N° 51324/17 Aviso del Boletín Oficial
MULTIPLO CREDITO S.A.
Texto del aviso
MULTIPLO CREDITO S.A.
Esc. 59 del 11/07/2017, Fº297, Reg. 1035, C.A.B.A. SOCIOS: Marcelo Horacio KATZ, que dice ser divorciado de sus
primeras nupcias de Graciela Beatriz Diana, argentino, Contador Público, D.N.I. 14.433.908, C.U.I.T. 20-14433908-
9-, nacido el 24 de Junio de 1961, hijo de Miguel Katz y Raquel Taiah, con domicilio real y especial en Dorrego 2450,
Piso 5to. Dpto. “4”, Capital Federal, Andrés Mauricio AZICRI, que dice ser casado en segundas nupcias con Maria
Dolores Sarobe, argentino, economista, D.N.I. 16.977.739, C.U.I.T. 20-16977739-0, nacido el 10 de noviembre de
1964, hijo de Santiago Azicri y Celia Miriam Doiny, con domicilio real y especial en Besares 1931, Capital Federal.
DURACIÓN: 99 años desde su inscripción en IGJ. OBJETO: La sociedad, por cuenta propia, de terceros o asociados
a terceros, dentro o fuera del país, tendrá por objeto dedicarse a la siguiente actividad: a) Préstamos personales:
Créditos personales pagaderos en cuotas, destinados a la adquisición de bienes de uso o de consumo corriente,
mediante bonos, libretas, órdenes y otros instrumentos de compra utilizables ante los comercios adheridos al
sistema; conceder créditos para la financiación de la compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término,
y préstamos personales con garantía o sin ella; realizar operaciones de créditos hipotecarios mediante recursos
propios, inversiones o aportes de capital a sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para operaciones
realizadas, en curso de realización o a realizarse, préstamos a interés y financiaciones, y créditos en general, con
cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, con fondos propios; comprar, vender
y todo tipo de operaciones con títulos, acciones, obligaciones, debentures y cualquier otro valor mobiliario en
general, sean nacionales o extranjeros, por cuenta propia o de terceros. La sociedad no realizará operaciones
comprendidas en la ley de entidades financieras ni aquellas para las cuales se requiera el concurso público. b)
Préstamos a particulares y empresas: Otorgar préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares
o sociedades por acciones; realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las
garantían previstas en la legislación vigente, o sin ellas; negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios,
y realizar operaciones financieras en general. Quedan excluidas las operaciones de la ley de entidades financieras
y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. c) Préstamos a la industria: por el aporte de capitales,
industrias o explotaciones constituidas o a constituirse, para negocios realizados o en vías de realizarse; por
préstamos en dinero con o sin garantía, con la constitución y transferencia de derechos reales; por la celebración
de contratos de sociedades con personas de existencia jurídica o visible; participando como socio industrial,
comanditario, comanditado, colectivo, cuotista o accionista, y en general por la combinación de intereses con
otras personas, compañías, empresas o sociedades. No desarrollará las operaciones y actividades comprendidas
en la ley de entidades financieras u otras que requieran el recurso del ahorro público (de acuerdo con las normas
vigentes). d) Financiamiento de inversiones: Mediante la financiación con dinero propio de las operaciones
comprendidas en el presente artículo, con o sin garantía real o corto o a largo plazo; por el aporte de capitales
para negocios realizados o en vías de realizarse; por préstamos en dinero con o sin garantía, con la constitución y
transferencia de derechos reales; por la compraventa de títulos públicos, acciones, papeles de comercio, créditos
y otros valores mobiliarios; por la celebración de contratos con sociedades o empresas, siempre que se trate de
sociedades por acciones. Quedan excluidas las operaciones y actividades comprendidas en la ley de entidades
financieras, que sólo podrán ser ejercidas previa sujeción de ella. e) Inversiones en general. Podrá realizar aportes
de capital para operaciones realizadas o a realizarse, financiamiento, préstamos hipotecarios, o crédito en general,
con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas; participar en empresas, agrupaciones
de colaboración, joint ventures, consorcios y en general la compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda
clase de valores mobiliarios y papeles de crédito en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse.
Se excluyen expresamente las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra por la que
se requiera el concurso público. A tales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones, celebrar contratos y ejercer los actos que no le sean prohibidos por las leyes y por este
contrato. CAPITAL: $ 10.000.000.- SEDE: Vuelta Obligado 1947, Piso 10, Oficina “C”, Capital Federal. CIERRE 31
11 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.669 - Segunda Sección
Miércoles 19 de julio de 2017
de mayo. Presidente: Marcelo Horacio KATZ, con D.N.I. Nº 14.433.908.- Vicepresidente: Andrés Mauricio AZICRI,
con D.N.I. N° 16.977.739.- Director Suplente: María Valeria DE ROSA, con D.N.I. N° 27.215.237, casada en primeras
nupcias con Santiago Ignacio Arenas, argentina, contadora pública, D.N.I. 27.215.237, C.U.I.T. 27-27215237-9,
nacida el 7 de abril de 1979, hija de Antonio De Rosa y de María Cristina Pallanza, con domicilio real y especial en
Av. Libertador 498, Piso 4°, lado norte, Capital Federal, quienes aceptaron sus cargos. Autorizados Esc. Osvaldo
I. MASRI DNI 12.600.355.- Esc. 46 del 2/06/17, Fº 248, Reg. 1035 C.A.B.A. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 59 de fecha 11/07/2017 Reg. Nº 1035.
Osvaldo Isaac Masri - Matrícula: 4689 C.E.C.B.A.
e. 19/07/2017 N° 51324/17 v. 19/07/2017