N° 45113/17 Aviso del Boletín Oficial
BURGWARDT & COMPAÑIA S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROGANADERA
Texto del aviso
BURGWARDT & COMPAÑIA S.A. INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGROGANADERA
Por Asamblea del 29/04/2017 se resolvió: (i) aumentar el capital social de $ 18.117.000 a $ 29.477.016, modificando
el artículo cuarto del Estatuto Social; (ii) modificar el artículo tercero, quedando redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto efectuar por cuenta propia o de terceros o asociada
a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades: El estudio, proyecto, dirección, construcción y
representación de Obras Públicas o Privadas, Civiles, Industriales, Eléctricas, Navales de Ingeniería y arquitectura en
general, la realización de todo tipo de construcciones e instalaciones viales, ferroviarias, portuarias, marítimas y de
aeronavegación, ejecución, conservación, remodelación, ampliación, mantenimiento y operación de concesiones
de obras y servicios públicos o privados y la construcción de instalaciones de obras subterráneos, viales,
hidráulicas, industriales, arquitectónicas, sanitarias, petroleras, energéticas, puertos, canalizaciones, centrales
energéticas, pavimentaciones, dragados, perforaciones y túneles. La compra-venta, importación y exportación de
maquinarias para obras viales, gasoductos, oleoductos, como así cualquiera de sus partes, repuestos y accesorios
de las mismas, como así todo otro material o elemento para su utilización en la industria de la construcción,
procesados o sin procesar, para lo cual podrá actuar para sí misma o ejerciendo representaciones, comisiones o
consignaciones. La explotación directa o indirectamente de establecimientos agropecuarios propios o de terceros.
La compraventa, permuta, explotación, construcción y administración de inmuebles de cualquiera naturaleza, sean
urbanas o rurales, inclusive los sometidos al régimen de propiedad horizontal. Actividades Financieras, mediante
la obtención y el otorgamiento de préstamos a corto, mediano o largo plazo, con o sin garantía real, a sociedades
existentes o a constituirse para la concertación de operaciones realizadas o a realizarse, así como la compra-
venta y negocios de títulos, acciones, debentures y toda otra clase de valores mobiliarios y papeles de créditos de
cualquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse. La sociedad estará asimismo autorizada, previa
aprobación unánime de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, a otorgar avales y garantías de cualquier
tipo a favor de sociedades, existentes o a crearse en un futuro, que al momento del otorgamiento de la garantía
revistan el carácter de controlantes o controladas por la sociedad o que se encuentren relacionadas en cualquier
forma a esta. Estas actividades financieras serán encaradas con recursos propios, sin requerimiento del concurso
público de fondos estando por tal motivo esta actividad fuera del encuadre de la Ley 21.526 y de otra que requiera
el concurso público.”; y (iii) modificar el artículo séptimo a fin de extender a tres ejercicios la duración del mandato
de los directores y adecuar el régimen de garantía de los directores a las nuevas disposiciones de la Inspección
General de Justicia. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha
29/04/2017
Pablo Gonzalez del Solar - T°: 67 F°: 375 C.P.A.C.F.
e. 28/06/2017 N° 45113/17 v. 28/06/2017