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N° 17914/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 29 de marzo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 42

EDICTO

Juzgado Nacional en lo Comercial Nº21, a car-

go del Dr. Germán Páez Castañeda - Secretaría

Nº 42 a mi cargo, con sede en Marcelo T. de

Alvear 1840 – 3° Piso - Capital Federal, comu-

nica en el juicio: “BIOGAMA S.A. s/ QUIEBRA”

– Expte. 34318/2013, que el martillero Jacinto

E. Lopez Basavilbaso, rematará el Martes 11 de

abril de 2017 a las 12 hs en punto en el salón de

la calle Jean Jaurès 545 – Cap. Fed., el Inmueble

denominado “Planta Industrial” de propiedad

de la fallida, continuadora de Estiquim S.A.I.C.

(CUIT: 30-50531082-5) ubicado en la localidad

de Garín Partido de Escobar Provincia de Bue-

nos Aires, sobre las calles Santiago del Estero,

José Hernández y Tucumán a unos 300 m de

la Ruta Panamericana – Ramal Ruta 9, identi-

ficado Catastralmente como Circunscripción

IX - Sección Rural, Parcela 1386 ss, Matricula

60245 Según Plano municipal aprobado: Su-

perficie de terreno: Según título 9.359,80 m2 y

según plano municipal 8.607,55 m2. El total de

sus tres frentes es de 264 m lineales. Super-

ficie cubierta no menor a 1.500 m2 entre sus

oficinas, sus galpones ubicados detrás de las

oficinas; galpón en sector de José Hernández

esq. Tucumán y un gran tinglado paralelo a

calle Tucumán. Además hay unas construccio-

nes no computables a este efecto. Las alturas

de las construcciones van de los 5,50 m a los

6,10 m a partir de las cuales se desarrollan las

cabreadas. Informes municipales indican Zona:

Industrial Mixta, FOS: 0,60 y el FOT de 2,00 y

la posibilidad de subdivisión en lotes con no

menos de 20 m de frente y 600 m2 de superfi-

cie. Las construcciones con las que cuenta son

variadas. Tres amplios galpones de material

con ladrillo vista. Dos en los que se producía el

biodiesel (producción de la fallida) y el restante

en el que se encontraban (tiempo pasado) las

máquinas principales (generadores, compreso-

res, calderas, etc. y sus instrumentales). Otras

construcciones y mejoras de menor enverga-

dura visual, pero necesarias para el desarrollo

de cualquier industria, tales como cercos peri-

metrales (nótese su magnitud en metros linea-

les), balanza para camiones, calles internas de

material resistente al paso de camiones y tin-

glados. Otras mejoras, no tan visibles pero im-

portantes son las de infraestructura (servicios

de electricidad, agua, desagües, etc.) y una im-

portante cantidad de tanques (subterráneos y

aéreos) para tratamiento y almacenamiento de

materia prima y combustibles, con su corres-

pondiente red de conexiones de tuberías me-

tálicas. VENTA EN BLOCK conjuntamente con

los bienes muebles que se hallan descriptos en

fs. 639 vta. Se destacan entre ellos una gran

cantidad de instalaciones de la actividad que la

fallida desarrollaba de producción de biodiesel,

tales como aprox. 51 tanques metálicos para la

producción de biodiesel y aprox. 10 pallets de

tanques de plástico reforzado; todas las insta-

laciones se encuentran interconectadas con tu-

berías metálicas; partes de máquinas y piezas

de caldera, de compresor, motores, etc. y una

planta depuradora absolutamente en desuso,

de las bombas que facilitaban la circulación por

las tuberías y otras piezas que por su estado,

abandono y desguace sin identificar. Inmue-

ble desocupado y en regular/mal estado de

conservación. BASE U$S 650.000.- VENTA AL

Sección

CONTADO Y AL MEJOR POSTOR – SEÑA: 10%

- COMISIÓN: 3% + 21% IVA - Arancel C.S.J.N.:

0,25% - Sellado de Ley. Prohibida la compra

en comisión o posterior cesión del boleto de

compraventa. Quien resulte adjudicatario, si

concurre por medio de apoderado, éste debe-

rá presentarse en el acto de adjudicación con

poder, si así no lo hiciese se declara ineficaz la

compra y se proseguirá con la subasta. El com-

prador deberá constituir domicilio dentro de la

radio de la Cap. Fed. y depositar el saldo de

precio en el Bco. Ciudad de Buenos Aires - Suc.

Tribunales a la orden del Juzgado y en la cuenta

de autos, dentro de los 5 días de aprobada la

subasta, si no lo hiciere y no invocare motivos

se ordenará nueva subasta en los términos del

art. 584 del CPCC. Atento el resultado de la

constatación efectuada por el martillero y la ac-

tividad que se desplegaba en la planta a subas-

tarse imponese a quien resulte comprador de la

misma que deberá hacerse cargo del eventual

saneamiento del predio. Su sola participación

en la subasta implicará el conocimiento de las

condiciones físicas del inmueble por haberlo

revisado como que ha tomado conocimiento de

las constancias de autos respecto de los even-

tuales trabajos de adecuación y puesta en valor

de la propiedad. Queda a cargo exclusivo de los

interesados realizar las consultas pertinentes a

la evaluación y ejecución de los trabajos que

resulten necesarios, como así también de sus

costos, en tiempo y dinero. Por ello, la quiebra

queda expresamente liberada de cualquier tipo

de responsabilidad, ya sea de costos, adminis-

trativa o judicial. Deudas: Las tasas, impuestos

y contribuciones devengadas luego de la po-

sesión del inmueble serán a cargo del adqui-

rente. Las correspondientes hasta la fecha del

decreto de quiebra deberán ser verificadas de

conformidad con la normativa concursal. Y,

aquellas devengadas entre el decreto de falen-

cia y la posesión, quedan a cargo del concurso.

El impuesto sobre la venta de los bienes inmue-

bles que establece el artículo 7 de la ley 23.905,

será a cargo de los compradores. Visitas: Los

días 4 y 5 de abril próximos de 11 a 13 hs, sin

perjuicio de las visitas que puedan concretarse

con el martillero.- Publíquese por cinco días en

el Boletín Oficial Sin Previo Pago y en el Diario

Clarín. Buenos Aires, 22 de marzo de 2017.

GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLER-

MO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 23/03/2017 N° 17914/17 v. 30/03/2017