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N° 27206/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 4 de mayo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 31

SECRETARÍA NRO. 62

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial

Nº 31, a cargo de la Dra. Vivian Fernández Garello de Dieuzeide, Secre-

taría Nº 62, a cargo del Dr. Gustavo Fernández, sito en Montevideo 546,

piso 8°, Capital Federal, comunica por cinco días en los autos “FERNAN-

DEZ VARGAS, FANNY ANDREA S/QUIEBRA” (Expte. Nº 4121/2017), que

con fecha 18 de abril de 2017 se decretó la quiebra de FANNY ANDREA

FERNANDEZ VARGAS (D.N.I. 24.646.271, CUIT 27-24646271-8; con

domicilio en la Av. San Juan 3656, P.B., C.A.B.A.). Los acreedores de-

berán presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 30

de junio de 2017 (art. 32 LCQ), debiendo concurrir a verificar ante la

síndico, Contadora Pública Patricia Liliana Dios, a su domicilio sito en la

calle Viamonte 1785, piso 2º, oficina “201”, C.A.B.A. Asimismo, deberán

denunciar su DNI, CUIL O CUIT (según corresponda). Los organismos

públicos que se presenten a verificar y las empresas prestadoras de

servicios públicos, deberán denunciar el número de la cuenta bancaria

a la que, en su caso y de corresponder, se le transferirán las sumas que

tuvieran a percibir. El plazo para formular impugnaciones y observacio-

nes ante el síndico vence el día 14 de julio de 2017, las que podrán ser

contestadas hasta el día 11 de agosto de 2017. El informe individual (art.

35 LCQ) será presentado por el síndico el día 28 de agosto de 2017. La

resolución judicial relativa a los alcances y procedencia de los créditos

insinuados (art. 36 LCQ) será dictada –a más tardar– el día 11 de sep-

tiembre de 2017. El informe general será presentarlo por el síndico el día

10 de octubre de 2017 (art. 39 LCQ). -Intímese a la fallida y a los terceros

para que dentro del quinto día, entreguen o pongan a disposición del

síndico la totalidad de los bienes de la deudora, la que deberá, en el

plazo de cinco días, cumplir con los requisitos previstos en el arts. 11,

incs. 1 a 7, y 86 LCQ, y dentro de las 24 hs. entregar al síndico los libros

de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.

Prohíbase a los terceros hacer pagos a la fallida, los que serán inefi-

caces. Intímese a la fallida para que dentro de las 48 horas constituya

domicilio en la jurisdicción del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar

las sucesivas resoluciones en los términos del art. 133 CPCC (conc. Art.

41 CPCC). -Buenos Aires, 26 de ABRIL de 2017.

Fdo Gustavo Daniel Fernández Secretario VIVIAN FERNANDEZ GARE-

LLO DE DIEUZEIDE Juez - GUSTAVO DANIEL FERNANDEZ SECRE-

TARIO

e. 28/04/2017 N° 27206/17 v. 05/05/2017