W20 Argentina W20Argentina

N° 23094/17 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES martes, 18 de abril de 2017

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL

BAHÍA BLANCA - BUENOS AIRES

EDICTO

El Señor Juez de Ejecución Penal del Tribunal Oral en lo Criminal

Federal de Bahía Blanca, dr. Luis Roberto Salas, sito en calle Chi-

clana nº 402 de la misma ciudad, de conformidad con lo previsto por

el art. 500 C.P.P.N., publica por tres (3) días la parte resolutiva de la

sentencia y aclaratoria de la misma dictada por el Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Bahía Blanca, contra RODOLFO LUIS GALGANO,

DNI. 17.068.730, hijo de Rodolfo Braulio y de Elina Morado Veres,

nacido en Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, el 22 de Octubre

de 1964; las que textualmente dicen: “///hía Blanca, 4 de marzo de

2016.- Y VISTOS:… RESULTA:… Y CONSIDERANDO:... RESUELVE:

... 1ro.) CONDENANDO a Rodolfo Luis GALGANO, cuyas demás cir-

cunstancias personales son de figuración en autos, a la PENA de

DOS (2) AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN e INHABILITACIÓN

ESPECIAL PERPETUA, por considerarlo autor penalmente responsa-

ble del delito de exacciones ilegales (art. 266 y 268 del Código Penal),

como cometido en fecha indeterminada pero con anterioridad al 16

de agosto de 2013, en las ciudades de Bahía Blanca y Punta Alta,

provincia de Buenos Aires, reiterado en, al menos tres ocasiones,

dejándose en suspenso la pena privativa de la libertad impuesta en

virtud de que, tratándose de primera condena a prisión, concurren

las condiciones exigidas a tal fin por el art. 26 del Código Penal, tal

como se explicitara supra en el Considerando Tercero de este pro-

nunciamiento. CON COSTAS (arts. 26, 40, 41, 266 del Código Penal

y 399, 530 y concs. del C.P.P.N.). 2do.) IMPONIENDO… 3ro.) REGU-

LANDO los honorarios profesionales de los abogados defensores…

4to.) DISPONIENDO que una vez firme o ejecutoriada la presente, se

proceda a la devolución del expediente administrativo…Para la noti-

ficación, PROCÉDASE A SU LECTURA, comuníquese, obsérvese lo

dispuesto en las Acordadas 15/13 y 24/13 de la C.S.J.N. y consentida

o ejecutoriada que sea, cúmplase, hágase saber, fecho, pasen los

autos al señor Juez de Ejecución del Tribunal (art. 400 y 492 y con-

cordantes del C.P.P.N.). FIRMADO: JUAN LEOPOLDO VELAZQUEZ-

RAUL H. FERNÁNDEZ OROZCO- BEATRIZ E. TORTEROLA. Ante Mi:

ALEJANDRO C. ROMERO- Secretario de Cámara).

“///hía Blanca, 08 de marzo de 2016. Y V I S T O S:… R E S U L T A: …

Y CONSIDERANDO:… FALLA: ACLARANDO en el texto de la senten-

Martes 18 de abril de 2017

Segunda

cia dictada en autos el día CUATRO (4) del corriente mes y año que el

monto de la pena impuesta a RODOLFO LUIS GALGANO, cuyas demás

circunstancias personales son de figuración en autos, es de DOS (2)

AÑOS y SEIS (6) MESES DE PRISION e INHABILITACIÓN ABSOLUTA

PERPETUA por considerarlo autor penalmente responsable del delito

de exacciones ilegales (arts. 266 y 268 del Código Penal), como co-

metido en fecha indeterminada pero con anterioridad al 16 de agosto

de 2013, en las ciudades de Bahía Blanca y Punta Alta, provincia de

Buenos Aires, reiterado en, al menos tres ocasiones, dejándose en

suspenso la pena privativa de la libertad impuesta en virtud de que,

tratándose de primera condena a prisión, concurren las condiciones

exigidas a tal fin por el art. 26 del Código Penal, tal como se explici-

tara supra en el Considerando Tercero de este pronunciamiento. CON

COSTAS. (arts. 26, 40, 41, 266, 268 del Código Penal y 399, 403, 530

y concs. del C.P.P.N.). Téngase a la presente como parte integrante de

la sentencia recaída en los autos de referencia. Para la notificación,

PROCÉDASE A SU LECTURA, comuníquese, obsérvese lo dispuesto

en las Acordadas 15/13 y 24/13 de la C.S.J.N. y consentida o ejecuto-

riada que sea, cúmplase, hágase saber, fecho, pasen los autos al señor

Juez de Ejecución del Tribunal (arts. 400 y 492 y concordantes del

C.P.P.N.).- FIRMADO: JUAN LEOPOLDO VELAZQUEZ- RAUL H. FER-

NÁNDEZ OROZCO- BEATRIZ E. TORTEROLA. Ante Mi: ALEJANDRO

C. ROMERO- Secretario de Cámara).-

MARIA CECILIA YAPUR

Secretaria de Ejecución Penal

Juan Leopoldo Velazquez - Raul Hilario Fernandez Orozco - Beatriz

Elena Torterola Juez - Maria Cecilia Yapur Secretaria Ejecución Final

e. 12/04/2017 N° 23094/17 v. 18/04/2017