N° 52407/17 Aviso del Boletín Oficial
ESTUDIO GUITELMAN S.A.
Texto del aviso
ESTUDIO GUITELMAN S.A.
Comunica que por Asamblea General Extraordinaria del 31 de mayo del 2017, pasada a Escritura Publica N° 273
de fecha 18 de julio 2017, por la cual se dispuso la reforma del: ARTICULO TERCERO: OBJETO: La sociedad
tendrá por objeto la prestación por cuenta propia o de terceros, en forma individual o asociada a terceros, tanto
en el país como en el extranjero, de toda clase de servicios de consultoría, estudio, investigación y asesoramiento
en todas las ramas de la ingeniería, incluyendo los relativos al diseño y construcción de cualquier clase o tipo
de estructuras, y especialmente: a consultoría sobre proyectos hidroeléctricos, diques, vertedoras, líneas de
transmisión, subestaciones, puentes, túneles, caminos, acueductos, canales, construcciones subterráneas,
depósitos, tuberías y cañerías; b) servicios de asesoramiento relativos a estudios, estimaciones, análisis,
informes, proyectos, planos, especificaciones, computaciones, supervisión ingenieril de construcciones,
consejos sobre problemas especiales, capacitación de personal; c) asesoramiento de asistencia técnica en
todo lo relacionado con licitaciones, y concursos para contratar obras, servicios y provisiones, comprendiendo
la preparación de documentos de adjudicaciones y elaboración de presentaciones y justificaciones ante
organismos financieros nacionales o internacionales de asistencia técnica y/o financiera; d) la realización de
toda clase de operaciones relacionadas con la actividad consultora, inclusive las vinculadas con la revisión,
dirección, coordinación, inspección, replanteo, supervisión y fiscalización de obras y otras realizaciones
publicas y probadas incluyendo la reservada a profesionales con titulo habilitante en virtud de la materia en
cuestión, que se presentaran por medio de profesionales que contrate al efecto o tenga bajo su dependencia.
Queda expresamente excluida del objeto de la sociedad la representación o participación en negocios con
empresas constructoras o fabricantes, representantes, distribuidores o vendedores de equipos, maquinarias
y elementos que puedan utilizarse en la realización de aquellas obras que estudie o proyecte la sociedad;
la que en general tendrá absoluta independencia de relación con empresas proveedoras o fabricantes de
equipos, contratistas de obras públicas o sociedades financieras que puedan comprometer la objetividad de
su juicio en relación a las tareas que se le encomiendan. A los fines de poder llevar adelante su objeto social la
sociedad podrá realizar el trabajo aéreo necesario de acuerdo con el código aeronáutico, como el transporte
de personal o de equipos y/o elementos necesarios para desarrollar tareas (excluido desde ya el servicio de
transporte aerocomercial), e incluyendo también la fotografía y filmación aérea, inspección y exploración del
terreno y las obras y toda tarea afín al cumplimiento de su objeto social, utilizando las aeronaves de las cuales
sea propietaria al día de la fecha, y pudiendo también eventualmente adquirir y/o importar nuevas aeronaves
en un futuro. Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad tendrá plena capacidad jurídica para realizar
todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con aquel y fueran
permitidos por las leyes. Guillermo A Symens Autorizado según instrumento público Esc. Nº 273 de fecha
18/07/2017 Reg. Nº 1793
Guillermo Alfredo Symens - Habilitado D.N.R.O. N° 2635
e. 24/07/2017 N° 52407/17 v. 24/07/2017