N° 51967/17 Aviso del Boletín Oficial
GRIMOLDI S.A.
Texto del aviso
GRIMOLDI S.A.
AMPLIACION PROGRAMA GLOBAL DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES DE MEDIANO PLAZO
Conforme al artículo 10 de la Ley 23.576 se hace saber que Grimoldi S.A. (“Grimoldi”) ha aprobado a través de
la asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 25 de abril de 2017 la ampliación del monto máximo del
programa global de emisión de obligaciones negociables (el “Programa” y las “Obligaciones Negociables”), aprobado
originalmente por la asamblea de accionistas celebrada el 5 de marzo de 2009, y ampliado el monto y prorrogado el
plazo de vigencia por la asamblea de accionistas celebrada el 15 de abril de 2014, conforme a los siguientes datos:
I. CONDICIONES DEL PROGRAMA: Emisor: Grimoldi S.A. Monto del Programa: Las Obligaciones Negociables de
todas las series (las “Series”) en un mismo momento en circulación en virtud del Programa están limitadas a un
monto de capital total de hasta $ 600.000.000 (o su equivalente en otras monedas). Sujeto a la previa aprobación
de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), y sin el consentimiento de los tenedores de Obligaciones Negociables,
Grimoldi podrá modificar en cualquier momento el Programa para aumentar el capital total de Obligaciones
Negociables que pueden ser emitidas en el marco del mismo. Emisión en Series y Clases: Las Obligaciones
Negociables podrán ser emitidas en una o más Series compuestas por una o más clases (las “Clases”) para lo cual
no será necesario el consentimiento de los Tenedores de Obligaciones Negociables de Series en circulación. Los
términos y condiciones de cada Serie podrán variar con respecto a los términos y condiciones de las Obligaciones
Negociables de Series en circulación. Adicionalmente, Grimoldi podrá crear y emitir, sin el consentimiento de los
Tenedores de Obligaciones Negociables de una Serie en circulación, Obligaciones Negociables adicionales a
aquella Serie con los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables de una misma Serie en
todo aspecto (salvo la fecha de emisión, el precio de emisión, las leyendas aplicables y, de corresponder, el primer
pago de intereses). Las Obligaciones Negociables adicionales formarán en última instancia una única Serie con
las Obligaciones Negociables de la Serie respectiva que anteriormente se encontraba en circulación. Grimoldi
establecerá los términos específicos de cada Serie de Obligaciones Negociables en el respectivo suplemento de
precio (el “Suplemento de Precio”). Plazo: El Programa durará 5 años contados a partir del vencimiento del plazo
original establecido por la Resolución Nº 16.128 del 22 de mayo de 2009 del Directorio de la CNV que autorizó la
oferta pública del Programa. Valor nominal unitario (y unidad mínima de negociación): 1 $ (peso). Amortización:
Las Obligaciones Negociables se emitirán con una amortización mínima de 30 días y máxima de 30 años, según
lo que se especifique en el Suplemento de Precio correspondiente y sujeto a lo que pueda ser fijado por las
reglamentaciones aplicables. Intereses: Las Obligaciones Negociables podrán emitirse devengando intereses a tasa
fija, intereses a tasa variable, o una combinación de las opciones anteriores o sin interés, según se especifique en
el Suplemento de Precio correspondiente. Cuando así se establezca en el Suplemento de Precio correspondiente,
los intereses podrán abonarse mediante la entrega de Obligaciones Negociables adicionales a ser emitidas bajo
el Programa y el contrato de fideicomiso o suplemento al contrato de fideicomiso que corresponda, según el
caso, en la forma y conforme a las condiciones establecidas en ese Suplemento de Precio. Rescate a opción del
Emisor: A menos de que se especificara lo contrario en el Suplemento de Precio correspondiente en beneficio de
los tenedores, sujeto al cumplimiento de todas las leyes y regulaciones pertinentes, habiendo enviado notificación
