N° 11429/17 Aviso del Boletín Oficial
Sucursal Tribunales: L° 772 F° 694/6, CBU
Texto del aviso
Sucursal Tribunales: L° 772 F° 694/6, CBU
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
02900759-00220077206949; y (d) tratándose
SECRETARÍA NRO. 20
de sociedades deberán acompañarse original
o copia certificada por escribano del contrato
EDICTO BOLETIN OFICIAL: El Juzgado Na-
social o estatuto de la sociedad y demás do-
cional de Primera Instancia en lo Comercial
cumentos que acrediten la representación del
Nº 10, Secretaría Nº 20, sito en Callao 635, P. B.
firmante. La comisión del martillero (3%) y el
C.A.B.A., comunica por cinco días que en los
sellado (1,4%) están a cargo del adquirente. En
autos caratulados “CHAVANNE JUAN CLAU-
caso de no alcanzarse una oferta que supere la
DIO s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE SUBASTA”,
ya formulada, o de efectuarse una igual, será
exp. 20040772/1979/2, se ha dispuesto un lla-
asignado al primer oferente. Se hace saber al mado a mejorar la oferta de $ 1.748.257, sobre
eventual comprador que, para el caso de que 70 lotes de terreno baldíos y desocupados se-
el fallido no reviste el carácter de inscripto en el gún constatación del martillero del 22/04/2012
impuesto a las ganancias, deberá abonarse el (fs. 851 del expte.), en block y ad-corpus, sitos
Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ley en la Provincia de Neuquén, Departamento
23.905). En tanto los lotes se tratan de tierras Lacar, Municipio de San Martín de los Andes
rurales ubicadas en zona de seguridad de fron- ubicados en Colonia Maipú, del departamen-
teras, para la adquisición de tales lotes por per- to y municipio citados, cuyos datos obran en
sonas o sociedades extranjeras, el adquirente los testimonios del título de propiedad de fs.
deberá cumplir con las disposiciones de la ley 502/522 y 481/496 y de los informes de domi-
nio agregados en fs. 593/768 y 783/786 y que 26.737 y decretos reglamentarios de la misma,
en particular Decretos 274/2012 y 782/2012. A se encuentran identificados en el plano 2312-
los fines de los trámites de la inscripción del in- 0989/76 como lotes 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23,
mueble, el eventual comprador deberá estarse 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36,
a lo dispuesto en las Resoluciones 166 y 422 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 51,
52, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, del Ministerio del Interior, como así también
65 y 66 de la Manzana 124 y lotes 1, 2, 3, 4, 7, en el decreto-ley 32.530/1948. La eventual es-
critura traslativa de dominio o inscripción por 8, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22,
testimonio se cumplirán dentro de los treinta 23, 24, y 25 de la Manzana 125.- Se llega hasta
días siguientes de acreditada la efectivización los mismos por Ruta Provincial 62 a unos 9 Km
de San Martín de los Andes a la izquierda sale del saldo de precio. Se hace saber al adqui-
un camino que dice a Laguna Rosales, por ahí rente que, en caso se pretender la inscripción
se hacen unos 200 metros y de ahí por cami- por testimonio, a los fines de la confección del
mismo deberá dar estricto cumplimiento con no ascendente a unos 3 km aproximadamente
lo dispuesto por el art. 94 del decreto 466/99 se encuentran los lotes. Plazo para presentar
ofertas el 18 de abril de 2017. Se deja expresa- reglamentario de la ley 17.801 respecto de los
mente aclarado que se estima innecesario que datos a incluirse en tal pieza. Se prohíbe la
las ofertas se efectúen en sobre cerrado y, por compra en comisión y la cesión del boleto de
lo tanto, también la fijación de audiencia para compraventa. En caso de adeudarse tasas,
la apertura de sobres. Se hace saber que las impuestos o contribuciones, los que corres-
mejoras de oferta deberán formularse directa- pondan al período anterior al decreto falencial
mente en este expediente mediante escrito, con deberán ser objeto de petición verificatoria; los
46 Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.579
ANTERIORES
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.
Asunto
Recibo
SILBERMAN Y REBECA SCHMUCLER ABROTZKY
9623/17
EUGENIA Y PANTELOS ALEJANDRO
10673/17
e. 03/03/2017 N° 3587 v. 07/03/2017
EN LO CIVIL
Nº 41/74 C.S.J.N.)
y acreedores de los causantes que más abajo se nombran para que
con el Art. 699, inc. 2º, del Código Procesal en lo Civil y Comercial.
Asunto
Recibo
BISIO CELESTINO HERMES
85469/14
FAJL Y TITO BULACH
5613/17
ANGELICA COGORNO
6852/17
e. 06/03/2017 N° 3591 v. 08/03/2017
impuestos inherentes al período comprendido El impuesto sobre la venta de los bienes inmue-
entre la declaración de quiebra y las fechas de bles que establece el artículo 7 de la ley 23.905,
entrega de posesión serán reconocidas como será a cargo de los compradores no estarán
acreencias del concurso y serán solventados incluidos en el precio y será retenido por el
con la preferencia que corresponda; y, los de- Escribano que otorgue la escritura traslativa de
vengados con posterioridad a la toma de po- dominio. Las tasas, impuestos y contribuciones
sesión estarán a cargo de los adquirentes. Los devengadas luego de la posesión del inmueble
lotes se exhibirán libremente por tratarse de te- serán a cargo del adquirente. Las correspon-
rrenos baldíos. Informes: mariorawson@gmail. dientes hasta la fecha del decreto de quiebra
com; 5811-0093 y 15-6045-0887. Publíquese deberán ser verificadas de conformidad con la
sin previo pago. Buenos Aires, 23 de febrero normativa concursal. Y, aquellas devengadas
de 2017. HECTOR OSVALDO CHOMER Juez - entre el decreto de falencia y la posesión, que-
FERNANDA ANDREA GOMEZ SECRETARIA dan a cargo del concurso. Asimismo, corre por
cuenta del comprador: a) el cumplimiento de
e. 02/03/2017 N° 11429/17 v. 08/03/2017
todas las reglamentaciones de cualquier tipo