

martes 21

de febrero de 2017

Año CXXV

Número 33.571

Precio $ 20,00

OFICIAL DE LA REPÚBLICA

y obligatorios por el efecto de esta

circulados dentro de todo el

La edición electrónica del Boletín Oficial

edición impresa (Decreto Nº 207/2016).

partamento B, CABA, constituyendo domicilio

especial en el mismo, Director Suplente. Por

mismo instrumento reformaron artículos 4,7 y 9

quedando redactados siguiente forma: ARTÍCU-

LO 4° -El Capital Social es de PESOS CIEN MIL,

representado por DIEZ MIL ACCIONES NOMINA-

TIVAS NO ENDOSABLES de PESOS DIEZ ($ 10)

valor nominal cada una de ellas y con derecho a

UN VOTO por cada acción. El capital puede ser

aumentado por decisión de la Asamblea ordinaria

hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artí-

culo 188 de la Ley 19.550. ARTICULO 7° -La ad-

ministración de la sociedad estará a cargo de un

Directorio compuesto por el número de miembros

que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y

un máximo de cinco, con mandato por tres años.

La asamblea debe designar suplentes en igual o

menor número que los titulares y por el mismo

plazo, a fin de llenar las vacantes que se produ-

jeren, en el orden de su elección. Los directores,

en su primera sesión, deben designar un Presi-

dente y un Vicepresidente, salvo para el caso de

Directorio Unipersonal, en que este último cargo

no será exigible. El vicepresidente reemplazará al

presidente en caso de ausencia o impedimento,

debiendo para ello mediar decisión expresa del

Directorio que así lo establezca, labrada en el

acta correspondiente y aceptación también ex-

presa del reemplazante. El Directorio funcionará

con la presencia de la mayoría de sus miembros y

resuelve por mayoría de votos presentes, corres-

pondiendo un voto por acción. ARTICULO 9° -La

sociedad prescinde de la sindicatura, conforme

lo dispuesto en el artículo 284 de la ley 19550.

Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, es

obligatoria la designación de un director suplente

como mínimo. Cuando por aumento del capital

social de la sociedad, ésta quedara compren-

dida en el inciso segundo del artículo 299 de la

ley citada, anualmente la asamblea deberá elegir

síndicos titular y suplente. Autorizado según ins-

trumento privado ACTA de fecha 15/07/2016

Walter Guillermo Moreno Cordeiro - T°: 38 F°: 293

C.P.A.C.F.

e. 21/02/2017 N° 9697/17 v. 21/02/2017