N° 42827/17 Aviso del Boletín Oficial
SALGUEIRO S.R.L.
Texto del aviso
SALGUEIRO S.R.L.
Por contrato de cesión de cuotas sociales de fecha 15/02/2017: El Sr. Rubén Pedro Tomé cede al Sr. Hugo
Fernando De Barbieri 1000 cuotas, y la Sra. Haydee Alves Salgueiro cede al Sr. Héctor Hernán Debarbieri 5000
cuotas y al Sr. Hugo Fernando Debarbieri 2500 cuotas. Por acta de Asamblea del 27 de febrero de 2017: 1- se
aprueba la renuncia de Sra. Haydee Alves Salgueiro gerente y se designa a Héctor Hernán Debarbieri, quien
constituye domicilio en Saráchaga 5433 Ciudad de Buenos Aires, 2- se traslada la sede social a Saráchaga 5433
Ciudad de Buenos Aires, 3- se modifican los Arts 3 y 10 del estatuto social quedando redactados: ART 3: La
Sociedad tienen por OBJETO dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a las siguientes
actividades: Comerciales: compra, venta, representación, comisión, consignación, fraccionamiento, envasado,
distribución, exportación e importación de productos de baquelita, metal, plástico, goma, porcelana, madera,
de matricería y todos aquellos relacionados con la industria metalmecánica, de fabricación propia o de terceros,
como así también a la locación de maquinarias. Industriales: fabricación de los elementos o componentes para el
desarrollo de la actividad. Financieras: por el aporte de capitales a personas, empresas o sociedades, constituidas
o a constituirse. Servicios: de organización, administración, asesoramiento y atención industrial, administrativa,
publicitaria, comercial, financiera, técnica, económica, publicitaria y consultoría en todo lo atinente a la actividad
comercial de la sociedad. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que nos sean prohibidos por las leyes o este estatuto. ART. 10 De las utilidades
líquidas y realizadas se destinarán: a) el (5%) al fondo de reserva legal hasta alcanzar el (20%) del capital social,
b) el importe que se establezca para la retribución del / los gerente/s y c) el remanente previa deducción de una
reserva facultativa que los socios dispusieran constituir, la cual no podrá superar el 20% de las utilidades, se
distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado. A Autorizado según instrumento privado ACTA DE
ASAMBLEA de fecha 27/02/2017
Julieta Paola Cruzado - T°: 97 F°: 362 C.P.A.C.F.
e. 21/06/2017 N° 42827/17 v. 21/06/2017