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N° 14390/17 Aviso del Boletín Oficial

H&M ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 13 de marzo de 2017

Texto del aviso

H&M ARGENTINA S.A.

Por Esc. 47 de 08/03/2017 se decide reformar

art. 4 del estatuto y modificar objeto social

por: a) COMERCIAL: Compra, venta, permuta,

importación, exportación, y cualquier forma

de negociación comercial, al por mayor o me-

nor, de productos y/o bienes y/o mercancías

elaboradas o semielaboradas, frutos del país

y/o extranjero. Podrá igualmente desempeñar,

distribuciones, comisiones, consignaciones y

toda otra forma de intermediación comercial;

b) CONSTRUCTORA: Construcción de toda

clase de inmuebles, edificios, obras viales mo-

vimientos de tierra, gasoductos, oleoductos,

viviendas por el régimen de propiedad hori-

Segunda

zontal, individuales o colectivas, o para otro

destino y sus ampliaciones y cualquier tipo de

obras civiles o industriales de carácter público

o privado, para sí o para otros comitentes y

ya sea por construcción directa o por licitación

pública o privada, prestando asimismo el ase-

soramiento y efectuando la dirección de las

obras en las distintas etapas y ramas de la ar-

quitectura o ingeniería civil o industrial, cons-

trucción de plantas de depuración y tratamien-

to y rellenos sanitarios; c) INMOBILIARIA:

Adquisición, venta, permuta, y administración

de inmuebles urbanos o rurales, la sistemati-

zación, subdivisión y urbanización de tierras,

e inmuebles edificados o a edificarse, como

asimismo todas las operaciones comprendi-

das en las leyes y reglamentos de Propiedad

Horizontal; d) AGROPECUARIA: fabricación,

elaboración, producción, industrialización,

compraventa, distribución, almacenamiento,

depósito, embalaje, comercialización por ma-

yor o menor, industrialización, compra, venta,

consignación, permuta, distribución, repre-

sentación, mandato, comisión, transporte,

importación y exportación, y producción de

productos agropecuarios, alimenticios y mer-

caderías relativas a la industria alimenticia; y

podrá explotar directa o indirecta, por sí o por

terceros en establecimientos rurales, ganade-

ros, avícolas, apícolas, agrícolas, frutícolas,

forestales y vitícolas, compraventa de hacien-

da, granos y cereales. La actividad podrá ser

desarrollada en forma directa con vehículos

propios o de terceros, o a través de terceros

con vehículos provistos por este, y podrá ser

desarrollada a nivel Nacional e Internacional;

e) SERVICIOS: Brindar todos aquéllos servi-

cios relacionados con las actividades especi-

ficadas en los incisos anteriores del presente

artículo, promover y desarrollar el estadio y

la investigación de temas relacionados con

proyectos arquitectónicos, artísticos y de

planeamiento urbano o rural, elaborar planos,

programas y proyectos. Mantenimiento de

edificios, parques, jardines, oficinas públicas

y privadas, limpieza de edificios, oficinas o vi-

viendas públicas o privadas, pudiendo a tal fin

participar en licitaciones o concursos, tareas

de protección ambiental, servicios de infor-

mación satelitaria, aplicación de toda clase de

tecnología relativa a los rubros especificados

en el presente artículo. Servicios de transporte

de carga, transportes en general de toda clase

de materiales de construcción o de otro tipo.

Autorizado según instrumento público Esc.

Nº 47 de fecha 08/03/2017 Reg. Nº 1531

DIEGO DAMIAN RYMAR - Matrícula: 4961

C.E.C.B.A.

e. 13/03/2017 N° 14390/17 v. 13/03/2017