N° 53279/17 Aviso del Boletín Oficial
B.A. BROKERS S.A.
Texto del aviso
B.A. BROKERS S.A.
Se comunica que por Esc. 77 del 29/06/2016 pasada ante Registro Notarial 1688 de CABA, se protocolizó el
Acta de Asamblea Nº77 del 07/06/2016 por la cual se resolvió reformar el artículo 9 de los Estatutos que quedará
así redactado: ARTICULO NOVENO: Los directores en garantía de sus funciones deben depositar, la suma que
establezca la normativa vigente de la Inspección General de Justicia, ya sea en bonos, títulos públicos o sumas de
moneda nacional o extranjera; en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad; o constituir
fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá
ser soportado por el director. En ningún caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de
fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda
nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad. La devolución o en
su caso la condición de indisponibilidad operará cuando se haya cumplido el plazo de prescripción de eventuales
acciones de responsabilidad establecido en la Ley 19.550. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 77 de
fecha 29/06/2016 Reg. Nº 1688
Daniel Ernesto Badra - Matrícula: 4103 C.E.C.B.A.
e. 27/07/2017 N° 53279/17 v. 27/07/2017