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N° 18916/17 Aviso del Boletín Oficial

CONEP ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 29 de marzo de 2017

Texto del aviso

CONEP ARGENTINA S.A.

En razón de la Asamblea General Ordinaria

y Extraordinaria del 24/08/2006, ratificada y

rectificada por Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria del 8/12/2009, que modifica el

número máximo de directores titulares fijándolo

en cuatro y de la Asamblea General Extraor-

dinaria del 3/11/2015, que reforma el Artículo

octavo del estatuto en referencia a la garantía

legal de los administradores de la sociedad, el

mentado Artículo Octavo queda redactado en

los siguientes términos: “ARTICULO OCTAVO:

La dirección y administración de la sociedad

están a cargo del Directorio compuesto de uno

a cuatro miembros titulares, debiendo la asam-

blea, elegir igual o menor número de suplentes,

los que se incorporarán al Directorio en el orden

de su elección. El término de su elección es de

3 ejercicios. La Asamblea fijará el número de di-

rectores, así como su remuneración. El directo-

rio sesionará con la presencia de la mitad más

uno de sus titulares y decidirá por unanimidad

de directores presentes. En su primera reunión

designará un Presidente, pudiendo en caso de

pluralidad de titulares, designar un Vicepresi-

dente que suplirá al primero en su ausencia o

impedimento. Los titulares prestarán garantía

por sus funciones, la cual se regirá de conformi-

dad con el art. 76 de la resolución general I.G.J.

7/15 o reglamentaciones que se dicten con

posterioridad. El directorio tiene amplias facul-

tades de administración y disposición, incluso

las que requieren poderes especiales según el

tenor del Artículo 969 y 2649 del Código Civil y

Comercial y del Artículo 9 del decreto ley Nro.

5965/63. Podrá operar con el Banco de la Na-

ción Argentina, de la Ciudad de Buenos Aires,

Hipotecario Nacional y toda clase de Bancos,

Compañías Financieras o entidades crediticias

oficiales y privadas; dar y revocar poderes

especiales y generales, judiciales, de adminis-

tración u otros, con o sin facultad de sustituir;

iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias

o querellas penales y realizar todo otro hecho

o acto jurídico que haga adquirir derechos o

contraer obligaciones a la sociedad. La repre-

sentación legal de la sociedad corresponde al

Presidente del Directorio o al Vicepresidente,

en caso de ausencia del primero”. Autorizado

según instrumento privado Asamblea General

Extraordinaria de fecha 03/11/2015

Dario Rodolfo Campos - T°: 58 F°: 546 C.P.A.C.F.

e. 29/03/2017 N° 18916/17 v. 29/03/2017