W20 Argentina W20Argentina

N° 51623/17 Aviso del Boletín Oficial

ASOCIADOS DON MARIO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 20 de julio de 2017

Texto del aviso

ASOCIADOS DON MARIO S.A.

Se hace saber por un día, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias

(la “LON”), lo siguiente: (a) Mediante asamblea de accionistas del 27/4/17 se resolvió la prórroga del plazo de

vigencia del Programa Global de emisión de Obligaciones Negociables Simples a corto, mediano y/o largo plazo

por un monto máximo en circulación de hasta U$S 60.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades

monetarias) de Asociados Don Mario S.A. (el “Programa” y la “Sociedad”, respectivamente) y mediante reunión de

Directorio del 06/06/17 se decidió la actualización de la información del prospecto de programa (b) La Sociedad es

una sociedad anónima continuadora de la anteriormente denominada Asociados Don Mario S.R.L., constituida el

27/09/82 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e inscripta en la Inspección General de Justicia el 14/04/1983,

bajo el N° 1.340, Folio 593 del Libro 83, de Sociedades de Responsabilidad Limitada. Fue transformada en sociedad

anónima el 10/07/1996 e inscripta ante la IGJ con fecha 17/01/1997 bajo el Nº 662, Folio 1247 del Libro 120 de

Sociedades Anónimas, con una duración de 99 años contados desde el 14/04/1983. La sede social de la Sociedad

se encuentra en la calle Lavalle 1527, Piso 11, Oficina 44 (C1048AAK), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

(c) De acuerdo con el artículo tercero del Estatuto, la Sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de

terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: AGROPECUARIAS: a)

Explotación en todas sus formas, en predios propios o de terceros, de la producción y comercialización agrícola

y/o ganadera, frutícola, cultivos forestales, toda clase de semillas y/o granos, y/o explotaciones granjeras, incluso

como proveedora del estado; b) compra, venta, permuta, locación, arrendamiento, administración, explotación y

comercialización de predios propios o de terceros con fines agropecuarios o vinculados a la actividad agropecuaria;

c) la prestación y comercialización por sí y/o a través de terceros, con personal propio o no, de servicios agropecuarios

y de asesoramiento agropecuario; d) procesamiento de producción agropecuaria, acondicionamiento de granos;

e) la importación, exportación, explotación y distribución de productos agropecuarios, agroquímicos, insumos

agropecuarios, máquinas e implementos agrícolas, ganaderos e industriales, en forma directa e indirecta por medio

de representantes o en representación de terceros; f) el ejercicio de representaciones, mandatos y comisiones

para la producción agropecuaria; y g) el desarrollo de actividades vinculadas al fitomejoramiento y genética de

semillas. FINANCIERAS: mediante el financiamiento de negocios, otorgamiento de garantías, avales, fianzas y

créditos con o sin garantía real, depósitos o caución de valores, adquisición, compraventa de títulos públicos o

privados, acciones y otros valores mobiliarios nacionales o extranjeros. La Sociedad no realizará operaciones de las

comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales se requiera el concurso público. Para

el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y obligaciones,

inclusive para las que se requiere poder especial. (d) El capital social de la Sociedad al 31/03/2017 ascendía a

$ 41.656.297. El Patrimonio Neto de la Sociedad al 31/03/17, era de miles de $ 1.014.432. (e) Las obligaciones

negociables que sean emitidas bajo el Programa (las “Obligaciones Negociables”) podrán ser a corto, medio o

largo plazo con garantía común sobre el patrimonio de la Sociedad, con o sin garantías especiales, subordinadas

o no, denominadas en dólares o en cualquier otra moneda, unidad monetaria o conforme se especifique en el

suplemento de precio aplicable. El monto máximo de las Obligaciones Negociables en circulación en cualquier

momento no podrá exceder de U$S 60.000.000, o su equivalente en otras monedas o unidades monetarias. La

duración del Programa será de 5 años, contados a partir de fecha de la última autorización del Programa y de la

oferta pública por parte de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”). Las Obligaciones Negociables podrán ser

emitidas bajo la ley y jurisdicción argentina y/o de cualquier otro estado extranjero, en diversas clases y/o series

durante la vigencia del Programa, con posibilidad de re-emitir las sucesivas clases y/o series que se amorticen

siempre que el capital de las Obligaciones Negociables en circulación no exceda el monto total del Programa, y

el vencimiento de las diversas clases y/o series podrá operar con posterioridad al vencimiento del Programa, con

plazos de amortización no inferiores al mínimo, ni superiores al máximo permitido por la normativa aplicable, las

Obligaciones Negociables podrán ser escriturales, estar representadas en títulos cartulares definitivos al portador

o nominativos, o en certificados globales, conforme se especifique en el Suplemento de Precio aplicable y de

conformidad con la normativa aplicable. Los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones

Negociables que se emitan bajo el Programa serán destinados a los fines previstos por la LON. (f) A la fecha del

presente, se ha cancelado íntegramente la totalidad de las Obligaciones Negociables emitidas por la Sociedad, de

acuerdo con el siguiente cronograma: el 15.07.2014 la Serie I, el 15.06.2015 la Serie II (Clase I), el 15.12.2015 la Serie

II (Clase II) y el 15.03.2016 la Serie III. Asimismo, se informa que la Sociedad no registra obligaciones negociables

y/u otro valor negociable representativo de deuda y/o certificados de participación en circulación. (g) A la fecha la

sociedad registra deudas con privilegios o garantías por $ 46.182 (en miles).

Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 06/06/2017

Felipe Luis María Videla - T°: 109 F°: 315 C.P.A.C.F.

e. 20/07/2017 N° 51623/17 v. 20/07/2017