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N° 14559/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 16 de marzo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 42

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Ins-

tancia en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr.

Germán Páez Castañeda, Secretaría Nº 42,

a cargo del Dr. Guillermo Carreira González,

sito en Marcelo T. de Alvear 1840, piso 3°,

Capital Federal, comunica por cinco días en

los autos “MAMARIAN, DANIEL RUBEN S/

QUIEBRA” (Expte. Nº 10105/2016), que con

fecha 16 de febrero de 2017, se decretó la

quiebra de DANIEL RUBEN MAMARIAN

(D.N.I. 14.887.607; CUIT 20-14887607-0; con

domicilio en Murguiondo 3655, C.A.B.A.).

Los acreedores deberán presentar los títu-

los justificativos de sus créditos hasta el día

12 de junio de 2017 (art. 32 LCQ), debiendo

concurrir a verificar ante el síndico, Contador

Pública Sergio Fabián Nuñez, a su domicilio

sito en la calle Sanabria 4821, C.A.B.A. Asi-

mismo, deberán denunciar su DNI, CUIL O

CUIT (según corresponda), y demás datos

que identifiquen al o a los representantes

que ostenten facultades para percibir. Los

organismos públicos que se presenten a veri-

ficar y las empresas prestadoras de servicios

públicos, deberán denunciar el número de la

cuenta bancaria a la que, en su caso y de co-

rresponder, se le transferirán las sumas que

tuvieran a percibir. El plazo para formular im-

pugnaciones y observaciones ante el síndico

vence el día 26 de junio de 2017. El informe

individual (art. 35 LCQ) será presentado por

el síndico el día 22 de agosto de 2017. El infor-

me general será presentarlo por el síndico el

día 18 de octubre de 2017 (art. 39 LCQ). Intí-

mese al fallido y a los terceros que entreguen

al síndico los bienes que tengan en su poder,

al igual que los libros de comercio y demás

documentación relacionada con su contabili-

dad, previniéndose a los terceros la prohibi-

ción de realizar pagos al fallido los que serán

ineficaces. Intímese al fallido para que dentro

del quinto día cumplimente la información

requerida por el art. 11 de la ley 24.522, bajo

apercibimiento de considerar su conducta

como obstructiva y de ocultamiento patrimo-

nial, pudiendo ser merituada su conducta por

la sindicatura para el eventual inicio de las

acciones legales pertinentes encaminadas a

reconstruir patrimonialmente el activo de la

falente. Intímese al fallido a fin de que en el

plazo de cuarenta y ocho horas constituya

domicilio procesal, bajo apercibimiento de

tenerlo por constituido en los estrados del

Jueves 16 de marzo de 2017

Juzgado y que cumplan en lo pertinente con

los requisitos del art. 86 segundo párrafo de

la ley citada.

Buenos Aires, 10 de marzo de 2017.-

Publíquese edicto por cinco días en el “BOLE-

TÍN OFICIAL”.

GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLER-

MO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 14/03/2017 N° 14559/17 v. 20/03/2017