con una anticipación de entre treinta (30) y sesenta (60) días a los Tenedores de las Obligaciones Negociables
de acuerdo con las disposiciones que rigen el envío de notificación establecidas más adelante (notificación que
será irrevocable) y al agente fiduciario, si lo hubiere, y, de corresponder, a la CNV, Grimoldi podrá rescatar la
totalidad o únicamente algunas de las Obligaciones Negociables en ese momento en circulación y sin penalidad
alguna en las fechas y en los montos especificados o determinados en la forma que indique oportunamente
Grimoldi en dicha notificación, junto con los intereses devengados (si hubiera) a la fecha fijada para el rescate. En
el caso de un rescate parcial de obligaciones negociables que estén representadas por una Obligación Negociable
global, las obligaciones negociables pertinentes serán seleccionadas de acuerdo con las normas del sistema o
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Jueves 20 de julio de 2017
sistemas de compensación pertinentes, según el caso. Garantías: Según se especifique en el Suplemento de
Precio correspondiente, las Obligaciones Negociables podrán contar con garantía real, flotante o especial o con
cualquier otra garantía, de Grimoldi o de terceros, o podrán no contar con garantía alguna. Asimismo, cada Serie
que se emita bajo el Programa podrá contar con garantías distintas a otra u otras Series bajo el Programa. No se
requerirá el consentimiento de los tenedores de ninguna Serie en circulación para la constitución de garantías en
relación con las nuevas que puedan emitirse bajo el Programa. II. DATOS DEL EMISOR: (a) Domicilio social: Florida
253, 8º “C” - C1043AAQ - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (b) Datos de constitución: Con fecha 26 de enero de
1946 se constituyó en Capital Federal “Alberto Grimoldi Fabricación de Calzados S.A.”, inscripta el 26 de junio de
1946, bajo el N° 228 folio 222 del Libro 47 Tomo “A” de Estatutos Nacionales del Registro Público de Comercio. El
13 de marzo de 1985, bajo el Nº 1400 del libro 100, Tomo “A” de Sociedades Anónimas de la Inspección General
de Justicia se inscribió la fusión por absorción entre “Alberto Grimoldi Fabricación de Calzados S.A.” y “Grimoldi
la Marca del Medio Punto S.A.”, la primera como sociedad absorbente y la segunda como sociedad absorbida,
continuando la sociedad bajo la denominación “Grimoldi S.A.”. (c) Plazo: Su plazo de duración es de 99 años a
contar desde el 26 de enero de 1946, fecha de constitución de la compañía. (d) Objeto Social: La sociedad tiene por
objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros: a) a la comercialización, industrialización y
fabricación de calzado y de artículos de cuero, textiles y otros de vestimenta o indumentaria masculina o femenina
en general, b) al asesoramiento y servicio de consultoría en los temas relacionados con los rubros precedentes,
c) a la compra, venta, importación y exportación de bienes, mercaderías y materias primas. A tal fin, la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por el estatuto social. La actividad principal desarrollada es “fabricación de calzado de
cuero, excepto el ortopédico”. (e) Capital Social al 31 de diciembre de 2015 y 31 de marzo de 2016: $ 44.307.514. (f)
Patrimonio neto al 31 de diciembre de 2016 y 31 de marzo de 2017: $ 524.677.905 y $ 541.841.594. (g) La emisora
tiene en circulación obligaciones negociables distintas de las indicadas en el presente aviso correspondientes a
la Serie VI y Serie VII por un monto residual de $ 33.360.000 y $ 100.000.000, respectivamente. Por otra parte, a
la fecha Grimoldi tiene deudas por $ 33.985.000, garantizada con flujo futuro de ventas con tarjetas de crédito; y
por $ 6.553.333,31, garantizada con flujo futuro de ventas con tarjeta de débito. Buenos Aires, 19 de julio de 2017.
Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio - Libro de Acta de Directorio N° 8, foja 150, Rúbrica
10/10/2010, N° 64860-13. de fecha 26/04/2017
EXEQUIEL ERNESTO MARESCA - T°: 60 F°: 937 C.P.A.C.F.
e. 20/07/2017 N° 51967/17 v. 20/07/2017