N° 44151/17 Aviso del Boletín Oficial
BANCO FINANSUR S.A.
Texto del aviso
BANCO FINANSUR S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES SUBORDINADAS CONVERTIBLES EN ACCIONES
Edicto Complementario del Edicto publicado en fecha 17/02/2017, N° 9160/17. Por asamblea general extraordinaria
de fecha 22/05/2017 (y su continuación de fecha 14/06/2017 tras el cuarto intermedio dispuesto en la primera
reunión) y reunión de directorio de fecha 16/06/2017, se aprobó la conversión de las Obligaciones Negociables
Subordinadas Simples de emisión privada aprobadas por asamblea general ordinaria y extraordinaria de fecha
10/02/2017, en Obligaciones Negociables Subordinadas Convertibles en acciones de emisión privada de Banco
Finansur S.A. (las “ONS” y el “Banco”, respectivamente). En consecuencia y de conformidad con lo previsto por el
art. 10 ley 23.576, se informan los términos y condiciones que han resultado agregados, modificados y aceptados
por los tenedores de las ONS mediante asamblea unánime de obligacionistas celebrada en fecha 19/06/2017.
Derecho de Conversión: Los titulares de las ONS (los “Titulares”) tienen el derecho de convertirlas, total o
parcialmente, en una o más oportunidades, en acciones ordinarias del Banco (las “Acciones Ordinarias”), salvo
que hayan sido rescatadas con anterioridad por el Banco y los Titulares no hayan ejercido en esa oportunidad su
derecho a conversión. El período durante el cual el Derecho de Conversión puede ser ejercido por los Titulares,
se inicia desde la fecha de asamblea de obligacionistas que se efectúe a los fines de que tomen conocimiento de
la conversión de Obligaciones Negociables Subordinadas Simples en Obligaciones Negociables Subordinadas
Convertibles en acciones y concluye una vez que hayan transcurridos 36 (treinta y seis) meses desde la Fecha de
Emisión. En caso que los Titulares ejerzan el Derecho de Conversión, deberán notificar por escrito y por medio
fehaciente tal decisión al Banco, a su domicilio sito en la calle Sarmiento 700, ciudad de Buenos Aires, a fin de
que éste tome conocimiento del ejercicio del Derecho de Conversión. Los Titulares que ejerzan el Derecho de
Conversión recibirán del Banco, 1 (una) Acción Ordinaria de valor nominal $ 1 (pesos uno), por cada $ 2,5 (pesos
dos coma cinco) de valor nominal de ONS que convierta; solo se admitirá la conversión de ONS por cantidades
enteras de Acciones Ordinarias. Para el cálculo de las Acciones Ordinarias a recibir por cada uno de los Titulares
que conviertan las ONS, no serán considerados los intereses pagados por las mismas, ni los intereses devengados
no pagados hasta el momento de la conversión, los que serán pagaderos en efectivo junto con la entrega de las
acciones producto de la conversión. Los Titulares que ejerzan el Derecho de Conversión, serán considerados
accionistas del Banco, desde el momento en que el BCRA preste su conformidad a los fines de su incorporación
como accionistas del Banco. Las Acciones Ordinarias correspondientes al ejercicio del Derecho de Conversión les
serán acreditadas a los Titulares en el Registro de Acciones del Banco, dentro de los 30 (treinta) días de notificado el
Banco de la aprobación del BCRA del Titular de la ONS como accionista del Banco. Todo esto previo cumplimiento
de lo establecido por la Circular CREFI 2 del BCRA que el Banco y los Titulares declaran conocer y aceptar. Si el
BCRA rechazare dicha incorporación, las ONS continuarán plenamente vigentes, otorgando todos los derechos
legales y convencionales aplicables al Titular en tal carácter. Las Acciones Ordinarias que el Banco emita como
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Lunes 26 de junio de 2017
consecuencia de la conversión de las ONS, estarán en igualdad de condiciones que las Acciones Ordinarias en
circulación a la fecha de su emisión, incluyendo el derecho a la percepción de dividendos. Fecha de Conversión:
será el día en que el Banco sea notificado fehacientemente por el Titular de que ejerce el Derecho de Conversión.
Amortización: Siempre que los Titulares no hubieran ejercido el Derecho de Conversión, en un único pago en
la Fecha de Vencimiento o en la Fecha de Rescate, la que sea anterior. Los términos y condiciones expuestos
precedentemente modifican y/o complementan los demás términos y condiciones oportunamente informados
mediante el edicto N° 9160/17 de fecha 17/02/2017 los cuales, en todo aquello que no resulte incompatible con el
contenido de los presentes, conservan plena vigencia y validez
Designado según instrumento privado ACTA DE DIRECTORIO Nº 2232 de fecha 02/03/2017 JUAN IGNACIO
BASCO - Presidente
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