N° 9697/17 Aviso del Boletín Oficial
BREBER S.A.
Texto del aviso
BREBER S.A.
Asamblea Extraordinaria 15/7/16 designados
Fernando Víctor Brex, DNI 14927326, argentino,
nacido 25/6/62, comerciante, casado, domicilio
Guayaquil 807 piso 7 departamento A, CABA,
domicilio especial en el mismo, Director Titu-
lar y Presidente; y Pablo Guillermo Brex, DNI
18446269, argentino, nacido 27/11/67, comer-
ciante, casado, domicilio Yerbal 364 piso 2 de-
e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar
Registro Nacional de la Propiedad
Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO
Tel. y Fax 5218-8400
Buenos Aires,
martes 21
de febrero de 2017
Año CXXV
Número 33.571
Precio $ 20,00
OFICIAL DE LA REPÚBLICA
y obligatorios por el efecto de esta
circulados dentro de todo el
La edición electrónica del Boletín Oficial
edición impresa (Decreto Nº 207/2016).
partamento B, CABA, constituyendo domicilio
especial en el mismo, Director Suplente. Por
mismo instrumento reformaron artículos 4,7 y 9
quedando redactados siguiente forma: ARTÍCU-
LO 4° -El Capital Social es de PESOS CIEN MIL,
representado por DIEZ MIL ACCIONES NOMINA-
TIVAS NO ENDOSABLES de PESOS DIEZ ($ 10)
valor nominal cada una de ellas y con derecho a
UN VOTO por cada acción. El capital puede ser
aumentado por decisión de la Asamblea ordinaria
hasta el quíntuplo de su monto, conforme al artí-
culo 188 de la Ley 19.550. ARTICULO 7° -La ad-
ministración de la sociedad estará a cargo de un
Directorio compuesto por el número de miembros
que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno y
un máximo de cinco, con mandato por tres años.
La asamblea debe designar suplentes en igual o
menor número que los titulares y por el mismo
plazo, a fin de llenar las vacantes que se produ-
jeren, en el orden de su elección. Los directores,
en su primera sesión, deben designar un Presi-
dente y un Vicepresidente, salvo para el caso de
Directorio Unipersonal, en que este último cargo
no será exigible. El vicepresidente reemplazará al
presidente en caso de ausencia o impedimento,
debiendo para ello mediar decisión expresa del
Directorio que así lo establezca, labrada en el
acta correspondiente y aceptación también ex-
presa del reemplazante. El Directorio funcionará
con la presencia de la mayoría de sus miembros y
resuelve por mayoría de votos presentes, corres-
pondiendo un voto por acción. ARTICULO 9° -La
sociedad prescinde de la sindicatura, conforme
lo dispuesto en el artículo 284 de la ley 19550.
Mientras la sociedad prescinda de sindicatura, es
obligatoria la designación de un director suplente
como mínimo. Cuando por aumento del capital
social de la sociedad, ésta quedara compren-
dida en el inciso segundo del artículo 299 de la
ley citada, anualmente la asamblea deberá elegir
síndicos titular y suplente. Autorizado según ins-
trumento privado ACTA de fecha 15/07/2016
Walter Guillermo Moreno Cordeiro - T°: 38 F°: 293
C.P.A.C.F.
e. 21/02/2017 N° 9697/17 v. 21/02/2017