N° 18383/17 Aviso del Boletín Oficial
NBM BROKER S.A.
Texto del aviso
NBM BROKER S.A.
Escritura 17/2/17. 1) Matías Alejandro Vlae-
minck, DNI 31362244, 18/11/84, Tuyucue
2266, Lanús, Pcia. Buenos Aires; y Ernesto
Nicolás Olive Duran, DNI 33114754, 17/7/87,
Juana Manso 1636 piso 5° departamento 505,
CABA; ambos argentinos, solteros, emplea-
dos. 2) NBM BROKER S.A. 3) San Martin 674
piso 5° departamento B, CABA. 4) 99 años. 5)
a) COMERCIALES: I.- De Agente de Negocia-
ción, de conformidad a lo dispuesto por la Ley
N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por
lo que podrá actuar en la colocación primaria
y en la negociación secundaria a través de los
Sistemas Informáticos de Negociación de los
Mercados autorizados, ingresando ofertas en
la colocación primaria o registrando operacio-
nes en la negociación secundaria, tanto para
cartera propia como para terceros clientes,
cumpliendo con las normas dispuestas a estos
efectos por la Comisión Nacional de Valores.
II.- De Agente de Liquidación y Compensación y
Agente de Negociación Propio, de conformidad
a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NOR-
MAS CNV (N.T. 2013), por lo que además de de-
sarrollar las actividades propias de los Agentes
de Negociación, podrá solamente intervenir en
la liquidación y compensación de operaciones
(colocación primaria y negociación secundaria)
registradas para cartera propia y sus clientes,
siendo responsables del cumplimiento ante los
Mercados y/o las Cámaras Compensadoras
de las obligaciones propias y de sus clientes.
III.- De Agente de Liquidación y Compensación
y Agente de Negociación Integral, de conformi-
dad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831 y las
NORMAS CNV (N.T. 2013), por lo que además
de desarrollar las actividades propias de los
Agentes de Negociación, podrá intervenir en
la liquidación y compensación de operaciones
(colocación primaria y negociación secundaria)
registradas para cartera propia y sus clien-
tes, como así también prestar el mencionado
servicio de liquidación y compensación de
operaciones a otros Agentes de Negociación
registrados ante la Comisión Nacional de Valo-
res, siendo responsables del cumplimiento ante
los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras
de las obligaciones propias, de sus clientes y
Sección
de las obligaciones de los Agentes de Nego-
ciación con los que haya firmado un Convenio
de Liquidación y Compensación. IV.- De Agente
Productor: de conformidad a lo dispuesto por la
Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013).
V.- De Agentes de Administración de Produc-
tos de Inversión Colectiva de conformidad a lo
dispuesto por la Ley N° 26.831 y las NORMAS
CNV (N.T. 2013). VI.- De Agentes de Custodia
de Productos de Inversión Colectiva de con-
formidad a lo dispuesto por la Ley N° 26.831
y las NORMAS CNV (N.T. 2013). VII.- De Agen-
tes de Colocación y Distribución de Fondos
Comunes de Inversión, ya sea propios o inte-
grales de conformidad a lo dispuesto por la
Ley N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013).
VIII.- De Agente Asesor de Mercado de Capita-
les, de conformidad a lo dispuesto por la Ley
N° 26.831 y las NORMAS CNV (N.T. 2013), por
lo que podrá actuar prestando cualquier tipo
de asesoramiento en el ámbito del mercado de
capitales que implique contacto con el público
en general. A fin de llevar a cabo las actividades
antes mencionadas, se requerirá estar regis-
trado en la correspondiente categoría ante la
Comisión Nacional de Valores. Asimismo, la
sociedad podrá solicitar el registro ante el men-
cionado Organismo de Contralor de cualquier
otra actividad que sea compatible conforme las
normas reglamentarias. Cualquiera que sea la
categoría en que se registre ante la Comisión
Nacional de Valores, se encuentra facultada a
realizar, en cualquier Mercado del país, cual-
quier clase de operaciones sobre valores nego-
ciables públicos o privados, permitidas por las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes
a las categorías de Agentes mencionadas “ut-
supra”; podrá operar en los mercados en los
cuales se celebren contratos al contado o a
término, de futuros y opciones sobre valores
negociables; la prefinanciación y distribución
primaria de valores en cualquiera de sus mo-
dalidades, y en general, intervenir en aquellas
transacciones del Mercado de Capitales que
puedan llevar a cabo las categorías de Agentes
antes descriptas, en un todo de acuerdo con las
disposiciones legales y reglamentarias en vigor.
b) MANDATARIAS: administración por cuenta
de terceros de negocios financieros, y en es-
pecial, los relacionados con títulos de crédito,
títulos valores públicos o privados, represen-
taciones, cobranzas, mandatos, comisiones,
consignaciones y asesoramiento, con exclusión
de aquello que en virtud de la materia haya sido
reservado a profesionales con título habilitante;
la actuación como Agente de suscripciones o
servicios de renta y amortización; administra-
ción de carteras de valores, fideicomisos finan-
cieros como Agente Fiduciario, Fideicomisos
no financieros u ordinarios y cualquier actividad
financiera adecuada a la normativa vigente en
la materia. 6) $ 100000. 7) 31/1. 8) Presidente:
Ernesto Nicolás Olive Duran, Vicepresidente:
Matías Alejandro Vlaeminck; Sindico Titular:
Damián Luis Laplacette, Sindico Suplente: Lo-
reley Gaddi; todos domicilio especial en el so-
cial Autorizado según instrumento público Esc.
Nº 74 de fecha 17/02/2017 Reg. Nº 172
Silvia Epelbaum - Habilitado D.N.R.O. N° 3369
e. 28/03/2017 N° 18383/17 v. 28/03/2017