N° 21389/17 Aviso del Boletín Oficial
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
Texto del aviso
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL
CORRIENTES
EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribu-
nal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr. FERMIN AMADO
CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el
termino de cinco (5) días, lo dispuesto en la Sentencia Nº 50 de fecha
24 de Noviembre del 2016, en la causa caratulada: ““GONZÁLEZ
ZALAZAR, Lorenzo - BENÍTEZ, Andrés - GONZÁLEZ, Rolando S/
Contrabando de Estupefacientes - Art. 866, 1er. Párrafo del Código
Aduanero”,””, Expediente FCT Nº 2295/2015/TO1, respecto a AN-
DRÉS BENÍTEZ, Cédula de Identidad de la República del Paraguay
Nº 4.881.384, alias “Toco”; de nacionalidad Paraguaya, de 32 años
de edad, de estado civil soltero, de ocupación pescador, nacido en
la ciudad de San Cosme y Damián (Paraguay), el 08 de Marzo de
1984, domiciliado en el barrio “Aguapeú”, calle Juan Antonio López
S/N, República del Paraguay, sabe leer y escribir y es hijo de Cecilia
Benítez (v); la que dispone: “SENTENCIA Nº 50. CORRIENTES, 24 de
Noviembre del 2016.- Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el
Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) … 3º) CONDENAR a
ANDRÉS BENÍTEZ, alias “Toco”, Cédula de Identidad de la Repúbli-
ca del Paraguay Nº 4.881.384, ya filiado en autos, a la pena de cuatro
(4) años y seis (6) meses de prisión, y multa de pesos doscientos
veinticinco ($ 225,00) (artículos 12, 40 y 41 del Código Penal), como
autor penalmente responsable del delito de “Contrabando de impor-
tación de estupefacientes”, previsto y reprimido por el artículo 866,
en función del artículo 864 inciso a), y la agravante prescripta por el
artículo 865 inciso a), todos de la Ley 22.415 (Código Aduanero), con
costas (artículos 530, 531 y 533 del C.P.P.N.) … 4º) … 5º) … 6º) … 7º)
… 8º) … 9º) … 10º) … 11º) REGISTRAR, agregar el original al expe-
diente, copia testimoniada al Protocolo respectivo, cursar las comu-
nicaciones correspondientes, y una vez firme este pronunciamiento,
practicar por Secretaría el Cómputo de Pena fijando la fecha de su
vencimiento (artículo 493 del C.P.P.N.); notificar a los imputados con
remisión del testimonio de la presente Sentencia y oportunamente
archivar.- FDO.: Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Dr. VIC-
TOR ANTONIO ALONSO - Dr. FERMIN AMADO CEROLENI- Jueces
de Cámara. Ante mí: Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS- Secretaria
– Tribunal Oral en lo Criminal Federal – Corrientes”.- DR. FERMIN
AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE
EJECUCIÓN PENAL
e. 06/04/2017 N° 21389/17 v. 12/04/2017