N° 13689/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 28
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en
lo Comercial Nº 14, a cargo de la Dr. JORGE
S. SICOLI, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr.
MARTIN SARMIENTO LASPIUR, sito en Callao
635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica
por 5 días que con fecha 2 de marzo de 2017,
en los autos caratulados: 4346/2016 PIE-
RRESTEGUI, JORGE ALBERTO s/QUIEBRA
se resolvió decretar la quiebra de PIERRESTE-
GUI, JORGE ALBERTO (CUIT 20-08298647-3),
haciéndole saber a éste y a los terceros que
deberán hacer entrega al síndico de los bie-
nes que posean del fallido. Hágase saber,
asimismo, la prohibición de realizar pagos al
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fallido, los que serán ineficaces. Se intima al
deudor para que entregue al síndico dentro de
las 24 horas los libros de comercio y demás
documentación relacionada con la contabi-
lidad, así como también a que dentro de las
48 horas constituya domicilio procesal en el
radio del Tribunal, con apercibimiento de te-
nerlo constituido en los estrados del Juzgado.
Deberá el deudor cumplir con los requisitos a
los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en
cuanto a su remisión a los arts. 11 inc 2, 3, 4, y
5 y en su caso 1, 6, y 7 del mismo texto legal.
Fíjese hasta el día 4 de abril de 2017 para que
los acreedores por causa o título anterior a
la declaración de quiebra y sus garantes for-
mulen al síndico el pedido de verificación de
sus créditos; oportunidad en la que deberán
denunciar su tipo y número de documento de
identidad, y en su caso, los datos de la cuen-
ta, números de CUIT/CUIL y CBU incluidos,
donde oportunamente deberá transferirse el
dividendo concursal. Se fijan las fechas de 5
de junio de 2017 y el 4 de julio de 2017 para
las presentaciones de los informes individual
y general previstos en los arts. 35 y 39 de la
L.C., respectivamente. El síndico designado
es el contador DANIEL EDUARDO MUÑIZ
con domicilio en CERRITO 286 98 1010 (TEL
5-252-6400). Publíquese por 5 días sin nece-
sidad de pago previo y sin perjuicio de asig-
narse los fondos cuando los hubiere (art. 89
inc. 3 L.C.) JORGE S. SICOLI Juez - MARTIN
SARMIENTO LASPIUR SECRETARIO
e. 10/03/2017 N° 13689/17 v. 16/03/2017