N° 49020/17 Aviso del Boletín Oficial
INDALO TECNOLOGIA S.A.
Texto del aviso
INDALO TECNOLOGIA S.A.
Hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 8 del 22/02/2017 los accionistas resolvieron
por unanimidad reformar el objeto social y en consecuencia el Artículo Tercero del Estatuto Social, el cual
quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por
cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros, sean estas personas físicas o jurídicas, privadas, estatales
o públicas, dentro o fuera del territorio del país, al ejercicio de actividades relativas a la publicidad en todos sus
aspectos y modalidades, ya sea por cuenta propia, por mandato, comisión, representación o cualquier otra forma
de intermediación. A tal fin podrá: (i) Explotar publicidad, ya sea mediante la creación, producción, edición y/o
comercialización de la misma, tanto pública como privada, a través de cine, radio, televisión, video home, vía
pública, gráfica en diarios y/o cualquier otro medio audiovisual y de comunicación, ya sea de origen nacional
o extranjero. Asimismo podrá realizar la comercialización y locación de espacios publicitarios en los distintos
medios; (ii) desempeñarse como asesora publicitaria para estudiar, crear, planear, producir, ordenar la difusión o
publicación y administrar campañas de publicidad o propaganda, pudiendo por mandato, comisión, representación
o cualquier otra forma de intermediación para sus clientes, preparar, contratar, negociar, alquilar y ocuparse
en general como contratista de publicidad, efectuando contrataciones en revistas, periódicos, folletos, radio,
televisión, cine, vía pública, y/o cualquier otro medio de difusión o proveedor vinculante a la actividad publicitaria;
(iii) realizar todo tipo de inversiones, contratos, negocios u operaciones en medios radiales, televisivos, gráficos,
digitales y/o cualquier otro medio de difusión o con empresas licenciatarias de concesiones, licencias y permisos
para la explotación de medios de comunicación creados o a crearse en el futuro; (iv) crear, organizar, producir y
comercializar espectáculos y eventos públicos; (v) producir, editar, coeditar y comercializar obras y contenidos
musicales; y (vi) realizar representaciones, distribuciones, mandatos, agencias, comisiones, consignaciones y
gestiones de socios, e intervención en concursos y/o licitaciones públicas y privadas. A tales fines la Sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, realizar inversiones financieras, contraer obligaciones y
ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes por este estatuto.” Autorizado según instrumento
privado Asamblea de fecha 22/02/2017
Fiorella Bozzi - T°: 111 F°: 473 C.P.A.C.F.
e. 12/07/2017 N° 49020/17 v. 12/07/2017