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N° 11429/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS viernes, 3 de marzo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 20

EDICTO BOLETIN OFICIAL: El Juzgado Na-

cional de Primera Instancia en lo Comercial

Nº 10, Secretaría Nº 20, sito en Callao 635,

P. B. C.A.B.A., comunica por cinco días

que en los autos caratulados “CHAVANNE

JUAN CLAUDIO s/QUIEBRA s/INCIDENTE

DE SUBASTA”, exp. 20040772/1979/2, se ha

dispuesto un llamado a mejorar la oferta de

$ 1.748.257, sobre 70 lotes de terreno baldíos

y desocupados según constatación del mar-

tillero del 22/04/2012 (fs. 851 del expte.), en

block y ad-corpus, sitos en la Provincia de

Neuquén, Departamento Lacar, Municipio de

San Martín de los Andes ubicados en Colonia

Maipú, del departamento y municipio citados,

cuyos datos obran en los testimonios del tí-

tulo de propiedad de fs. 502/522 y 481/496

y de los informes de dominio agregados en

fs. 593/768 y 783/786 y que se encuentran

identificados en el plano 2312-0989/76 como

lotes 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27,

28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39,

40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 51, 52, 53,

54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65

y 66 de la Manzana 124 y lotes 1, 2, 3, 4, 7,

8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21,

22, 23, 24, y 25 de la Manzana 125.- Se llega

hasta los mismos por Ruta Provincial 62 a

unos 9 Km de San Martín de los Andes a la

izquierda sale un camino que dice a Laguna

Rosales, por ahí se hacen unos 200 metros

y de ahí por camino ascendente a unos 3 km

aproximadamente se encuentran los lotes.

Plazo para presentar ofertas el 18 de abril de

2017. Se deja expresamente aclarado que se

Segunda

estima innecesario que las ofertas se efec-

túen en sobre cerrado y, por lo tanto, también

la fijación de audiencia para la apertura de

sobres. Se hace saber que las mejoras de

oferta deberán formularse directamente en

este expediente mediante escrito, con indica-

ción: (a) de los datos identificatorios del ofe-

rente -D.N.I., C.U.I.L., C.U.I.T.- domicilio real

y constituido en esta jurisdicción, profesión,

edad, estado civil, y acreditar la nacionalidad;

(b) precio ofrecido; (c) garantía del 30% del

precio ofrecido, el que deberá depositarse en

dinero en efectivo en la cuenta de autos exis-

tente a nombre de este juzgado y secretaría

en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires,

Sucursal Tribunales: L° 772 F° 694/6, CBU

02900759-00220077206949; y (d) tratándose

de sociedades deberán acompañarse original

o copia certificada por escribano del contra-

to social o estatuto de la sociedad y demás

documentos que acrediten la representación

del firmante. La comisión del martillero (3%) y

el sellado (1,4%) están a cargo del adquiren-

te. En caso de no alcanzarse una oferta que

supere la ya formulada, o de efectuarse una

igual, será asignado al primer oferente. Se

hace saber al eventual comprador que, para

el caso de que el fallido no reviste el carácter

de inscripto en el impuesto a las ganancias,

deberá abonarse el Impuesto a la Transfe-

rencia de Inmuebles (ley 23.905). En tanto

los lotes se tratan de tierras rurales ubicadas

en zona de seguridad de fronteras, para la

adquisición de tales lotes por personas o

sociedades extranjeras, el adquirente deberá

cumplir con las disposiciones de la ley 26.737

y decretos reglamentarios de la misma, en

particular Decretos 274/2012 y 782/2012.

A los fines de los trámites de la inscripción

del inmueble, el eventual comprador deberá

estarse a lo dispuesto en las Resoluciones

166 y 422 del Ministerio del Interior, como así

también en el decreto-ley 32.530/1948. La

eventual escritura traslativa de dominio o ins-

cripción por testimonio se cumplirán dentro

de los treinta días siguientes de acreditada

la efectivización del saldo de precio. Se hace

saber al adquirente que, en caso se pretender

la inscripción por testimonio, a los fines de

la confección del mismo deberá dar estricto

cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94

del decreto 466/99 reglamentario de la ley

17.801 respecto de los datos a incluirse en tal

pieza. Se prohíbe la compra en comisión y la

cesión del boleto de compraventa. En caso

de adeudarse tasas, impuestos o contribucio-

nes, los que correspondan al período anterior

al decreto falencial deberán ser objeto de pe-

tición verificatoria; los impuestos inherentes

al período comprendido entre la declaración

de quiebra y las fechas de entrega de pose-

sión serán reconocidas como acreencias del

concurso y serán solventados con la prefe-

rencia que corresponda; y, los devengados

con posterioridad a la toma de posesión es-

tarán a cargo de los adquirentes. Los lotes se

exhibirán libremente por tratarse de terrenos

baldíos. Informes: mariorawson@gmail.com;

5811-0093 y 15-6045-0887. Publíquese sin

previo pago. Buenos Aires, 23 de febrero de

2017. HECTOR OSVALDO CHOMER Juez -

FERNANDA ANDREA GOMEZ SECRETARIA

e. 02/03/2017 N° 11429/17 v. 08/03/2017