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N° 11429/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS lunes, 6 de marzo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 20

EDICTO BOLETIN OFICIAL: El Juzgado Na-

cional de Primera Instancia en lo Comercial

Nº 10, Secretaría Nº 20, sito en Callao 635, P. B.

C.A.B.A., comunica por cinco días que en los

autos caratulados “CHAVANNE JUAN CLAU-

DIO s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE SUBASTA”,

exp. 20040772/1979/2, se ha dispuesto un lla-

mado a mejorar la oferta de $ 1.748.257, sobre

70 lotes de terreno baldíos y desocupados se-

gún constatación del martillero del 22/04/2012

(fs. 851 del expte.), en block y ad-corpus, sitos

en la Provincia de Neuquén, Departamento

Lacar, Municipio de San Martín de los Andes

ubicados en Colonia Maipú, del departamen-

to y municipio citados, cuyos datos obran en

los testimonios del título de propiedad de fs.

502/522 y 481/496 y de los informes de domi-

nio agregados en fs. 593/768 y 783/786 y que

se encuentran identificados en el plano 2312-

0989/76 como lotes 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23,

24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36,

37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 51,

52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64,

65 y 66 de la Manzana 124 y lotes 1, 2, 3, 4, 7,

8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22,

23, 24, y 25 de la Manzana 125.- Se llega hasta

los mismos por Ruta Provincial 62 a unos 9 Km

de San Martín de los Andes a la izquierda sale

un camino que dice a Laguna Rosales, por ahí

se hacen unos 200 metros y de ahí por camino

ascendente a unos 3 km aproximadamente

se encuentran los lotes. Plazo para presentar

ofertas el 18 de abril de 2017. Se deja expresa-

mente aclarado que se estima innecesario que

las ofertas se efectúen en sobre cerrado y, por

lo tanto, también la fijación de audiencia para

la apertura de sobres. Se hace saber que las

mejoras de oferta deberán formularse direc-

tamente en este expediente mediante escrito,

con indicación: (a) de los datos identificatorios

del oferente -D.N.I., C.U.I.L., C.U.I.T.- domicilio

real y constituido en esta jurisdicción, profe-

sión, edad, estado civil, y acreditar la naciona-

lidad; (b) precio ofrecido; (c) garantía del 30%

del precio ofrecido, el que deberá depositarse

en dinero en efectivo en la cuenta de autos

existente a nombre de este juzgado y secreta-

ría en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires,

Sucursal Tribunales: L° 772 F° 694/6, CBU

02900759-00220077206949; y (d) tratándose

de sociedades deberán acompañarse original

o copia certificada por escribano del contrato

social o estatuto de la sociedad y demás do-

cumentos que acrediten la representación del

firmante. La comisión del martillero (3%) y el

sellado (1,4%) están a cargo del adquirente. En

caso de no alcanzarse una oferta que supere la

ya formulada, o de efectuarse una igual, será

asignado al primer oferente. Se hace saber al

eventual comprador que, para el caso de que

el fallido no reviste el carácter de inscripto en el

impuesto a las ganancias, deberá abonarse el

Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ley

23.905). En tanto los lotes se tratan de tierras

rurales ubicadas en zona de seguridad de fron-

teras, para la adquisición de tales lotes por per-

sonas o sociedades extranjeras, el adquirente

deberá cumplir con las disposiciones de la ley

26.737 y decretos reglamentarios de la misma,

en particular Decretos 274/2012 y 782/2012. A

los fines de los trámites de la inscripción del in-

mueble, el eventual comprador deberá estarse

a lo dispuesto en las Resoluciones 166 y 422

del Ministerio del Interior, como así también

en el decreto-ley 32.530/1948. La eventual es-

critura traslativa de dominio o inscripción por

testimonio se cumplirán dentro de los treinta

días siguientes de acreditada la efectivización

del saldo de precio. Se hace saber al adqui-

rente que, en caso se pretender la inscripción

por testimonio, a los fines de la confección del

mismo deberá dar estricto cumplimiento con

lo dispuesto por el art. 94 del decreto 466/99

reglamentario de la ley 17.801 respecto de

los datos a incluirse en tal pieza. Se prohíbe

la compra en comisión y la cesión del boleto

de compraventa. En caso de adeudarse tasas,

impuestos o contribuciones, los que corres-

pondan al período anterior al decreto falencial

deberán ser objeto de petición verificatoria; los

impuestos inherentes al período comprendido

Segunda

entre la declaración de quiebra y las fechas de

entrega de posesión serán reconocidas como

acreencias del concurso y serán solventados

con la preferencia que corresponda; y, los de-

vengados con posterioridad a la toma de po-

sesión estarán a cargo de los adquirentes. Los

lotes se exhibirán libremente por tratarse de te-

rrenos baldíos. Informes: mariorawson@gmail.

com; 5811-0093 y 15-6045-0887. Publíquese

sin previo pago. Buenos Aires, 23 de febrero

de 2017. HECTOR OSVALDO CHOMER Juez -

FERNANDA ANDREA GOMEZ SECRETARIA

e. 02/03/2017 N° 11429/17 v. 08/03/2017