N° 15936/17 Aviso del Boletín Oficial
CARMONA INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA S.A.
Texto del aviso
CARMONA INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA S.A.
Por Asamblea del 10/03/2016 se modificó el
artículo décimo del estatuto relativo al régimen
de transferencia de acciones, el artículo décimo
tercero relativo al régimen de garantía del direc-
torio para adecuar su redacción a la normativa
vigente, y el artículo tercero relativo al objeto
social, quedando éste redactado de la siguiente
manera: ARTICULO TERCERO: La sociedad
tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia,
de terceros y/o asociada a terceros, tanto en la
Argentina como en el exterior, a las siguientes
actividades: I. Inmobiliarias: La compra venta,
permuta, locación, arrendamiento y adminis-
tración de bienes inmuebles, urbanos o rurales.
Realizar loteos o fraccionamientos de inmue-
bles, incluso todas las operaciones comprendi-
das en las leyes o reglamentos. II. Constructo-
ras: Construir bienes inmuebles y toda otra obra
de ingeniería y arquitectura. III. Agropecuarias:
a) la explotación de establecimientos agrícola–
ganaderos; b) realizar cultivos y plantaciones de
todo tipo; c) la cría, invernación, mestización,
cruza de ganado y hacienda de todo tipo; d)
la explotación de establecimientos frutícolas,
forestales, vitivinícolas, apícolas, avícolas y
granjas; e) la administración de establecimien-
tos agropecuarios; f) forestación y reforestación
Segunda
de tierras. Explotación de bosques. Instalación
de aserraderos. IV. Actividades Financieras y/o
de Inversión: realizar aportes de capitales y/o en
especie en sociedades y/o empresas constitui-
das o a constituirse, nacionales o extranjeras,
así como adquirir, tomar, mantener y/o disponer,
de cualquier manera, participaciones en socie-
dades constituidas o a constituirse, nacionales
o extranjeras, dentro de los límites fijados por
las leyes y reglamentaciones vigentes y con
sujeción a las mismas; efectuar inversiones de
todo tipo, incluyendo compra venta, transaccio-
nes y cauciones sobre acciones, títulos y valo-
res públicos o privados, nacionales o extranje-
ros o cualquier otra especie de valor mobiliario,
efectuar colocaciones de sus disponibilidades
en forma transitoria en moneda nacional o ex-
tranjera, metales, títulos de participación u otros
valores mobiliarios negociables o no, dentro
de los límites fijados por las leyes y reglamen-
taciones vigentes y con sujeción a las mismas;
otorgar toda clase de préstamos y/o créditos
con fondos propios, con o sin garantía, a corto,
mediano y/o largo plazo, a personas humanas,
sociedades y/o empresas, constituidas o a
constituirse, nacionales o extranjeras, así como
recibir préstamos y/o créditos de todo tipo de
personas humanas, sociedades y/o empresas,
constituidas o a constituirse. Se excluyen expre-
samente las operaciones comprendidas en la
Ley de Entidades Financieras y toda otra que re-
quiera el concurso público. A tal fin, la Sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir de-
rechos, contraer obligaciones y ejercer los actos
que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto. Marcela C. Lorenzo Villalba autorizada
según instrumento privado Asamblea General
Extraordinaria de fecha 10/03/2016
Marcela Cecilia Lorenzo Villalba - T°: 73 F°: 914
C.P.A.C.F.
e. 17/03/2017 N° 15936/17 v. 17/03/2017