N° 48785/17 Aviso del Boletín Oficial
METALCONF S.A.
Texto del aviso
METALCONF S.A.
Escritura 125 Folio 384 del 27/6/17 Registro 1891. Por actas de asamblea gral. Ordinaria del 31/5/16 fijan 3
directores titulares y 1 suplente por 1 ejercicio. Presidente Eugenio Bonnin. Vicepresidente Walter Antonio
Jure. Director Titular Alfredo Néstor Peralta. Director Suplente: Juan Pablo Tripodi y directorio del 31/5/16
aceptan cargos y distribuyen y fijan domicilio especial: Bartolomé Mitre 1371 Piso 3 Oficina G CABA. Asamblea
Gral. Extraordinaria del 31/5/16: aumenta el capital social de $ 2.500.000 a $ 4.500.000 y reforma artículo
cuarto Capital. articulo cuarto: El capital social es de pesos cuatro millones quinientos mil ($ 4.500.000.-)
representado por cuarenta y cinco mil (45.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de valor
nominal cien pesos ($ 100.-) cada una y con derecho a un voto por acción. Asamblea Gral. Ordinaria y
extraordinaria del 7/10/16 reforma artículo tercero: La sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta
propia, o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: a) la
fabricación, industrialización, distribución, compra, venta, representación, consignación, intermediación,
comisión, importación, y exportación de toda clase de productos siderúrgicos y metalúrgicos, como así
también de todos aquellos bienes y servicios relacionados con la industria siderúrgica y metalúrgica en
general; b) prestación de servicios tales como ejecución y construcción y confección de productos solicitados
a medida y/o especializados siempre dentro del rubro siderúrgico y/o metalúrgico y/o con aplicación o
utilización de productos, servicio de instalación, mantenimiento, armado y desarmado de productos fabricados
y/o comercializados por la sociedad, y cualquier otro servicio vinculado a la actividad siderúrgica y metalúrgica,
c) realizar operaciones y contratos financieros en general, financiamiento de negocios relacionados con su
objeto social, otorgamiento de garantías, avales, fianzas y créditos con o sin garantía real, depósitos o caución
de valores, adquisición, compraventa de títulos públicos o privados, acciones y otros valores mobiliarios
nacionales o extranjeros, compra de fondo de comercio conforme ley 11867 y/o cualquier otra. La sociedad
no realizará operaciones de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales
se requiera el concurso público. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y obligaciones, inclusive para las que se requiere poder especial, pudiendo ejecutar
todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las Leyes o por este estatuto
CONSTRUCCION: La constitución, edificación, urbanización, rehabilitación, planeación, programación,
proyección conservación y mantenimiento de todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura ya sean de
carácter público y/o privado, y en general la realización de toda clase de trámites relacionados directa o
indirectamente con los fines ya señalados, cualquiera que sea su clase, índole, especie o naturaleza, incluyendo
la realización de obras complementarias, conexas y accesorias. Construcción y venta de edificios por el
régimen de propiedad horizontal, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles.
Asimismo, la sociedad tendrá por objeto dedicarse a negocios relacionados con la construcción de todo tipo
de obras públicas o privadas sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción
de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura. Gestionar,
promover y llevar a cabo y ejecutar toda clase de desarrollos inmobiliarios, prestando asistencia técnica y
supervisión en toda clase de obras de ingeniería, arquitectura y en todo tipo de construcciones y desarrollos,
incluyendo el sector público y privado. Cuando la actividad así lo requiera será realizada por profesionales
con título habilitante. Compraventa y comercialización de todo tipo de materiales para la construcción,
herramientas de cualquier tipo, artículos de ferretería, plomería, y electricidad, así como toda clase de bienes
accesorios y conexos con los anteriores o que tengan relación con los fines y objetos de la sociedad.
