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N° 23198/17 Aviso del Boletín Oficial

LETERAGO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 12 de abril de 2017

Texto del aviso

LETERAGO S.A.

Se hace saber que mediante Asamblea General Extraordinaria del

21/10/2008, se resolvió: (i) aumentar el capital social de la suma de $ 20

a la suma de $ 1.114.631, modificándose en consecuencia el Art. 4º del

Estatuto; (ii) reformar los Artículos 8º y 9º del Estatuto a tenor de los tex-

tos que surgen a continuación: ARTÍCULO OCTAVO: La administración

de la Sociedad estará a cargo de un directorio unipersonal o plural inte-

grado por el número de miembros que fije la Asamblea. Si la sociedad

prescinde de la Sindicatura, la elección por la asamblea de uno o más

directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de 3

(tres) ejercicios. El mandato de cada Director se entiende prorrogado

hasta tanto sea designado su reemplazante en la Asamblea Ordinaria.

El Directorio cuando fuere plural sesiona con la presencia de por lo me-

nos la mayoría de sus miembros, y sus resoluciones de deben adoptar

por mayoría de votos presentes, teniendo cada director derecho a un

voto, y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de desempate.

Los directores pueden hacerse representar por otro director, siendo

responsable el representado como si hubiera votado personalmente.

El Directorio debe reunirse por lo menos una vez cada tres meses. Las

reuniones del Directorio deben convocarse por el Presidente o Vicepre-

sidente, en su caso, mediante notificación fehaciente cursada a cada

director titular, dirigida al domicilio que los mismos deben denunciar

en la sociedad en oportunidad de aceptar el cargo. También pueden

ser convocados por cualquiera de sus miembros, en la forma esta-

Sección

Miércoles 12 de abril de 2017

blecida precedentemente; y ARTÍCULO NOVENO: En garantía de sus

funciones, los directores titulares constituirán a favor de la Sociedad

las garantías de acuerdo con las modalidades y los montos y plazos es-

tablecidos por la normativa vigente. Los directores suplentes deberán

cumplir con dicha obligación cuando asuman el cargo de titulares; y (iii)

aprobar la redacción de un nuevo texto ordenado del Estatuto. Auto-

rizado según instrumento privado Asamblea General Extraordinaria de

fecha 21/10/2008.

Nicolas Santurio - T°: 73 F°: 163 C.P.A.C.F.

e. 12/04/2017 N° 23198/17 v. 12/04/2017