N° 9053/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5
SECRETARÍA NRO. 9
El juzgado Nacional de primera instancia en
lo Comercial nro. 5 a cargo del Dr. Javier J.
Cosentino, Secretaria nro. 9, interinamente a
cargo del Dr. Julio G. Garcia Villalonga sito
en diag. Roque Saenz Peña 1211, PB (caba),
comunica por dos días en autos “PARADA,
MARCELO OSCAR c/SANTA CRUZ JORGE
DANIEL Y OTROS s/EJECUTIVO” -EXPTE.
17479/2009-, que el martillero JORGE MARIO
GLEZERMAN (l. 72, f. 189); rematará el 9 de
Marzo próximo, a las 11:15 hs -en punto- EN
LA OFIC. DE SUBASTAS JUDIC. SITA EN
JEAN JAURES 545 (CABA) el inmueble Juan
Cobo 5746 entre la calle Encina y Valentín
Gómez Localidad de La Matanza provincia
de Buenos Aires. Nomenclatura catastral:
circunscripción: V, sección: H, parcela: 25,
matrícula: 9331; Superficie: 368,30 m2. Según
constatación efectuada, el bien el inmueble se
ubica como calle Juan Cobo sin numero, en-
tre los nros. 5714 y 5742. Se trata de una casa
al frente con dos dormitorios, living comedor,
baño, cocina y jardín de invierno y patio des-
cubierto. En el fondo se encuentra construida
otra casa compuesta de una cocina, come-
dor, living, un dormitorio y un baño. En buen
estado. Ocupado por el demandado y su
Sección
ANTERIORES
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo
Asunto
ARCE
PAULA GHIGLIONE
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo
Asunto
MOLINARI
nucleo familiar, en carácter de propietarios.
EXHIBICIÓN: DIAS 7 y 8 de Marzo próximos,
en el horario de 14 a 16 hs. CONDICIONES DE
VENTA. Al contado y al mejor postor. BASE:
$ 300.000.-. Seña 30%. Comisión 3%. + IVA.
Sellado de ley y Arancel Ac. 10/99 CSJN 0,25
SALDO DE PRECIO: Deberá ser depositado
dentro del quinto día de aprobada la subasta
sin necesidad de otra notificación ni intima-
ción bajo apercibimiento de lo dispuesto por
el art. 580 del C.P.C.C. Queda prohibida la
compra en comisión y la ulterior cesión del
boleto que se extienda. El comprador deberá
hacerse cargo de la totalidad de los impues-
tos, tasas y contribuciones adeudados con
relación al bien objeto del remate. El compra-
dor deberá constituir domicilio en la Capital
Federal. En Buenos Aires, 15 de Febrero de
2017. Fdo. Julio Garcia Villalonga. Secretario
Interino Javier J. Cosentino Juez - Julio Gar-
cia Villalonga secretario interino
e. 24/02/2017 N° 9053/17 v. 01/03/2017