N° 11413/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 12
SECRETARÍA NRO. 23
El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo
Comercial Nº 12, secretaria Nº 23, a mi cargo,
sito en Marcelo T. de Alvear 1840, Planta Baja
de Capital Federal, comunica por cinco dias
que en los autos caratulados ¨JOYITA S.A. S/
QUIEBRA “ Exp. Nº 51421/2006, que el mar-
tillero Oscar Di Blasio, rematará el dia 14 de
marzo de 2017 a las 10.15 hs. (EN PUNTO) en
el salón de ventas sito en la calle Jean Jaures
545 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo
siguiente: El 100% del inmueble sito en la calle
Yeruá Nº 2888/92 de la localidad de San Justo,
Partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires.
Nomenclatura Catastral: Circ. I. Secc. C. Manz.
79. Parc. 25 C. Sup. Total: 885,80 m2. (fs. 347
inc. de ineficacia). El inmueble se encuentra
ubicado sobre calle pavimentada en una zona
industrial, y corresponde a un galpón cons-
truido sobre un terreno de aprox. 20 metros de
frente por 44 metros de fondo, de doble altura y
techo parabólico, posee ingreso para camiones
con persiana metálica, y dos puertas de ingreso
peatonal. Sobre el frente en planta baja y pri-
mer piso posee oficinas y dependencias, todo
esto en buen estado de mantenimiento y con-
servación. el inmueble se encuentra ocupado.
Base: $ 3.000.000,00. Condiciones de venta: Al
contado, mejor postor y en dinero en efectivo
en el acto de remate. Seña 30%. Comisión 3%.
Acord. 10/99 CSJN (arancel de subasta) 0,25%.
El impuesto sobre la venta de los bienes inmue-
bles que establece el artículo 7 de la ley 23.905,
será a cargo de los compradores no estarán
incluidos en el precio y será retenido por el
Escribano que otorgue la escritura traslativa de
dominio. Las tasas, impuestos y contribuciones
devengadas luego de la posesión del inmueble
serán a cargo del adquirente. Las correspon-
dientes hasta la fecha del decreto de quiebra
deberán ser verificadas de conformidad con la
normativa concursal. Y, aquellas devengadas
entre el decreto de falencia y la posesión, que-
dan a cargo del concurso. Asimismo, corre por
cuenta del comprador: a) el cumplimiento de
todas las reglamentaciones de cualquier tipo
que se refieran al inmueble, b) la remoción de
38 Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.576
Asunto
Recibo
OSVALDO
67437/16
RAUL JUAN
8523/17
CARMINE
8957/17
JULIO CESAR
94408/16
ALFONSO MIGUEL
100658/16
REINALDO RODOLFO
9620/17
ALBERTO DAUS
10311/17
e. 02/03/2017 N° 3582 v. 02/03/2017
cualquier impedimento que obstaculice la es- es que no contare con derecho a compensar
crituración y sea ajeno a la quiebra, y c) hacerse expresamente reconocido en autos–, la comi-
cargo de la totalidad de gastos que ocasione la sión y los montos por impuestos que graven
escritura de cualquier índole que sean. Se deja la operación, inmediatamente de finalizado
constancia que el saldo de precio deberá ser el remate bajo apercibimiento de reanudar la
depositado dentro del quinto día de aprobada subasta excluyéndolo de dicho acto, aplicarle
la subasta, resolución que quedará notificada multa y pasar los antecedentes a la Justicia de
“ministerio legis” —artículo 580 del Código Instrucción. SALDO DE PRECIO. Deberá ser
Procesal—, bajo apercibimiento de lo dispuesto depositado en autos, en dólares estadouniden-
por el artículo 584 del mismo cuerpo legal. Asi- ses, dentro del quinto día de notificado por nota
mismo, queda prohibida la compra en comisión de la aprobación de la subasta, bajo aperci-
o posterior cesión del boleto de compraventa, bimiento de considerarlo postor remiso con las
la cual se consignará en los edictos. Quien consecuencias previstas para ello en el código
resulte adjudicatario si concurre por medio de ritual (cfme. art. 584). El comprador deberá
apoderado, éste deberá presentarse en el acto materializar la traslación de dominio a su favor
de adjudicación con poder, si no lo hiciese se en un plazo no mayor a 30 días de aprobada la
declara ineficaz la compra y se proseguirá con subasta, bajo apercibimiento de astreintes y 2º)
la subasta. El comprador, al suscribir el boleto
Los bienes muebles detallados a fs. 13 de los
pertinente deberá constituir domicilio dentro
autos “Establecimiento Darje S.A. s/Quiebra s/
del radio del Juzgado y declarará conocer el
Inc. de venta de rodado y bienes muebles” Exp-
estado físico y jurídico de los bienes y se com-
te. Nº 49475/1999/2, depositados en el inmue-
prometerá, cualquiera sea el objeto de forma o
ble individualizado precedentemente, a saber:
fondo que se pudiera hacer a la venta, a ingre-
1) dos tableros eléc. en desuso Base $ 800; 2) 5
sar el saldo de precio en término. Para el caso
tableros de comando de máquinas, Base $ 600;
de que el adquirente fuera quien eventualmente
3) 2 transformadores “Nazario J. Rivera” tensión planteara la nulidad de la subasta, para hacer
primaria 13.200 a secundareia 380 a 220, Base uso de esta facultad, deberá integrar el saldo
$ 6.000; 4) restos de máquinas desarmadas, de precio a las resultas de su planteo nulificato-
Sin Base; 5) Puente guinche “Sylvana” 2.000 rio. Para mayor información se podrá compul-
sar el expediente en los estrados del Juzgado. Kg. Base $ 1.400; 6) Partes de maderas, cajas,
matrices y moldes varios, Sin Base; 7) 2 escrito- Exhibición: Los dias 9 y 10 de marzo de 2017 de
rios y 2 vestuarios, Sin Base; 9) Automóvil “Ford 11 a 13 hs MARIA AGUSTINA BOYAJIAN RIVAS
Falcon Rural” STD/71, año 1971, Dominio VMQ SECRETARIA
408, motor Ford nº DLYA26696, chasis Ford
e. 02/03/2017 N° 11413/17 v. 08/03/2017 nº KA22LY-27187, Base $ 4.000. Venta al con-