N° 37668/17 Aviso del Boletín Oficial
YNDIGO S.R.L.
Texto del aviso
YNDIGO S.R.L.
Por escritura 757 del 17/05/217 pasada al folio 2277 se constituyó la sociedad: “YNDIGO S.R.L.”. Socios: Alejandro
Elías DAIAN, argentino, nacido el 11/6/69, casado en 2º nupcias con Andrea Fabiana Itrosi, empresario, D.N.I.
20.665.803, C.U.I.T. 20-20665803-8, domiciliado en Ávalos 2136, C.A.B.A y Carlos Guillermo LASALA, argentino,
nacido el 17/01/76, casado en 1º nupcias con Aldana Verónica García Toma, empresario, D.N.I. 25.096.691, C.U.I.T.
20-25096691-2, domiciliado en Roque Pérez 3308, C.A.B.A. Sede Social: AVENIDA CÓRDOBA 5443 de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Duración: 99 años contados desde la fecha de su inscripción en I.G.J. Objeto: La
Sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros,
en cualquier parte de la República o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) CONSTRUCTORA: Mediante
la construcción de edificios sobre predios propios o ajenos para su venta en block o en propiedad horizontal;
mantenimiento, remodelación y conservación de inmuebles terminados, obras públicas y privadas. Toda actividad
que así lo requiera según las respectivas reglamentaciones vigentes, será realizada por profesionales en la materia con
título habilitante 2) INMOBILIARIA: Como actividad conexa, accesoria y/o complementaria de la actividad principal,
la realización de negocios inmobiliarios en general, compra y/o venta de bienes inmuebles, locales comerciales,
emprendimientos comerciales, cocheras y todo emprendimiento, como ser a modo enunciativo, parques
industriales, barrios abiertos y/o cerrados, countries, centros comerciales, clubes de campo, clubes vacacionales,
tiempos compartidos, emprendimientos de urbanización, fraccionamiento en loteos, subdivisión, barrios cerrados,
clubes de campo, fraccionamiento con obras de equipamiento colectivo y de esparcimiento común, afectación al
régimen de Propiedad Horizontal, arrendamientos, locaciones, contratos de leasing, de fideicomisos, incluso como
fiduciantes o fiduciarios; financiación, permuta, construcción, refacción, ampliación, remodelación. La explotación
de inmuebles de toda clase por sistemas constructivos tradicionales y no tradicionales, como así también toda clase
de operaciones que autoricen las leyes de Prehorizontalidad y de Propiedad Horizontal y sus reglamentaciones:
explotación y administración de estancias, campos, chacras, terrenos y fincas, propios y/o de terceros, 3)
FINANCIERA: Realizar financiaciones y operaciones de crédito, con y sin garantías reales y con cualesquiera de
las garantías previstas en la legislación vigente, a los efectos de realizar todas las operaciones relacionadas con
su objeto social a excepción de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el
concurso público. 4) CONSTITUCION DE FIDEICOMISOS: Constituir fideicomisos en el marco de la Ley o norma
legal vigente, en sus diversas clases, ya sea un fideicomiso inmobiliario, de administración o gerenciamiento, de
garantía, financieros, en la transferencia de acciones, sindicación de acciones, para el desarrollo de la micro,
pequeña y mediana empresa, aplicable al fondo de garantía para la micro, pequeña y mediana empresa. Podrá
actuar en carácter de fiduciante o fiduciario, estando facultada para adquirir dominios fiduciarios. 5) FIDEICOMISO
PARA LA CONSTRUCCION Y COMERCIALIZACION DE UNIDADES: Construir Unidades funcionales destinadas a
vivienda u oficina, afectadas al Régimen de propiedad horizontal y partes comunes del edificio para su habilitación
como obra terminada y la venta de las unidades funcionales, con o sin garantía real u otras garantías, con o sin
financiación bancaria o con aceptación de contratos de leasing. 6) FIDEICOMISO PARA LA COMERCIALIZACION
Y VENTA DE INMUEBLES: Transferir la propiedad de los inmuebles del fiduciante a nombre del fiduciario, quien a
su vez adquirirá la propiedad fiduciaria de otros bienes que adquiera con los frutos de los bienes fideicomitidos o
con el producto de actos de disposición sobre estos, para destinarlos a la comercialización y venta. El producto de
las transferencias se destinará al fiduciante o beneficiarios o fideicomisarios que designe el fiduciante. A tales fines
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Capital: $ 30.000. Cierre
de Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.- Administración, representación y uso de la firma social: se designa
como gerente por todo el plazo de duración de la sociedad a Alejandro Elías DAIAN, quien acepta en este acto el
cargo, constituye domicilio especial en la Avenida Córdoba 5443, CABA. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 757 de fecha 17/05/2017 Reg. Nº 163
Verónica Natalia Suarez - Matrícula: 4638 C.E.C.B.A.
e. 02/06/2017 N° 37668/17 v. 02/06/2017