Compraventa, comercialización, importación, y exportación de todo tipo de maquinaria equipo y herramientas
necesarias para el cumplimiento de su objeto y fines sociales. La adquisición, enajenación, arrendamiento,
permuta, administración, explotación, y comercialización realización de todo tipo de actos jurídicos, contratos
y convenios, de toda clase de bienes inmuebles, muebles, acciones y derechos. La promoción constitución,
creación desarrollo, planeación y estudio de todo tipo de fraccionamientos urbanos, turísticos, o de cualquier
tipo, litificaciones, subdivisiones, complejos urbanísticos, condominios y cualquier tipo de obras y proyectos
inmobiliarios, cualquiera que sea el nombre y denominación que se le dé. Ejecutar el transporte privado en las
mercancías, equipo y herramientas necesarias, para el cumplimiento de su objeto y fines sociales. MANDATOS
– REPRESENTACIONES - PARTICIPACIONES: Actuación como intermediario. La realización de mandatos con
la mayor amplitud, el ejercicio de representaciones, comisiones, consignaciones, gestiones de cobranzas,
negocios y administración de bienes, capitales y empresas en general. La celebración de contratos de
fideicomisos y participación en negocios fiduciarios, actuando como fiduciante, fiduciaria, beneficiaria y/o
fideicomisaria, en operaciones relacionadas a su objeto. Participar en la administración y capital de
asociaciones o sociedades civiles, mercantiles, consorcios de cooperación, uniones transitorias, agrupaciones
de colaboración y en general, y empresas de personas físicas como de personas morales, con relación directa
e indirecta con los fines y objetivos sociales que se mencionan en esta cláusula. Celebrar todo tipo de
contratos de asociación en participación, de colaboración de franquicias o de cualquier clase, índole, especie
o naturaleza con personas físicas o morales, tanto de iniciativa privada como del sector social, o del Gobierno
Federal, Provincial o Estatal y Municipal, o empresas de participación estatal desconcentradas, personas
físicas y morales y de cualquier otra especie. ARTÍCULO NOVENO: La dirección y administración de la
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Martes 11 de julio de 2017
sociedad estará a cargo del directorio integrado por uno a cinco miembros titulares, pudiendo la asamblea
designar igual o menor número de suplentes. Mientras la sociedad prescinda de la sindicatura, la elección por
Asamblea de uno o más directores suplentes será obligatoria. El término de su elección es de tres ejercicios.
La asamblea fijará el número de directores, así como su remuneración. El directorio sesionará con la mitad
más uno de sus integrantes y resuelve por mayoría de los presentes, en caso de empate el presidente
desempatará votando nuevamente. En su primer reunión designará un Presidente, pudiendo en caso de
pluralidad de titulares, designar un Vicepresidente que suplirá al primero en caso de ausencia o de impedimento.
El Directorio deberá reunirse por lo menos una vez cada tres meses, y tantas veces como el Presidente lo
estime conveniente, o a pedido de cualquier director, en cuyo caso la reunión de Directorio deberá ser
celebrada dentro de los 10 (diez) días de recibida la solicitud efectuada en tal sentido. Los directores
constituirán una garantía por el ejercicio de sus funciones, que conforme al artículo 256, párrafo segundo, de
la Ley 19.550 se regirá por las siguientes reglas: 1) Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de
moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores, a la orden de la
sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma,
cuyo costo deberá ser soportado por cada director; en ningún caso procederá constituir la garantía mediante
el ingreso directo de fondos a la caja social. 2) Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos
públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su
indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad.
3) El monto de la garantía será igual para todos los directores, no pudiendo ser inferior a la suma de diez mil
pesos ($ 10.000) o su equivalente, por cada uno. El Directorio tiene todas las facultades de administración y
disposición, incluso aquellas para las cuales la Ley requiere poderes especiales conforme artículo 1881 del
Código Civil y artículo 9 del Decreto Ley Número 5965/63, siempre que tales actos respondan al giro normal
y constituyan parte del objeto de la sociedad. Puede en consecuencia, celebrar en nombre de la sociedad
toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con entidades
bancarias y demás instituciones de créditos oficiales y privadas, compañías financieras, otorgar poderes a
una o más personas con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación legal de la sociedad
corresponde al Presidente del Directorio, o al Vicepresidente en forma indistinta. Reordenan el texto del
estatuto social. Asamblea Gral Ordinaria del 6/6/17 fijan 3 Directores titulares y 1 suplente por 3 ejercicios.
Presidente Eugenio Bonnin Vicepresidente Walter Antonio Jure Director Titular Alfredo Néstor Peralta Director
Suplente: Juan Pablo Tripodi y Directorio del 6/6/17 donde aceptan cargos y distribuyen y fijan domicilio
especial en Bartolomé Mitre 1371 Piso 3 Oficina G, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 125
de fecha 27/06/2017 Reg. Nº 1891
ADRIANA PATRICIA BALDA - Matrícula: 4621 C.E.C.B.A.
e. 11/07/2017 N° 48785/17 v. 11/07/2017