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N° 40147/17 Aviso del Boletín Oficial

DEVELOPMENT GROUP S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA lunes, 12 de junio de 2017

Texto del aviso

DEVELOPMENT GROUP S.R.L.

Escritura número 129 del 10/05/2017. Registro notarial 1325 de CABA. Por unanimidad se decidió la siguiente

reforma: “TERCERA: tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes

actividades: a) INMOBILIARIA: Mediante la adquisición, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles,

urbanos o rurales, la compraventa de terrenos y su subdivisión, fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con

fines de explotación, renta o enajenación, inclusive por el Régimen de Propiedad Horizontal. b) FINANCIERAS:

Préstamos con y sin garantía a corto y largo plazo, aportes de capitales a personas o sociedades constituidas o a

constituirse, para financiar operaciones realizadas o a realizarse, así como la compraventa de acciones, debentures

y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas o modalidades creados o

a crearse, otorgamiento de créditos en general, ya sean en forma de prendas o cualquiera de las permitidas por

la ley, exceptuando las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras o cualquiera otra en las que

se requiera el concurso público. Y c) IMPORTADORA Y EXPORTADORA. A tales efectos la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

la ley o por este contrato.” Y CUARTA: El capital social se fija en la suma de PESOS CINCUENTA MIL, dividido en

50.000 cuotas de PESOS UNO, cada una, valor nominal, que los socios han suscripto íntegramente. El capital social

fue suscripto por los socios en las siguientes proporciones, a saber: don Alejandro Ezequiel ROCCATAGLIATA

SLEDZINGER, suscribió 41.250 cuotas de un voto por cuota, o sea la suma de 41.250 Pesos; don Matías DIACO,

suscribió 6250 cuotas de un voto por cuota, o sea la suma de 6250 Pesos; y doña Marta Rosa SLEDZINGER,

suscribió 2500 cuotas de un voto por cuota, o sea la suma de 2500 Pesos”. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 129 de fecha 10/05/2017 Reg. Nº 1325

Lorena Casadidio - T°: 60 F°: 464 C.P.A.C.F.

e. 12/06/2017 N° 40147/17 v. 12/06/2017