N° 30932/17 Aviso del Boletín Oficial
TERMO SALTO S.A.U.
Texto del aviso
TERMO SALTO S.A.U.
(IGJ 1.903.458) Se hace saber que por Asamblea General Extraor-
dinaria del 14 de febrero de 2017, se resolvió reformar el artículo 3°
del estatuto social, quedando reemplazado en su totalidad por el
siguiente texto: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto
realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las
siguientes actividades en el país o en el extranjero: (i) Proveer el
servicio de generación de energía eléctrica, incluyendo su transpor-
te, distribución y comercialización, como así también la operación,
mantenimiento, importación y exportación de generadores, turbi-
nas, transformadores, aisladores y de todos aquellos elementos y
equipos que resulten necesarios y que se requieran para la correcta
y segura comercialización de la energía eléctrica en el país o en el
extranjero; y (ii) Prestar servicios de ingeniería, adquirir los equipos
y materiales necesarios para la prestación de dichos servicios, así
como también contratar servicios de construcción en el marco de
proyectos de generación de energía eléctrica. A los fines expuestos
la sociedad tendrá facultad para promover, organizar, coordinar,
administrar y realizar proyectos comerciales, importar o exportar
bienes o servicios, otorgar o recibir concesiones o cualquier otro
Jueves 11 de mayo de 2017
Segunda
acto de distribución comercial, y tendrá plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejerce los actos y
realizar los contratos que no sean prohibidos por las leyes o por
este Estatuto. Las actividades que así lo requieran serán llevadas
a cabo por profesionales con título habilitante.” Asimismo, también
fue modificado el artículo 10° del estatuto social, reformando la
composición de la Comisión Fiscalizadora, la cual se encontrará
integrada por un Síndico Titular y un Síndico Suplente.” Autorizado
según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria
N° 1 de fecha 14/02/2017
Jong Uk Woo - T°: 92 F°: 574 C.P.A.C.F.
e. 11/05/2017 N° 30932/17 v. 11/05/2017