N° 10433/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 27
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 27
SECRETARÍA NRO. 54
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 27, a cargo de la Dra. María
Virginia Villarroel, Secretaría Nº 54, a cargo del
Dr. Diego Ricardo Ruiz, sito en Montevideo 546,
2° piso de esta Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, comunica por 5 días que con fecha 26
de diciembre de 2016, en los autos caratulados
“PARISI, VALERIA LUJAN s/QUIEBRA” (Expte.
27089/2016), se resolvió decretar la quiebra de
PARISI VALERIA LUJAN con DNI n° 27.355.654
y CUIT n° 27-27355654-6, haciéndole saber a
ésta y a los terceros que deberán hacer entrega
al síndico de los bienes que posean de la fallida,
así como la prohibición de realizar pagos a la
misma, los que serán ineficaces. Se intima a la
deudora para que entregue al síndico dentro de
las 24 horas los libros de comercio y demás do-
cumentación relacionada con la contabilidad,
así como también a que dentro de las 48 horas
constituya domicilio procesal en el radio del
tribunal, con apercibimiento de tenerlo cons-
tituido en los estrados del Juzgado. Deberá el
deudor cumplir con los requisitos a los que se
refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su
remisión al art. 11 inc. 2, 3, 4, y 5 y en su caso
1, 6, y 7 del mismo texto legal. Fíjese hasta el
día 24 de abril de 2017 para que los acreedores
por causa o título anterior a la declaración de
quiebras y sus garantes, formulen al síndico el
pedido de verificación de sus créditos. Se fijan
las fechas de 7 de junio de 2017 y el 4 de agosto
de 2017 para las presentaciones de los informes
individuales y generales, previstos en el art. 35
y 39 de la L.C.Q. respectivamente, pudiendo ser
observado, el último, dentro de los 10 días de
presentados art. 40 L.C.Q. El síndico designado
es el contador Martín Dayraut con domicilio en
la calle Uruguay 390, 8° piso “A”, CABA al cual
deberán concurrir los acreedores a verificar
sus créditos. El presente deberá ser publicado
por el término de 5 días sin necesidad de pago
previo y sin perjuicio de asignarse los fondos
cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.Q.) Bue-
nos Aires, 20 de febrero de 2017. María Virginia
Villarroel Juez - Diego Ricardo Ruiz. Secretario.
e. 23/02/2017 N° 10433/17 v. 03/03/2017