N° 21389/17 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal
Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CERO-
LENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino
Jueves 6 de abril de 2017
Segunda
de cinco (5) días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 50 de fecha 24 de
Noviembre del 2016, en la causa caratulada: ““GONZÁLEZ ZALAZAR,
Lorenzo - BENÍTEZ, Andrés - GONZÁLEZ, Rolando S/Contrabando de
Estupefacientes - Art. 866, 1er. Párrafo del Código Aduanero”,””, Expe-
diente FCT Nº 2295/2015/TO1, respecto a ANDRÉS BENÍTEZ, Cédula
de Identidad de la República del Paraguay Nº 4.881.384, alias “Toco”;
de nacionalidad Paraguaya, de 32 años de edad, de estado civil soltero,
de ocupación pescador, nacido en la ciudad de San Cosme y Damián
(Paraguay), el 08 de Marzo de 1984, domiciliado en el barrio “Agua-
peú”, calle Juan Antonio López S/N, República del Paraguay, sabe leer
y escribir y es hijo de Cecilia Benítez (v); la que dispone: “SENTENCIA
Nº 50. CORRIENTES, 24 de Noviembre del 2016.- Y VISTOS: Por los
fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º)
… 2º) … 3º) CONDENAR a ANDRÉS BENÍTEZ, alias “Toco”, Cédula de
Identidad de la República del Paraguay Nº 4.881.384, ya filiado en au-
tos, a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión, y multa de
pesos doscientos veinticinco ($ 225,00) (artículos 12, 40 y 41 del Código
Penal), como autor penalmente responsable del delito de “Contrabando
de importación de estupefacientes”, previsto y reprimido por el artículo
866, en función del artículo 864 inciso a), y la agravante prescripta por
el artículo 865 inciso a), todos de la Ley 22.415 (Código Aduanero), con
costas (artículos 530, 531 y 533 del C.P.P.N.) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º) …
8º) … 9º) … 10º) … 11º) REGISTRAR, agregar el original al expediente,
copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones
correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar
por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento
(artículo 493 del C.P.P.N.); notificar a los imputados con remisión del
testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.- FDO.:
Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALON-
SO - Dr. FERMIN AMADO CEROLENI- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra.
SUSANA BEATRIZ CAMPOS- Secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal
Federal – Corrientes”.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR.
SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL
e. 06/04/2017 N° 21389/17 v. 12/04/2017