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N° 30789/17 Aviso del Boletín Oficial

COLLECTING S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 10 de mayo de 2017

Texto del aviso

COLLECTING S.A.

Comunica que por resolución de la asamblea ordinaria y extraordinaria

de COLLECTING S.A. celebrada el 04/03/2016 se resolvió (a) Aumentar

el Capital Social a la suma $ 3.750.000 mediante la emisión de igual

cantidad de acciones y en consecuencia reformar el artículo 4° del es-

tatuto respecto del capital social; (b) Reformar el artículo 9° del Estatuto

Social, referido a la Sindicatura; (c) Agregar un artículo 13° al Estatuto

Social referido a la transferencia de acciones; (d) Reformar el artículo

2° Referido al objeto social, según el siguiente texto: “La sociedad ten-

drá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada

a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a)

COMERCIALES: 1) actuar como agente de negociación, y agente de

liquidación y compensación (integral o propio), y 2) cualesquiera otras

categorías de agentes contempladas en la ley 26.831, sus normas re-

glamentarias, y las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”)

para las que solicite su inscripción y que sean compatibles con las

funciones de agente de negociación y/o de liquidación y compensación

especialmente fiduciario financiero o no financiero y agente de admi-

nistración de productos de inversión colectiva (fondos comunes de

inversión). En los roles de agente de negociación y/o agente de liquida-

ción podrá actuar en cualquier mercado del país autorizado por la CNV,

realizando cualquier clase de operaciones sobre valores negociables y

demás activos negociables permitidas por las disposiciones legales y

reglamentarias vigentes; la prefinanciación y distribución primaria de

valores en cualquiera de sus modalidades y, en general, intervenir en

aquellas transacciones del mercado de capitales que puedan llevar a

cabo tales agentes, en un todo de acuerdo con las disposiciones le-

gales y reglamentarias en vigor; b) MANDATARIAS: Administración por

cuenta de terceros, incluso a título fiduciario, de negocios financieros,

y en especial, los relacionados con valores negociables y títulos de

crédito, representaciones, cobranzas, mandatos, comisiones, consig-

naciones y asesoramiento, con exclusión de aquello que en virtud de

la materia haya sido reservado a profesionales con título habilitante;

administración de cartera de valores y cualquier actividad financiera

adecuada a la normativa vigente en la materia conforme a las normas

de la CNV y eventualmente de los mercados de los que sea miembro; c)

FINANCIERAS: operaciones que tengan por objeto valores negociables

o títulos de crédito y otorgamiento de crédito en general, de acuerdo

con la legislación vigente, Se excluyen las operaciones comprendidas

por la ley 21.526 y toda otra que requiera le concurso público. A tal fin

la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos y

contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este estatuto” Autorizado según instrumento privado

Acta de Asamblea de fecha 04/03/2016

Mercedes Jandula - T°: 94 F°: 820 C.P.A.C.F.

e. 10/05/2017 N° 30789/17 v. 10/05/2017