N° 14563/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 28
SECRETARÍA NRO. 55
El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Co-
mercial N° 28 Secretaria N° 55 sito en Montevi-
deo 546 3º piso CABA comunica por dos días
en el Boletín Oficial que en autos “Forastiero
Alejandro Daniel le pide la quiebra Marini Osval-
do Héctor” (exp. N° 11110/2016) se dispuso citar
a ALEJANDRO DANIEL FORASTIERO D.N.I.
Segunda
dispuesto en la Ley General de Sociedades y en
Nacional de Valores;
surgen de registros contables llevados en sus
legales y las normas reglamentarias del Banco
adicional a las notas a los estados contables
IV de la normativa de la Comisión Nacional de
competencia, no tenemos observaciones
a favor del Sistema Integrado Previsional
registros contables de la Entidad ascendía a
inciso b), Capítulo III, Sección VI, Título II de la
que el total de honorarios en concepto
a la Entidad en el ejercicio finalizado el 31 de
facturados a la Entidad por todo concepto
de auditoría y relacionados facturados a la
y vinculadas en dicho ejercicio;
facturados a la Entidad, sus sociedades
concepto en dicho ejercicio;
de lavado de activos y financiación del
en las correspondientes normas profesionales
Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos;
17 a los estados contables individuales al 31 de
establecidas por la Comisión Nacional de Valores
sobre la cual, en lo que es materia de nuestra
de 2017.
Tº 1 Fº 17
(UBA), C.P.C.E.C.A.B.A. T° 209 F° 33
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Buenos
otorgadas a este CONSEJO PROFESIONAL por
i), la actuación profesional de fecha 17/2/2017
a BANCO MARIVA S.A., 30-51642044-4
firma inserta en dicha actuación se corresponde
20-17050887-5 tiene registrada en la matrícula
de matrícula vigente y control formal de
lo previsto en la Res. C. 236/88, no implicando
la tarea profesional, y que firma en carácter de
Tº 1 Fº 17. — Dr. JUAN CARLOS RICO, Contador
e. 15/03/2017 N° 14563/17 v. 15/03/2017
20.736.308 para que en el plazo de cinco días
invoque o pruebe cuanto estime conveniente a
su derecho, bajo apercibimiento de decretarse
la quiebra (LC. 84). Buenos Aires, 6 de marzo de
2017. PABLO D. BRUNO SECRETARIO
e. 15/03/2017 N° 12894/17 v. 16/03/2017