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N° 21380/17 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES viernes, 7 de abril de 2017

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal

Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO CEROLE-

NI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de

cinco (5) días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 27 de fecha 02 de Agosto

del 2016, en la causa caratulada: ““MARTÍNEZ LA PAZ, HÉCTOR RA-

MÓN - CAÑETE, CRISTIAN ADRIÁN S/ Infracción Ley 23.737 (Art. 5 Inc.

c) ””, Expediente Nº FCT 4683/2015/TO1, respecto a HÉCTOR RAMÓN

MARTÍNEZ LA PAZ, D.N.I. Nº 31.957.459, de nacionalidad Argentina,

de 30 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación carpintero,

Sección

Viernes 7 de abril de 2017

nacido en la ciudad de Paso de los Libres, provincia de Corrientes, el 22

de Noviembre de 1985, domiciliado en calle Félix María Gómez Nº 1716

de la ciudad de su nacimiento, sabe leer y escribir y es hijo de Héctor

Jorge y Vilma Aurelia Da Acevedo, la que dispone: “SENTENCIA Nº 27.

CORRIENTES, 02 de Agosto del 2016.- Y VISTOS: Por los fundamentos

que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) CON-

DENAR a HÉCTOR RAMÓN MARTÍNEZ LA PAZ, D.N.I. Nº 31.957.459,

ya filiado en autos, a la pena de cuatro (4) años y dos (2) meses de

prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00) (artículos

12, 40 y 41 del Código Penal), como autor penalmente responsable del

delito previsto y reprimido por el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737,

en la modalidad “transporte de estupefacientes”, en concurso real con

el delito de Supresión de la Numeración de un Objeto Registrado de

acuerdo con la ley, previsto por el artículo 289 inciso 3º del Código

Penal, en función de lo prescripto por el artículo 55 del mismo cuerpo

normativo, con costas (artículos 530, 531 y 533 del C.P.P.N.). 3º) …

4º) … 5º) … 6º) … 7º) REGISTRAR, agregar el original al expediente,

copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comunicaciones

correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento, practicar

por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su vencimiento

(artículo 493 del C.P.P.N.); notificar a los imputados con remisión del

testimonio de la presente Sentencia y oportunamente archivar.- FDO.:

Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Dr. VICTOR ANTONIO ALON-

SO - Dr. FERMIN AMADO CEROLENI- Jueces de Cámara. Ante mí: Dra.

SUSANA BEATRIZ CAMPOS- Secretaria – Tribunal Oral en lo Criminal

Federal – Corrientes”.- DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR.

SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 06/04/2017 N° 21380/17 v. 12/04/2017