W20 Argentina W20Argentina

N° 43167/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 22 de junio de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 2

SECRETARÍA NRO. 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca,

secretaría Nro. 3 - Marcelo T. De Alvear 1840 planta baja, Capital Federal, comunica por un día en autos

caratulados “RINDECAR S.R.L. s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA AUTOMOTORES Y LICENCIA DE TAXI”,

expte. 21412/2012/1, que la martillera Lena Alianak (CUIT: 27-14309955-0) rematará el día Viernes 7 de Julio de 2017

a las 10:00 hs. EN PUNTO en la Sede de la Dirección de Subastas Judiciales, Jean Jaures 545, Capital Federal,

el automotor dominio BHS 669 de propiedad del fallido - Rindecar S.R.L. (CUIT: 30-69290118-1). El automotor

dominio BHS 669, es marca DAEWOO, modelo CIELO, motor N° G15MF592925B, chasis N° KLATF19Y1VB1

49400, modelo/año 1997. Se encuentra en regular estado de conservación, con detalles de chapa y pintura. BASE:

$ 5.000.-. Exhibición: día 5 de Julio de 2017 de 15 a 16 hs. en el depósito judicial sito en la calle Nicaragua s/

n° de la localidad de Sarandí, partido de Avellaneda Provincia de Buenos Aires. Condiciones de venta: al contado,

al mejor postor y en dinero efectivo. Autorizándose el pago del mismo con cheque certificado. Comisión: 10%;

IVA s/precio 10,5%; Arancel Acordada 24/00 C.S.J.N. 0,25%. De corresponder el pago del IVA por la presente

compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador,

debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. Hágase saber al comprador

que la entrega de los bienes será previo pago del precio total y que deberá constituir domicilio # 26830180 #

181271154 # 20170613095827149 PODER JUDICIAL DE LA NACION legal en la Capital Federal bajo apercibimiento

de lo dispuesto por los arts. 41 y 133 Cpr. aplicable al caso por remisión del art. 278 ley 24.522. No se acepta la

compra “en comisión”, la cesión del boleto, la compra por poder o mandato, ni la inscripción dominial por tracto

abreviado, debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente con quien realmente formule la oferta

como comprador. Los impuestos devengados con posterioridad a la posesión, serán a cargo del comprado.

Comunícase a los compradores que deberán materializar la transferencia del automotor a su favor, en un plazo no

mayor a 30 días, bajo apercibimiento de aplicarles astreintes que se fijan en el 0,25% diario del valor de la compra

debiendo el síndico informar el cumplimiento del presente, sin perjuicio de las acciones legales que se le puedan

iniciar.

Buenos Aires, a los 13 días del mes de junio del año 2017. FERNANDO MARTIN PENNACCA Juez - MARIANA

GRANDI SECRETARIA

e. 22/06/2017 N° 43167/17 v. 22/06/2017