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N° 27206/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS miércoles, 3 de mayo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31

SECRETARÍA NRO. 62

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial

Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello de Dieuzeide, Se-

cretaría Nº 62, a cargo del Dr. Gustavo Fernández, sito en Montevi-

deo 546, piso 8°, Capital Federal, comunica por cinco días en los

autos “FERNANDEZ VARGAS, FANNY ANDREA S/QUIEBRA” (Expte.

Nº 4121/2017), que con fecha 18 de abril de 2017 se decretó la quiebra

Sección

Miércoles 3 de mayo de 2017

de FANNY ANDREA FERNANDEZ VARGAS (D.N.I. 24.646.271, CUIT 27-

24646271-8; con domicilio en la Av. San Juan 3656, P.B., C.A.B.A.). Los

acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos

hasta el día 30 de junio de 2017 (art. 32 LCQ), debiendo concurrir a

verificar ante la síndico, Contadora Pública Patricia Liliana Dios, a su

domicilio sito en la calle Viamonte 1785, piso 2º, oficina “201”, C.A.B.A.

Asimismo, deberán denunciar su DNI, CUIL O CUIT (según correspon-

da). Los organismos públicos que se presenten a verificar y las empre-

sas prestadoras de servicios públicos, deberán denunciar el número

de la cuenta bancaria a la que, en su caso y de corresponder, se le

transferirán las sumas que tuvieran a percibir. El plazo para formular

impugnaciones y observaciones ante el síndico vence el día 14 de julio

de 2017, las que podrán ser contestadas hasta el día 11 de agosto de

2017. El informe individual (art. 35 LCQ) será presentado por el síndico

el día 28 de agosto de 2017. La resolución judicial relativa a los alcances

y procedencia de los créditos insinuados (art. 36 LCQ) será dictada –a

más tardar– el día 11 de septiembre de 2017. El informe general será

presentarlo por el síndico el día 10 de octubre de 2017 (art. 39 LCQ).

-Intímese a la fallida y a los terceros para que dentro del quinto día,

entreguen o pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes

de la deudora, la que deberá, en el plazo de cinco días, cumplir con los

requisitos previstos en el arts. 11, incs. 1 a 7, y 86 LCQ, y dentro de las

24 hs. entregar al síndico los libros de comercio y demás documenta-

ción relacionada con su contabilidad. Prohíbase a los terceros hacer

pagos a la fallida, los que serán ineficaces. Intímese a la fallida para

que dentro de las 48 horas constituya domicilio en la jurisdicción del

Juzgado, bajo apercibimiento de notificar las sucesivas resoluciones

en los términos del art. 133 CPCC (conc. Art. 41 CPCC). -Buenos Aires,

26 de ABRIL de 2017.

Fdo Gustavo Daniel Fernández Secretario VIVIAN FERNANDEZ GARE-

LLO DE DIEUZEIDE Juez - GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ SECRE-

TARIO

e. 28/04/2017 N° 27206/17 v. 05/05/2017