W20 Argentina W20Argentina

N° 41495/17 Aviso del Boletín Oficial

AUREA IMAGING S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 15 de junio de 2017

Texto del aviso

AUREA IMAGING S.R.L.

Por Escritura Nº 552 del 08/06/2017, al Fº 1796 Registro 2130 de C.A.B.A., Philippe SERRUYS CEDE, VENDE

y TRANSFIERE a Augusto Maximiliano ITURRI, argentino, nacido el 07/07/1980, técnico informático, DNI

28.334.813, CUIT 20-28334813-0, soltero, hijo de Jorge Omar Iturri y Graciela Silvia Castillo, domiciliado en

Sarmiento 319, Daireaux, Prov. Bs. As. 30 cuotas sociales. Ramiro SAIZ CEDE, VENDE y TRANSFIERE a Erik

Petrus Johannes De BADTS, holandés, nacido el 31/01/1979, biólogo, DNI 94.618.113, CUIT 20-94618113-8,

soltero, hijo de Marianne Verhagen y Alexander de Badts, domiciliado en Malabia 1260, Piso 2º, Depto. “A”,

CABA, 25 cuotas sociales y a Julián MACKERN, argentino, nacido el 29/10/1988, diseñador industrial, DNI

34.179.731, CUIT 20-34179731-5, soltero, hijo de Ana Maria Margareta Erna De Vos y Jaime David Mackern,

domiciliado en Escalada 198, San Isidro, Prov. Bs. As., 10 cuotas sociales. Todas de “AUREA IMAGING S.R.L.”.

Se protocoliza el Acta de Reunión de Socios 05/06/2017 que aprueba la Cesión. Se modifican los Art. 3° 4º y

7° que quedan asi: “ARTICULO TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de

terceros o en sociedad con terceros en todo el país y/o en el exterior a las siguientes actividades: a) el análisis,

desarrollo, comercialización y explotación de software, su importación y exportación; así como su desarrollo,

gestión, mantenimiento, compra, venta y distribución; la prestación de asesoría, consultoría, peritajes técnicos,

seguimientos de proyectos y asistencia en sentido amplio para el desarrollo de producto e integración

de sistemas aplicables a software, hardware, electrónica y mecánica; fabricación y comercialización de

instrumentos ópticos y fotográficos; realización de estudios técnicos, científicos y actividades de ingeniería;

mayoreo de medios de transporte con excepción de automóviles, motos y bicicletas; equipos e instrumentos

de medición y navegación; ejercer representaciones, mandatos y/o comisiones de empresas o entidades

públicas o privadas con asiento en el país o en el extranjero; b) la organización, publicación y distribución de

cursos y de docencia en general; administración, gestión y asesoría a sociedades empresas y organizaciones;

c) La contratación y explotación de la actividad publicitaria, de cualquier tipo, tanto de realización como

20 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.646 - Segunda Sección

Jueves 15 de junio de 2017

de exhibición mediante la grabación de publicidades de todo tipo; y la contratación y explotación de la

actividad publicitaria, en cualquier soporte o formato, tanto de realización como de exhibición, adquiriendo

las publicidades a terceros nacionales o extranjeros; d) La fabricación, comercialización importación y

exportación de drones y/u otros vehículos aéreos no tripulados. Las actividades que así lo requieran, en razón

de la materia, serán desarrolladas con exclusiva intervención de profesionales habilitados por la autoridad

competente. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones

y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes vigentes y estos estatutos.” “CUARTO: El capital

social se fija en la suma de DIEZ MIL PESOS, dividido en cien cuotas de cien pesos ($ 100.-) valor nominal cada

una, totalmente suscriptas por los socios de la siguiente manera: Augusto Maximiliano ITURRI suscribe treinta

(30) cuotas sociales, es decir tres mil pesos; Erik Petrus Johannes DE BADTS suscribe sesenta (60) cuotas

sociales sociales, es decir seis mil pesos y Julián MACKERN suscribe las diez (10) cuotas sociales restantes,

es decir un mil pesos. Cada cuota da derecho a un (1) voto. Las cuotas se encuentran totalmente integradas

en dinero efectivo”. “ARTICULO SÉPTIMO: La administración y representación de la sociedad estará a cargo

de uno o más personas, sean socias o no, quienes revestirán el cargo de gerentes. Representarán a la

sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan a su objeto, sin limitación de facultades

en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. Cualquiera de los gerentes tiene

todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para las cuales la ley requiere

poderes especiales conforme el artículo 371 y 1575 del Código Civil y el artículo 9 del decreto 5965/63. En

garantía de sus funciones los gerentes dejarán constituida a favor de la sociedad un Seguro de Caución por

cada Socio Gerente, por hasta la suma que indique la autoridad de contralor. Podrán, especialmente, operar

con toda clase de entidades financieras o crediticias oficiales o privadas dar y revocar poderes especiales y

generales, judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o

desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o

contraer obligaciones a la sociedad.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 542 de fecha 08/06/2017

Reg. Nº 2130

maria constanza palleiro - Matrícula: 4991 C.E.C.B.A.

e. 15/06/2017 N° 41495/17 v. 15/06/2017