N° 41495/17 Aviso del Boletín Oficial
AUREA IMAGING S.R.L.
Texto del aviso
AUREA IMAGING S.R.L.
Por Escritura Nº 552 del 08/06/2017, al Fº 1796 Registro 2130 de C.A.B.A., Philippe SERRUYS CEDE, VENDE
y TRANSFIERE a Augusto Maximiliano ITURRI, argentino, nacido el 07/07/1980, técnico informático, DNI
28.334.813, CUIT 20-28334813-0, soltero, hijo de Jorge Omar Iturri y Graciela Silvia Castillo, domiciliado en
Sarmiento 319, Daireaux, Prov. Bs. As. 30 cuotas sociales. Ramiro SAIZ CEDE, VENDE y TRANSFIERE a Erik
Petrus Johannes De BADTS, holandés, nacido el 31/01/1979, biólogo, DNI 94.618.113, CUIT 20-94618113-8,
soltero, hijo de Marianne Verhagen y Alexander de Badts, domiciliado en Malabia 1260, Piso 2º, Depto. “A”,
CABA, 25 cuotas sociales y a Julián MACKERN, argentino, nacido el 29/10/1988, diseñador industrial, DNI
34.179.731, CUIT 20-34179731-5, soltero, hijo de Ana Maria Margareta Erna De Vos y Jaime David Mackern,
domiciliado en Escalada 198, San Isidro, Prov. Bs. As., 10 cuotas sociales. Todas de “AUREA IMAGING S.R.L.”.
Se protocoliza el Acta de Reunión de Socios 05/06/2017 que aprueba la Cesión. Se modifican los Art. 3° 4º y
7° que quedan asi: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de
terceros o en sociedad con terceros en todo el país y/o en el exterior a las siguientes actividades: a) el análisis,
desarrollo, comercialización y explotación de software, su importación y exportación; así como su desarrollo,
gestión, mantenimiento, compra, venta y distribución; la prestación de asesoría, consultoría, peritajes técnicos,
seguimientos de proyectos y asistencia en sentido amplio para el desarrollo de producto e integración
de sistemas aplicables a software, hardware, electrónica y mecánica; fabricación y comercialización de
instrumentos ópticos y fotográficos; realización de estudios técnicos, científicos y actividades de ingeniería;
mayoreo de medios de transporte con excepción de automóviles, motos y bicicletas; equipos e instrumentos
de medición y navegación; ejercer representaciones, mandatos y/o comisiones de empresas o entidades
públicas o privadas con asiento en el país o en el extranjero; b) la organización, publicación y distribución de
cursos y de docencia en general; administración, gestión y asesoría a sociedades empresas y organizaciones;
c) La contratación y explotación de la actividad publicitaria, de cualquier tipo, tanto de realización como
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Jueves 15 de junio de 2017
de exhibición mediante la grabación de publicidades de todo tipo; y la contratación y explotación de la
actividad publicitaria, en cualquier soporte o formato, tanto de realización como de exhibición, adquiriendo
las publicidades a terceros nacionales o extranjeros; d) La fabricación, comercialización importación y
exportación de drones y/u otros vehículos aéreos no tripulados. Las actividades que así lo requieran, en razón
de la materia, serán desarrolladas con exclusiva intervención de profesionales habilitados por la autoridad
competente. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones
y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes vigentes y estos estatutos.” “CUARTO: El capital
social se fija en la suma de DIEZ MIL PESOS, dividido en cien cuotas de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada
una, totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: Augusto Maximiliano ITURRI suscribe treinta
(30) cuotas sociales, es decir tres mil pesos; Erik Petrus Johannes DE BADTS suscribe sesenta (60) cuotas
sociales sociales, es decir seis mil pesos y Julián MACKERN suscribe las diez (10) cuotas sociales restantes,
es decir un mil pesos. Cada cuota da derecho a un (1) voto. Las cuotas se encuentran totalmente integradas
en dinero efectivo”. “ARTICULO SÉPTIMO: La administración y representación de la sociedad estará a cargo
de uno o más personas, sean socias o no, quienes revestirán el cargo de gerentes. Representarán a la
sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan a su objeto, sin limitación de facultades
en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. Cualquiera de los gerentes tiene
todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere
poderes especiales conforme el artículo 371 y 1575 del Código Civil y el artículo 9 del decreto 5965/63. En
garantía de sus funciones los gerentes dejarán constituida a favor de la sociedad un Seguro de Caución por
cada Socio Gerente, por hasta la suma que indique la autoridad de contralor. Podrán, especialmente, operar
con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales o privadas dar y revocar poderes especiales y
generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o
desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o
contraer obligaciones a la sociedad.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 542 de fecha 08/06/2017
Reg. Nº 2130
maria constanza palleiro - Matrícula: 4991 C.E.C.B.A.
e. 15/06/2017 N° 41495/17 v. 15/06/2017