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N° 32113/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 18 de mayo de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 5

SECRETARÍA NRO. 10

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial nº 5, Se-

cretaría nº 10 sito en Diagonal Roque Sáenz Peña 1211, P.B (CABA)

comunicapor tres días en autos “DA COSTA, MARÍA IRENE SU

PROPIA QUIEBRA S/INC. DE REALIZACION DE VENTA (PONTEVE-

DRA, MERLO) “-42165/2009/1- que el martillero Gustavo Alejandro

Lépori (20-17577964-8) rematará el 1 de junio de 2017, a las 10:30

hs en punto en la Dirección de Subastas Judiciales (Jean Jaures

545-CABA) el 8,8% del inmueble -fracción de campo- ubicado en

la fracción rural: Nomenclatura Catastral: Circunscripción III, Secc.

Rural, Parcela 923, an Partida 072-160697-0, Folio 4236/76 del Pdo.

de Merlo (Pontevedra), Pcia. de Buenos Aires, que al momento de la

constatación la propiedad reviste las siguientes características: Se

accede por ruta 21 hasta Pontevedra por Av. Unión hasta Ocampo

(camino de tierra, 100 mts. antes de la entrada al Municipio 20 de

Junio) hasta la calle Munro pasando la estancia Don Vicente hasta

la entrada del campo. Como descripción se encuentra descampa-

do –libre de árboles para remover– atrás circula un arroyo con un

caudal de agua permanente. Se encuentra ocupado por el cuidador

Juan Eduardo Martínez (DNI 31917995), esposa y 5 hijos, que ocupa

una pequeña superficie para autoabastecimiento y se aclara que la

subasta aquí ordenada no implica desahucio ni afecta la ocupación

del inmueble en razón de la vinculación laboral con los titulares del

bien y los derechos inherentes a su contratación. Superficie total

del campo –fs. 39–: 210.041 mts2 según informe de dominio. El por-

centual afectado a la subasta es de 8,8%. Base: $ 155.256.- Serán

admitidas ofertas bajo sobre, las que deberán ser presentadas al

Tribunal, por lo menos dos días antes de la fecha de subasta. Serán

abiertas al iniciarse el acto del remate por el martillero previa entrega

al mismo, bajo recibo por la Secretaria, el día anterior a la subasta.

Seña 30%, comisión 3%. Arancel 0,25% Acordada 10/99 CSJN, en

efectivo en el acto de remate. El saldo de precio deberá ser deposi-

tado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de

otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto

por el art. 580 del Código Procesal. El comprador deberá integrar el

saldo de precio aún si se hubiera planteado cualquier objeción que

impida la aprobación de la subasta. Mas en caso que no lo hiciere y

fueran rechazadas las objeciones deberá adicionar al remanente del

precio desde el quinto día de realizada la subasta hasta el efectivo

pago, con más los intereses que fija el Banco Nación Argentina –tasa

activa para sus operaciones de descuento a treinta días– capitali-

zables. Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a

subasta así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. La

posesión se cumplirá dentro de los diez días siguientes de acredita-

da la efectivización del saldo de precio. En cuanto a la transmisión,

los gastos que la transferencia del inmueble irrogue cualquiera se

la modalidad que se adopte, aclárase que los mismos deberán ser

soportados exclusivamente por el adquirente. Respecto del inmue-

ble subastado en autos, los impuestos, tasas y contribuciones sean

estos de carácter Nacional, Provincial o Municipal devengados con

anterioridad al decreto de quiebra y hasta la fecha del mismo, de-

berán ser verificados en autos por los organismos respectivos. Los

devengados a partir del decreto de quiebra y hasta la toma de la

posesión serán a cargo de la masa y los posteriores a la toma de

posesión son a cargo del adquirentes. El DNI de la Sra. María Irene

DA COSTA es 11.214.068. Exhibición: Libre teniendo en cuenta que

es un campo abierto cuyos actuales ocupantes prestaron la confor-

midad a tal efecto. JAVIER J. COSENTINO Juez - MARINA MEIJIDE

CASTRO SECRETARIA

e. 16/05/2017 N° 32113/17 v. 18/05/2017